17/Jun/11 11:17
Hola a todos,quisiera saber si alguien me puede ayudar con una duda que tengo
Es sobre el Art.32 Frac.V donde viene la obligacion de proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información sobre las personas a las que les hubieren retenido el impuesto establecido en esta Ley, dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.
Saben a que tipo de contribuyentes se refiere este artículo que debe de cumplir con esta obligacion, tengo duda si estoy omitiendo alguna obligacion, considerando que soy una persona moral que recibe recibos de renta y honorarios, ¿debo de proporcionar como una informativa al SAT antes del 17?
gracias por su apoyo!
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adlemy
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17/Jun/11 12:01
Re: Obligaciones Art32 LIVA
Perdon...
La obligacion de las retenciones que realizas las presentas dentro de la DIOT.. en el apartado 'IVA Retenido por el contribuyente'.. segun yo esa es la obligacion q marca dicho numeral..
salu2..
Editado: Junio 17, 2011 12:05:49
* Se el ser humano mas exigente para aprender, pero el mas paciente para enseñar'..
=)
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lsanchez
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17/Jun/11 12:31
Re: Obligaciones Art32 LIVA
Es correcto Luis.
saludos
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CPhugoocejo
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17/Jun/11 12:48
Re: Obligaciones Art32 LIVA
La información de las retenciones realizadas a tus proveedores las presentas en la DIOT y checa en la página del SAT creo que no es precisamente hasta el día 17 del siguiente mes si no, en el siguiente mes, por ejemplo; las del mes de mayo tienes todo el mes de junio para presentarlas.
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ADRIANP
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17/Jun/11 13:14
Re: Obligaciones Art32 LIVA
creo que no es precisamente hasta el día 17 del siguiente mes si no, en el siguiente mes
Tanto la F-V como la VIII del numeral 32 LIVA dice................
dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.
La ley es clara.
saludos
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CPhugoocejo
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17/Jun/11 15:07
Re: Obligaciones Art32 LIVA
las personas morales deberan presentar la declaración de operaciones con terceros durante el mes inmediato posterior al que corresponda dicha información Fundamento legal Art 32 fracciones V y VIII de la ley de IVA y Regla I.5.5.3 de la RMF para 2010
DOF el 11 de Junio de 2010
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ADRIANP
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17/Jun/11 15:22
Re: Obligaciones Art32 LIVA
gracias a todos!, kedó aclarada mi duda.
k tengan un excelente fin de semana...
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adlemy
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17/Jun/11 15:50
Re: Obligaciones Art32 LIVA
ADRIANP
Pregunta...
En que fecha ( a mas tardar ) presentaría el mes de mayo-2011 ( DIOT )...........
saludos
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CPhugoocejo
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17/Jun/11 16:05
Re: Obligaciones Art32 LIVA
Tanto la F-V como la VIII del numeral 32 LIVA dice................
dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.
La ley es clara
Es correcta tu apreciacion mi estimado CP Hugo (saludos), nunca hay que ir mas alla de las Leyes.
Saludos.
La verdad es absoluta o es relativa
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El_Juez_de_Hierro
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17/Jun/11 16:49
Re: Obligaciones Art32 LIVA
ADRIANP.
Asi es
Esa regla te permite cumplir la obligacion en comento DURANTE EL MES INMEDIATO POSTERIOR al que corresponde la información.
Editado: Junio 17, 2011 16:49:45
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taxfiscalistas
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