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10/Ago/11 12:06
Cambio Domicilio Inicio de Facultades

Buenas Dias

Por error se presento un aviso de cambio de domicilio fiscal de una Empresa que tiene ya una auditoria de visita domiciliaria de 3 meses atras estuve leyendo el codigo y esto es lo que encontre:

Artículo 44.- En los casos de visita en el domicilio fiscal, las autoridades fiscales, los visitados, responsables solidarios y los terceros estarán a lo siguiente:

I. La visita se realizará en el lugar o lugares señalados en la orden de visita.

II. Si al presentarse los visitadores al lugar en donde deba practicarse la diligencia, no estuviere el visitado o su representante, dejarán citatorio con la persona que se encuentre en dicho lugar para que el mencionado visitado o su representante los esperen a la hora determinada del día siguiente para recibir la orden de visita; si no lo hicieren, la visita se iniciará con quien se encuentre en el lugar visitado.

Si el contribuyente presenta aviso de cambio de domicilio después de recibido el citatorio, la visita podrá llevarse a cabo en el nuevo domicilio manifestado por el contribuyente y en el anterior, cuando el visitado conserve el local de éste, sin que para ello se requiera nueva orden o ampliación de la orden de visita, haciendo constar tales hechos en el acta que levanten, salvo que en el domicilio anterior se verifique alguno de los supuestos establecidos en el artículo 10 de este Código, caso en el cual la visita se continuará en el domicilio anterior.

Cuando exista peligro de que el visitado se ausente o pueda realizar maniobras para impedir el inicio o desarrollo de la diligencia, los visitadores podrán proceder al aseguramiento de la contabilidad.




Que otro efecto fiscal puedo tener o que consecuencias se pueden tener alguna multa
que opinan

Saludos
 
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jesuspablo
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10/Ago/11 12:24
Re: Cambio Domicilio Inicio de Facultades

en las mismas letras de la ley que mencionas está lo que necesitas, si aún estás en el domicilio donde te están auditando, podrá seguir ahí, siempre y cuando sea la misma juridiccion de la dependencia que te está auditando, si por ejemplo, cambiaste de de estado, entonces tu expediente ya no lo podrá tener los anteriores auditores, deberá de irse tu expediente al estado donde te cambiaste de domicilio
 
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bandido07
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10/Ago/11 12:29
Re: Cambio Domicilio Inicio de Facultades

Buenas Dias

Por error se presento un aviso de cambio de domicilio fiscal de una Empresa que tiene ya una auditoria de visita domiciliaria de 3 meses atras


SOLO CAMBIASTE EL DOMICILIO, EN DOCUMENTO,.......PERO, ESTAS FISICAMENTE EN EL MSMO ?........SE INFIERE ESTO POR TU COMENTARIO, ......ES ASI......?

SALUDOS
 
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lobozac
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10/Ago/11 12:37
Re: Cambio Domicilio Inicio de Facultades

LOBOZAC


No ya no esta la empresa fisicamente donde se inicio la visita toda la administracion y la contabilidad esta en el nuevo domicilio donde hice el cambio, que pasa con la auditoria les tengo que avisar a los auditores o que se hace en estos casos, realmente no fue un error el cambio como lo expongo, el error fue cambiarse sin considerar la auditoria, avisar antes de cambiarse o informarse si se puede cambiar cuando ya se iniciaron facultades.


Saludos
 
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jesuspablo
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10/Ago/11 12:50
Re: Cambio Domicilio Inicio de Facultades

IJUESU, ES MUY PELIGROSO QUE HAYAN HECHO ESO.............LES PUEDEN ENCUADRAR CONDUCTA DELICTIVA.............OBVIO ES QUE DEBEN AVISARLE A LOS AUDITORES

SALUDOS
 
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lobozac
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10/Ago/11 13:06
Re: Cambio Domicilio Inicio de Facultades

pues , seria creible un error si no hubieran cambiado en realidad de domicilio,


acude inmediatamente con un abogado fiscalista,
creo que tienen muy bien identificado de que pie flaquean, no comentan mas errores
 
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LC.GONZALEZ
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10/Ago/11 13:08
Re: Cambio Domicilio Inicio de Facultades

Los errores, se pagan

CFF

Artículo 110.- Se impondrá sanción de tres meses a tres años de PRISIÓN, a quien:

...

V. Desocupe el local donde tenga su domicilio fiscal, sin presentar el aviso de cambio de domicilio al registro federal de contribuyentes, después de la notificación de la orden de visita, o bien después de que se le hubiera notificado un crédito fiscal y antes de que éste se haya garantizado, pagado o quedado sin efectos, o tratándose de personas morales que hubieran realizado actividades por las que deban pagar contribuciones, haya transcurrido más de un año contado a partir de la fecha en que legalmente se tenga obligación de presentar dicho aviso.

No se formulará querella si, quien encontrándose en los supuestos anteriores, subsana la omisión o informa del hecho a la autoridad fiscal antes de que ésta lo descubra o medie requerimiento, orden de visita o cualquier otra gestión notificada por la misma, tendiente a la comprobación del cumplimiento de las disposiciones fiscales, o si el contribuyente conserva otros establecimientos en los lugares que tenga manifestados al registro federal de contribuyentes en el caso de la fracción V.

SI SABES LO QUE SIGNIFICA QUERELLA.....Y A QUE MATERIA SE REFIERE VERDAD ?

SALUDOS


Editado: Agosto 10, 2011 13:09:32
 
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lobozac
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10/Ago/11 13:23
Re: Cambio Domicilio Inicio de Facultades

el contribuyente, al tramitar el cambio de domicilio ante el SAT , está en lo correcto, y no puede haber sanción alguna, puesto que está informando mediante el cambio de domicilio que se encuentra la documentación en tal lugar
 
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bandido07
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10/Ago/11 13:36
Re: Cambio Domicilio Inicio de Facultades

Si el contribuyente presenta aviso de cambio de domicilio después de recibido el CITATORIO, la visita podrá llevarse a cabo en el nuevo domicilio manifestado por el contribuyente y en el anterior, cuando el visitado conserve el local de éste, sin que para ello se requiera nueva orden o ampliación de la orden de visita, haciendo constar tales hechos en el acta que levanten, salvo que en el domicilio anterior se verifique alguno de los supuestos establecidos en el artículo 10 de este Código, caso en el cual la visita se continuará en el domicilio anterior...........EN EL SUPUESTO EXISTEN VARIOS MOMENTOS, ESTE QUE COLOREO ES UNO.......Y NO ES EL DE LA DUDA



LA INQUIETUD RADICA EN QUE....LA AUDITORIA YA ESTABA EN PROCESO..........O SEA ......MUCHO DESPUES --TRES MESES-- DE ...........HABER RECIBIDO EL CITATORIO

QUE ES OTRO MOMENTO.....Artículo 110.- Se impondrá sanción de tres meses a tres años de PRISIÓN, a quien:

...

V. Desocupe el local donde tenga su domicilio fiscal, [...] DESPUÉS de la notificación de la orden de visita

ESTE ES LA PREMISA QUE ACTUALIZA LA HIPÓTESIS











Editado: Agosto 10, 2011 13:41:31
 
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lobozac
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10/Ago/11 13:53
Re: Cambio Domicilio Inicio de Facultades

el contribuyente en NINGUN MOMENTO está desocupando el DOMICILIO FISCAL, puesto que está informado que él está en otro DOMICILIO FISCAL, salvo que sea un cambio de domicilio falso y no se encuentre en el supuesto nuevo domicilio fiscal
 
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bandido07
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