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04/Ago/11 21:13
Re: Persona Fisica con ingresos asimilados a salarios

Si se pone como honorarios asimilables a salarios practicamente seria lo mismo

Pagaria ISR en ambos casos, como ISR actividad empresarial y como 'asalariado' y en la anual de cualquier manera debiese de ACUMULAR, en la acumulacion resultaria exactamente lo mismo. Se pasó la lana de la bolsa izquierda, a la derecha. Al termino
del dia, sacara la lana de ambas bolsas y vera cuanto fue la ganancia.

Pero, bueno habria que analizarse el efecto en el IETU... es interesante.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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04/Ago/11 21:20
Re: Persona Fisica con ingresos asimilados a salarios

Entonces no puede retirar el remanente?


Suponiendo que su remanente ya fue retirado, ese dinero representa el dividendo. Por supuesto que habria un costo impositivo el ISR de la anual.

O lo que es lo mismo, toda salida sin comprobacion (es un dividendo), pagaria ISR y no existe el caso de determinar una CUFIN.

La CUFIN representaria que ya cubrio un ISR pero no se ha repartido el dividendo, al decretarse y repartirse, recurrimos a la CUFIN para no gravar ISR. Pero en la acumulacion, poder ACREDITARSE un ISR proporcional al dividendo y asi poder cubrir una ANUAL DE manera PROPORCIONAL conforme al Art 31 F-IV. Debiese cubrirse un ISR extra por brincar a otro nivel a consecuencia de la acumulacion, la proporcion quizas habria de cambiarse.
 
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enrique9727
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05/Ago/11 12:22
Re: Persona Fisica con ingresos asimilados a salarios

Una Persona Fisica Actividad Empresarial y Profesional o Reg Intermedio, de su empresa gira semanalmente un cheque a su nombre para gastos personales, este gasto puede ser manejado como asimilado a salario, retener y pagar el impuesto que le corresponde y seria deducibles para isr y ietu???


No, porque no puede 'subordinarse' asimismo... si lo hiciera, cuando tenga que presentar la declaración informativa de salarios y asimilados, aparececera una leyenda de error, que el patron no puede ser su propio trabajador.

Saludos
 
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05/Ago/11 12:23
Re: Persona Fisica con ingresos asimilados a salarios

Solución el importe de los retiros semanales, ponlos a nombre de otra persona.

Saludos
 
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07/Ago/11 23:20
Re: Persona Fisica con ingresos asimilados a salarios

Con los honorarios a salarios (HAS) a mi parecer no se trata de alguna subordinacion. En empresas (personas morales) que he dictaminado, los accionistas retiran algunas partidas por HAS, cubren su ISR, lo deducen y no cubren el IMSS. Le ha llegado el IMSS tratando de fincarles el credito, se van a litigio lo ganan rapido. Demuestran factiblemente la no existencia de la subordinacion.

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En definitiva no se trata de subordinacion en el caso de los HAS.

Pero tiene mucha razon Mem, donde esta la persona que recibe el servicio y la otra persona que lo ofrece...

No se trata de la subordinacion, pero si de algo equivalente.

Sigo pensando y investigando, si seria factible un autocontrato por HAS, tal parece que NO. ¿Como seria posible hacerte tu mismo, el obligacionista y benefactor desde el punto de vista juridico?

De alguna manera la autoridad haciendaria pudiera considerar esta conducta como un dolo y luego quizas algo de defraudacion. Tan solo para los efectos del IETU.
Nadie pudiere beneficiarse de su propio dolo. Habria que respetarse esta maxima del derecho.

No asi para el ISR, que terminaria por acumularse la totalidad de los ingresos por HAS y la utlidad por actividad empresarial, quedandose con el mismo resultado impositivo.



Editado: Agosto 07, 2011 23:26:14
 
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enrique9727
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