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07/Abr/11 15:05
PF,ASALARIADO,PAGA AL IMSS, SEGURO DE LA ESPOSA, ES DEDUCIBLE.

ESTOY PAGANDO EL SEGURO VOLUNTARIO DE MI ESPOSA AL IMSS, PARA MI ES COMO UN SEGURO DE GASTOS MEDICOS, LO PODRIA YO HACER DEDUCIBLE EN MI ANUAL DE PF. ASALARIADO.
PARA MI PAGAR AL IMSS ES COMO SI FUERA UN SEGURO DE GASTOS MEDICOS. ADEMAS LAS CUOTAS AL IMSS SON DEDICIBLES.
ESPERO SUS OPINIONES YA QUE CON ESTA DEDUCCION ME QUEDARIA SALDO A FAVOR. PERO COMO NO ES UN CASO TIPICO SURGE LA DUDA.
PORQUE, SI LE PAGO A UNA CIA DE SEGUROS ,SERIA DEDUCIBLE Y SI LE PAGO AL IMSS, POS TAMBIEN DIGO YO. USTEDES QUE OPINAN.
POR SU ATENCION GRACIAS.
 
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fdiaz
Cabo

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07/Abr/11 15:21
Re: PF,ASALARIADO,PAGA AL IMSS, SEGURO DE LA ESPOSA, ES DEDUCIBLE.

Hola, es que las leyes NO SE INTERPRETAN ...........'PARA NOSOTROS'.....O SEA, ..........PARA TI............Y MENOS LA NORMA FISCAL.........ÉSTA SE APLICA EN ESTRICTO

PERO SI NOS FUNDAMENTS DONDE DICE ESO QUE DICES ......TE LO CREERIAMOS

QUE TE DICE LISR EL ARTICULO 31 F-XII, EN CORRELACION CON LA XXIII Y EL 109 AL RESPECTO ?

SALUDOS
 
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lobozac
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07/Abr/11 16:03
Re: PF,ASALARIADO,PAGA AL IMSS, SEGURO DE LA ESPOSA, ES DEDUCIBLE.

Tienes factura por esos servicios??? las cuotas obligatorias no la requieren pero en este caso son voluntarias.


Saludos
 
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juancarm
Teniente Coronel

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07/Abr/11 16:47
Re: PF,ASALARIADO,PAGA AL IMSS, SEGURO DE LA ESPOSA, ES DEDUCIBLE.

TAL VEZ PODRIA APLICARSE LA FR II DEL 43 DEL RISR,
POR OTRO LADO NO HAY FACTURAS, ES UNA SERIE DE RECIBOS QUE ENTREGA EL IMSS PARA QUE PAGUES Y LO QUE QUEDA DE COMPROBANTE REAL ES EL DEPOSITO.
GRACIAS.
Artículo 32. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:

I. Los pagos por impuesto sobre la renta a cargo del propio contribuyente o de terceros ni los de contribuciones en la parte subsidiada o que originalmente correspondan a terceros, conforme a las disposiciones relativas, excepto tratándose de aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social Tampoco serán deducibles los pagos del impuesto empresarial a tasa única ni del impuesto a los depósitos en efectivo, a cargo del contribuyente.
ART 29 DEDUCCIONESVIII. Las cuotas pagadas por los patrones al Instituto Mexicano del Seguro Social, incluso cuando éstas sean a cargo de los trabajadores.
YO NO SOY PATRON, PERO ESTOY PAGANDO LAS CUOTAS. ????




Editado: Abril 07, 2011 17:08:07

Editado: Abril 07, 2011 18:56:42
 
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fdiaz
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07/Abr/11 17:32
Re: PF,ASALARIADO,PAGA AL IMSS, SEGURO DE LA ESPOSA, ES DEDUCIBLE.

ESTOY PAGANDO EL SEGURO VOLUNTARIO DE MI ESPOSA AL IMSS, PARA MI ES COMO UN SEGURO DE GASTOS MEDICOS, LO PODRIA YO HACER DEDUCIBLE EN MI ANUAL DE PF. ASALARIADO.


¿ Dentro de las deducciones personales figura como deducción el seguro voluntario?
¿ Ya revisaste el 176 LISR?



saludos
 
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CPhugoocejo
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07/Abr/11 18:40
Re: PF,ASALARIADO,PAGA AL IMSS, SEGURO DE LA ESPOSA, ES DEDUCIBLE.

ART 176.
VI. Las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, siempre que el beneficiario sea el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien vive en concubinato, o sus ascendientes o descendientes, en línea recta.
NO MENCIONA EXPLICITAMENTE SEGURO VOLUNTARIO Y CON EL IMSS.
MENCIONA QUE SEA PARA EL CONYUGUE, QUE ES EL CASO. Y QUE SEA COMPLEMENTARIO, AUNQUE AQUI ES AL PROPIO IMSS.
 
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fdiaz
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07/Abr/11 20:04
Re: PF,ASALARIADO,PAGA AL IMSS, SEGURO DE LA ESPOSA, ES DEDUCIBLE.

YO NO SOY PATRON, PERO ESTOY PAGANDO LAS CUOTAS. ????

Ni eres patron..........ni edstas pagando cuotas....NO DISTINGAS ............LA LEY NO PERMITE DISTINCIONES

Saludos
 
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lobozac
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07/Abr/11 20:17
Re: PF,ASALARIADO,PAGA AL IMSS, SEGURO DE LA ESPOSA, ES DEDUCIBLE.

ART 176.
VI. Las primas por seguros de gastos médicos, COMPLEMENTARIOS O INDEPENDIENTES de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social

TU SEGURO VOLUNTARIO........ES COMPLEMENTARIO O INDFEPENDIENTE......AL IMSS ?.............NO VERDAD ...............Y DECIMOS QUE NO.......PORQUE .......TU LE PAGAS AL IMSS --INSTITUCION PUBLICA DE SEGURIDAD SOCIAL -- POR ESE IDEM

ENTONCES..........NO ACTUALIZAS LA HIPOTESIS...........POR NINGUNO DE LOS LADOS QUE LE QUIERAS VER.....

TU SEGURO VOLUNTARIO .........NO CUMPLE LOS REQUISITOS QUE PARA LOS SEGUROS DE GASTOS MEDICOS MAYORES Y SUS PRIMAS, EXIJAN

SALUDOS



Editado: Abril 07, 2011 20:18:45
 
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lobozac
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07/Abr/11 20:22
Re: PF,ASALARIADO,PAGA AL IMSS, SEGURO DE LA ESPOSA, ES DEDUCIBLE.

Buena noche:

Al IMSS no se le pagan primas...

La Fracción VI, del artículo 176 de la LISR, dispone:

Las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social...

Las cuotas que vienen pagando, NO son deducibles, en virtud de que NO están dentro de los supuestos señalados en el artículo 176 Fracción VI de la LISR.

Saludos








Editado: Abril 07, 2011 20:29:13
 

 
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a_cano
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07/Abr/11 22:18
Re: PF,ASALARIADO,PAGA AL IMSS, SEGURO DE LA ESPOSA, ES DEDUCIBLE.

Hola buenas noches:

Para deducir gastos inherentes a la actividad empresarial o regimen que corresponda como persona fisica, primero deben verse articulos generales relativos al capitulo de personas fisicas.

Los arts 29 y 31 de la LISR no corresponde a este tipo de personas (fisicas). Son para personas morales. Por lo que debiese aplicarse los arts equivalentes pero para personas fisicas y ademas ver cada capitulo que corresponda a las distintas 'rentas' (tipos de ingresos) que le implique a la persona fisica de acumular. No todos los capitulos tienen la facilidad de deducciones y en otros casos serian limitativos y con ciertos requisitos que debiesen de cumplir para aplicar su deduccion.

En este caso, comentas un gasto personal, jamas la ley permite deduccion dentro de los regimenes de acumulacion. Mas sin embargo, si prevee DEDUCCIONES PERSONALES, aqui es donde cabria la deduccion que comentas, y solo se podria en una declaracion anual.


Artículo 176 LISR. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:
...

VI. Las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, siempre que el beneficiario sea el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien vive en
concubinato, o sus ascendientes o descendientes, en línea recta.

...

Los requisitos de las deducciones establecidas en el Capítulo X de este Título no son aplicables a las deducciones personales a que se refiere este artículo.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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