Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
23/Jul/11 14:01
Re: Contabilizar un activo fijo y su tratamiento fiscal

Quien deduzca cualquier desembolso para efectos de la LISR o LIETU, primero debe contar con documentacion comprobatoria a 'nombre del propio contribuyente', es decir, debe contener el RFC suyo inscrito en el comprobante. Que dicho comprobante se halla emitido en favor de su RFC.

Asi que pudiese si gusta contabilizarse y dejarse en libros dicho bien, dado que el socio ya otorgo el beneplacito en favor de la sociedad y pudiendose depreciar contablemente de manera satisfactoria.

Pero, para los fines fiscales, ese documentos no es valido, ni se cumple con los requisitos indispensables. Por lo que al momento de determinarse depreciacion fiscal, simplemente debera anotarse como valor 0 (cero).
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
23/Jul/11 16:20
Re: Contabilizar un activo fijo y su tratamiento fiscal

Buenas tardes.

Ok, respuesta a tu pregunta de la forma solicitada: No.

Todos mis respectos para a_cano, efectivamente es una de los compañeros de este foro que casi siempre fundamenta sus comentarios como un verdadero profesional.





Saludos.

Editado: Julio 23, 2011 16:22:14
 
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo
 
Perfil

ngm
Mayor

Mensajes: 1564
Ingresó: Noviembre 11, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2