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22/Jun/11 14:44
Re: OBLIGACION A DICTAMNIANRME EN EL IMSS

Si en alguna ocasion eliminan la redaccion del Art 16 LSS y no es puesta en otra disposicion. Entonces si procedera aplicarse el 32-A CFF de manera supletoria.

Mientras tanto, solo debe operar el 16 LSS, para los efectos del Seguro Social.

El sentido de ambos articulos, es que la ley tiene una vigencia anual. En 2011, debo analizar las cifras del ejercicio inmediato anterior (2010), ver si seria dictaminable obligatoriamente, de serlo el dictamen se entregaria en 2012. Pero, tambien debe entregarse un aviso para la presentacion de ese dictamen (expresar si es voluntario u obligatorio), pues la autoridad no sabria si existe esa obligacion estaria presente por cada contribuyente, aun teniendo los datos disponibles
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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