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19/Jul/11 13:23
PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO

Buenas Tardes

El 28 de noviembre de 2006 se publica en el Diario Oficial de la Federación un decreto a través del cual se otorga un estímulo fiscal a las personas morales del Título II de la Ley del ISR, consistente en disminuir de la utilidad fiscal determinada para efectos de pagos provisionales, el monto de la PTU de las empresas pagada en el mismo ejercicio.

Mi duda se debe llenar alguna forma, escrito libre donde se entere a la autoridad o simplemete se aplica.
 

 
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LOVS
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19/Jul/11 13:31
Re: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO

BATISTA
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19/Jul/11 13:36
Re: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO

consistente en disminuir de la utilidad fiscal determinada para efectos de pagos provisionales, el monto de la PTU de las empresas pagada en el mismo ejercicio.

Hola, .....a poco no has pagado PTU, desde ese año ?

Saludos
 
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lobozac
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19/Jul/11 15:08
Re: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO

Lo que pasa es que mi fabuloso auditor dice que solo se puede hacer en la anual, que para aplicarlo en pagos provisionales se debe dar aviso a la autoridad.

Le pedi el fundamento y quedo de darmelo, pero todavia lo estoy esperando.
 

 
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LOVS
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19/Jul/11 15:17
Re: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO

Mi duda se debe llenar alguna forma, escrito libre donde se entere a la autoridad o simplemete se aplica

Lo que pasa es que mi fabuloso auditor dice que solo se puede hacer en la anual, que para aplicarlo en pagos provisionales se debe dar aviso a la autoridad.

Le pedi el fundamento y quedo de darmelo, pero todavia lo estoy esperando.

IJUESU..........SI, MEJOR NOS ESPERAMOS.........AL FUNDAMENTO.........


GRACDIAS POR RESPONDER


SALUDOS
 
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lobozac
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20/Jul/11 09:31
Re: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Informacion&sop=viewArt&id=3179

Fiscalia publico al respecto


http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Informacion&sop=viewArt&id=3179

Editado: Julio 20, 2011 09:31:43
 
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vabdo
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20/Jul/11 10:56
Re: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO

Simplemente aplica lo que esta en el decreto.

Ahora, si en la anual 2010, no declaraste PTU determinada en el ejercicio, ni tampoco PTU pendiente de pagar de ejercicios anteriores, entonses si hay que corregir la anual.

En caso contrario, tu solo aplicaras el decreto sin tener que dar aviso de nada.

Saludos.
 
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El_Juez_de_Hierro
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20/Jul/11 11:19
Re: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO

Buen día:

Me permito transcribir textualmente el primer párrafo del artículo 25 de Código Fiscal de la Federación, que dispone lo siguiente:

Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración periódica podrán acreditar el importe de los estímulos fiscales a que tengan derecho, contra las cantidades que están obligados a pagar, siempre que presenten aviso ante las autoridades competentes en materia de estímulos fiscales y, en su caso, cumplan con los demás requisitos formales que se establezcan en las disposiciones que otorguen los estímulos, inclusive el de presentar certificados de promoción fiscal o de devolución de impuestos. En los demás casos siempre se requerirá la presentación de los certificados de promoción fiscal o de devolución de impuestos, además del cumplimiento de los otros requisitos que establezcan los decretos en que se otorguen los estímulos.

Saludos
 

 
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a_cano
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20/Jul/11 11:34
Re: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO

Considero que esta situacion de la comentada en este foro, el considerar la PTU pagada en el ejercicio, para efectos de los pagos provisionales. NO ES UN ESTIMULO FISCAL

Por lo que considero no necesario realizar algun escrito y solamente implementar la aplicacion o ajuste en el Coeficiente de Utilidad, asi como se aplica en su momento en el ajuste por inventario acumulable.

Definase que es ESTIMULO FISCAL al respecto.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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20/Jul/11 11:49
Re: PTU PAGADA EN EL MISMO EJERCICIO

Cito el Articulo donde se establece el ESTIMULO FISCAL, publicado en el DOF el 28 de Noviembre de 2006.

Artículo Segundo. Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que tributen en los términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, consistente en disminuir de la utilidad fiscal determinada de conformidad con la fracción II del artículo 14 de dicha Ley, el monto de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el mismo ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El citado monto de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, se deberá disminuir, por partes iguales, en los pagos provisionales correspondientes a los meses de mayo a diciembre del ejercicio fiscal de que se trate. La disminución a que refiere este artículo se realizará en los pagos provisionales del ejercicio de manera acumulativa.

Comentarios...............

Saludos.
 
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El_Juez_de_Hierro
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