10/Ago/11 10:29
Re: ACREDITAMIENTO DE IVA (FACTURAS)
Buen día 2IMPARH.
La fecha sí debería corresponder por lo menos con el mes en que se hizo el pago, si no existe la factura y esta existirá hasta Agosto, entonces debería haber por lo menos algún comprobante de anticipo, que éste también debe reunir requisitos fiscales.
Podrías considerar lo que dice Chavalón, respecto a los estados de cuenta, en caso contrario debes considerar lo siguiente:
1.-Si fueron facturas con importes superiores a $2,000.00 debió obviamente hacerse el pago con cheque nominativo o con transferencia de fondos.
2.-Si son por importes menores a $2,000.00, aqui no tendrás problema respecto al requisito de forma de pago.
3.-Si originalmente se habian tomado como préstamos, habría que considerar que si se hizo en efectivo, seguimos en que no hay problema reuniendo el requisito del punto 2, pero...si se hizo con cheque nominativo o con transferencias de fondos la factura habría que salir a nombre del que pagó con cheque o hizo la transferencia, según corresponda, para no meterte con pagos por cuenta de terceros.
Lo anterior lo comento, porque si vas a pedir devolución, no solo te observarán la fecha de los pagos contra las fechas de las facturas, sino también que se hayan hecho dichos pagos, cumpliendo con lo dispuesto en Ley, entre otros requisitos.
Ahora que si corres con suerte y no ejercen facultades de comprobación a la hora que solicites tu devolución, entonces, como dicen por ahi, ya la hiciste. Pero...el hecho de que metas declaraciones complementarias y éstas te generen un saldo a favor, y éste será solicitado en devolución,
probablemente (o sea, pueque si, pueque no) llames la atención de la autoridad.
Saludos y buena suerte.
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo