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18/Jun/11 12:06
Re: Obligaciones Art32 LIVA

Tienes razon taxifiscalista....algunos no observan correctamente la disposición., pero bueno....cada quien con su criterio...



saludos
 
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18/Jun/11 12:15
Re: Obligaciones Art32 LIVA

Esta es la fundamentación de las Reglas misceláneas:

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 3, fracción XXII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y
Considerando
Que de conformidad con el artículo 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación las resoluciones que establecen disposiciones de carácter general se publicarán anualmente, agrupándolas de manera que faciliten su conocimiento por parte de los contribuyentes.
Que en esta Resolución, que consta de dos libros y anexos, se agrupan aquellas disposiciones de carácter general aplicables a impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, excepto a los relacionados con el comercio exterior, y que para fines de identificación y por el tipo de leyes que abarca, es conocida como la Resolución Miscelánea Fiscal.
Que es necesario expedir las disposiciones generales que permitan a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales en forma oportuna y adecuada, el Servicio de Administración Tributaria expide la siguiente:



Ahora... el Texto que estamos analizano claramente dice ' I.5.5.3. Para los efectos del artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, los contribuyentes personas morales proporcionarán la información a que se refieren las citadas disposiciones, durante el mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.
La información se deberá presentar conforme a lo previsto en la regla II.5.5.2.


El texto señalado en rojo es muy claro, no deja duda que la información de mayo la puedo presentar en el mes de JUNIO, sin ser claro el día, ahora, si tenemos duda que pasa cuando nos señalan solo el mes, nos podemos ir al artículo 12 CFF, y ahí econtraremos la respuesta que día debe de presentarse como máximo cuando solo nos señalan el Mes
 
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bandido07
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18/Jun/11 12:31
Re: Obligaciones Art32 LIVA

La facultad del sat con respecto 33 del CFF es de amplio conocimiento...sin embargo, he visto requerimientos de la DIOT que exige la misma a mas tardar el 17 de mes.


en lo personal sigo viendo la condicionante del 32 LIVA...pero en fin.



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18/Jun/11 13:03
Re: Obligaciones Art32 LIVA

Es claro que la Autoridad no puede decir si su gobernado desea sujetarse o nó a una facilidad, por tal motivo pone las fechas que marca la Ley, si nos vemos perjudicados, es suficiente señalarles al SAT su error, sin necesidad de nigun recurso, ya que es demasiado obvio

Cuando nos hacen una auditoría vamos a ver que nos solicitan la declaración de Clientes y Proveedores, porque el SAT no puede decidir si nos acogernos a la facilidad emitidas en Reglas por ellos mismos, si decidimos acogernos a la regla basta con informales que no se la presentamos porque determinada regla emitida por ellos así nos lo permite
 
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bandido07
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18/Jun/11 13:15
Re: Obligaciones Art32 LIVA

Es claro que la Autoridad no puede decir si su gobernado desea sujetarse o nó a una facilidad, por tal motivo pone las fechas que marca la Ley, si nos vemos perjudicados, es suficiente señalarles al SAT su error, sin necesidad de nigun recurso, ya que es demasiado obvio


Por eso mismo EMITE reglas de caracter general....llamadas coloquialmente MISCELANEAS...

Te voy a poner un ejmplo sencillito.....la autorida te revisa...si tratas de señalarle un error, eso lo debes hacer al final enbase a lo que ponga en el acta...sino como te defiendes?..

otro ejemplo...crees que si la autoridad te requiere la DIOT por haberla presentado el ultimo de mes....y ésta te argumenta que es el 17.... apoco crees que de PALABRA te va a decir...si pancho perez...yo estoy en un error.....? crees que todos los auditores son ineficaces para que de PALABRA te acepten un fundamento....?....malo, malo...





Cuando nos hacen una auditoría vamos a ver que nos solicitan la declaración de Clientes y Proveedores, porque el SAT no puede decidir si nos acogernos a la facilidad emitidas en Reglas por ellos mismos, si decidimos acogernos a la regla basta con informales que no se la presentamos porque determinada regla emitida por ellos así nos lo permite



No en todos los caso...a mi ni siquiera me piden esa declaracion...............




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18/Jun/11 13:48
Re: Obligaciones Art32 LIVA

CPhugoocejo efectivamente, me han pedido información que en Regla me da la facilidad de omitirlo , cuando me solicitan información y no la presenté porque en Regla me da la opción de no presentarla, a pesar de que en Ley claramente me obliga, en la misma información les he señaldado el motivo el porqué no la presento, y hasta ahi termina el problema, jamás he tenido que acudir a Recurso porque no les satisfaga dicha aclaración.
 
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18/Jun/11 14:01
Re: Obligaciones Art32 LIVA

CPhugoocejo efectivamente, me han pedido información que en Regla me da la facilidad de omitirlo , cuando me solicitan información y no la presenté porque en Regla me da la opción de no presentarla, a pesar de que en Ley claramente me obliga, en la misma información les he señaldado el motivo el porqué no la presento, y hasta ahi termina el problema, jamás he tenido que acudir a Recurso porque no les satisfaga dicha aclaración.



Bandido07, es lo que le comentaba en mi anterior participación, a veces se puede , otras veces no, pero por uno no queda, sino porque hay cada auditor mas cuadrado que el cubo torres...


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20/Jun/11 11:23
Re: Obligaciones Art32 LIVA

Que problemas verdad, como entender algo que no esta bien explicado, estos pàrrafos fueros tomados de los mensajes que envia el colegio de contadores:
Relacionado con la información de clientes y proveedores, el Artículo Séptimo Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal por el ejercicio de 2010, señala que se tendrá por cumplida la obligación de presentar dicha información, siempre que se haya presentado las DIOT dentro del mes siguiente a aquél al que corresponda cada declaración, por todo el ejercicio de 2010.

Es importante comentar, que durante el año de 2009 se otorgó la facilidad de que si se presentaba las DIOT de ese año antes del 15 de marzo de 2010, se tendría por cumplida la obligación de información de clientes y proveedores. Lo anterior de conformidad al Artículo Octavo Transitorio de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009.

En el caso que las DIOT del ejercicio de 2010 se hayan presentado de forma extemporánea, ¿se tendrá la obligación de presentar la información de clientes y proveedores por el ejercicio fiscal de 2010?

Comentarios SAT

Se confirmó que para no estar obligados a presentar la declaración informativa de clientes y proveedores, es necesario haber presentado en tiempo y forma la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).

Obvio, esto pertenece al 2010, mas no sè que criterio tenga ahora el SAT para el 2011
 
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DAMIAN23
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21/Jun/11 09:20
Re: Obligaciones Art32 LIVA

La pregunta de la compañera era si tenía que presentar la información del iva retenido y cuando tenía que presentarla y lo que yo le conteste era que era el mes posterior al que correspondía la información osea el de mayo lo presentaba en junio que sí se entendío lo que yo quería decir que podía ser hasta el 30 de junio pero creo que unos se aferraron a la ley cuando en realidad es la presentación de la DIOT ante el SAT, entonces el que te expide el requerimiento es el SAT y si te mencionan en una regla determinada fecha de que te preocupas de lo que diga la ley y los requerimientos que viste que no se presento el día 17 yo creo que fue porque eran antes de haber publicado la regla ya que los requerimientos te dice solamente por no haber presentado la información de determinado mes entonces si te llega un requerimiento por no presentar la DIOT si tu la presentas el mismo día en el que llego el requerimiento haces la aclaración ante el SAT y no procede ninguna multa.
Perdón por no contestar antes pero el día de ayer estuve con los pagos y el día de hoy envío las DIOT a y los reportes de CFD
 
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21/Jun/11 10:22
Re: Obligaciones Art32 LIVA

Hola adlemy:

....¿debo de proporcionar como una informativa al SAT antes del 17?

No, la obligación de presentar la DIOT tiene como plazo máximo para hacerlo el último día del mes posterior al que corresponda la declaración.

De la página del SAT:

Fecha de presentación


4.- ¿Cuándo se debe presentar la DIOT?

Las personas físicas y morales presentarán la información mediante el formato electrónico A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros” , durante el mes inmediato posterior al que corresponda dicha información

Fundamento Legal: Artículo 32 fracción VIII de la LIVA, regla I.5.5.3. y I.5.5.4. de la RMF 2010 publicada en DOF el 11de junio de 2010.

La palabra 'durante' significa que la obligación de presentarla 'puedes' efectuarla desde el primer día del mes posterior y 'debes' presentarla como plazo máximo el último día del mes siguiente al que corresponda la declaración.



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CHAVALON
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