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08/Abr/11 18:17
Re: PRESENTASION EXTEMPORANEA DEL LISTADO ANUAL 2010

Hola,

Todavía no nace el que le entienda al IETU y a lo mejor el IETU desaparece antes de que alguien le entienda.

La obligación del listado del IETU se encuentra en la Ley de Ingresos, se supone que al día de hoy nos regimos por la Ley de ingresos del 2011, en esta dice que los conceptos del IETU se deben presentar al igual que la declaración del ejercicio del ISR.

La facilidad de presentar los conceptos del IETU en enero de 2011 para el IETU correspondiente a 2010 se publicó en junio 2010.

En mi opinión yo puedo aplicar la Ley de Ingresos del 2011 para el impuesto del 2010, es decir que los conceptos del IETU los debí haber presentado al mismo tiempo que la declaración del ISR.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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09/Abr/11 00:21
Re: PRESENTASION EXTEMPORANEA DEL LISTADO ANUAL 2010

No es asi.

La LI no es la ley especial para el correcto cumplimiento de las obligaciones de IETU.

Para eso debe de constreñirse los contribuyentes a la LIETU. No a otra ley.

En tu caso, ¿cuando eras niño, te sujetabas a las ordenes de la mama de algun compañero de clases, de manera ordinaria?

Es lo mismo con las contribuciones, cada una tiene sus propios mandatos.

Bueno luego resulta otros ordenamientos para facilitar el cumplimientos de obligaciones, pero en el caso de la LI, se señala que debiese de extenderse unos lineamientos. Mientras no se emitan, la disposicion en especifico resulto inoperante.

Cuando salieron, ya pudo aplicar este nuevo procedimiento, pero el mismo sustituira con su implementacion, el tener que cumplir los lineamientos de la LIETU. Pero para que se de totalmente la sustitucion de este cumplimiento de obligaciones por otro mas 'facil', de ahi que se señale 'facilidad administrativa', se debe ahora que cumplir al 100% lo que se señala la propia facilidad. Si no se cumple al 100% este nuevo ordenamiento, ni se cumple con la facilidad, menos se cumple con la LIETU (o especial). La autoridad tiene todo el derecho de multar y actuar como le plazca, ante la negligencia del contribuyente, que esta acomodando las leyes a su antojo, sin razon alguna y solo actua por capricho o a sentimiento, sin actuar razonadamente y con cordura.

Este caso, en la vida, la madre o padres, deja al niño en la custodia de otra persona, cofiriendoles derechos y obligaciones al tercero sobre el cuidada de sus vástagos. Los niños ahora debe obedecer al nuevo titular de la autoridad, pues se encuentran bajo su custodia.

La facilidad de LI, marca una normatividad, no se respeta, por ende no se podrian obtenerse derechos propios, ya que no se cumple con sus mandatos y las obligaciones como ahora se cambiaron las reglas. El contribuyente no puede legislar o tomar lo que le convenga a su juicio el cumplimiento de una u otra regla por antojo. Los niños deben ser obedientes con quien tiene el don de mando. Asi se dicta en los canones. No hay otro camino a tomarse.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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09/Abr/11 08:45
Re: PRESENTASION EXTEMPORANEA DEL LISTADO ANUAL 2010

Hola,

Todavía no nace el que le entienda al IETU y a lo mejor el IETU desaparece antes de que alguien le entienda.

La obligación del listado del IETU se encuentra en la Ley de Ingresos



Efectivamente mi estimado Miguel......muchos no le entendemos..........

LIF

Articulo 21 ...


II. En materia de impuesto empresarial a tasa única:

1. Para los efectos del artículo 8 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, los contribuyentes deberán presentar

La LEY MADRE, NO LO ES LA LIF........PARA ESTE EFECTO ES LA LIETU...............O SEA, .........LA OBLIGACION LA CONSIGNA, ESTA ULTIMA.......

SALUDOS

Editado: Abril 09, 2011 08:47:38
 
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lobozac
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11/Abr/11 09:18
Re: PRESENTASION EXTEMPORANEA DEL LISTADO ANUAL 2010

Buenos días,

El contribuyente no puede legislar o tomar lo que le convenga a su juicio el cumplimiento de una u otra regla por antojo. Los niños deben ser obedientes con quien tiene el don de mando. Asi se dicta en los canones. No hay otro camino a tomarse


La verdad quien inició el cambio a su antojo fue el SAT, ya que el listado de conceptos el SAT lo inventó a través de una miscelánea, fue tanta la insistencia del SAT que al final los diputados aceptaron incluir el listado en una Ley, en este caso en la Ley de Ingresos.

¿Por qué no incluyeron esta obligación en la Ley del IETU?

Por una sencilla razón, no puedes tratar un impuesto directo de una manera mensual, un mes es muy poco tiempo para reflejar las operaciones de una empresa, por eso ya los diputados decidieron que los conceptos del IETU se declaren al mismo tiempo que los conceptos del ISR, en la declaración anual.

Que la Ley te señala la obligación de hacer pagos mensuales, eso es indudable, pero tiene definitivamente más peso la redacción del art. 7 LIETU (el impuesto se calculará por ejercicios) que la del art. 9, pagos provisionales.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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11/Abr/11 09:54
Re: PRESENTASION EXTEMPORANEA DEL LISTADO ANUAL 2010

De nueva cuenta si..........lo creo, no hay quien le entienda de fondo a eso del listado

Ademas quiero reconocer tu percepcion y analisis..........EFECTIVAMENTE EL LISTADO DE CONCEPTOS LO CONSIGNA LA LEY DE INGRESOS....PERO A PARTIR DE 2009......EN SU ARTICULO 22

Y EFECTIVAMENTE, LA LIETU......NO MENCIONA EL LISTADO PARA NADA

Gracias Miguel por tus precisiones


Saludos
 
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11/Abr/11 09:57
Re: PRESENTASION EXTEMPORANEA DEL LISTADO ANUAL 2010

Entonces

LIF, ....LEY MADRE DEL LISTADO

LIETU...........LEY MADRE DE LA OBLIGACION DE PRESENTAR EL IMPUESTO EMPRESARIAL

SI.....DOS COSAS DISTINTAS........CADA CUAL EN SU LEY


SALUDOS
 
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11/Abr/11 12:27
Re: PRESENTASION EXTEMPORANEA DEL LISTADO ANUAL 2010

Gracias Lobozac,

En mi opinión la Ley de Ingresos 2011 ya se deslindó de controlar el listado al decir que los conceptos se presentarán al mismo tiempo que la declaración del ISR.

Es decir ¿Cómo sé que cumplí con la obligación de calcular el IETU por ejercicios como lo señala el artículo 7 LIETU?

Cumplo cuando lo haga en el formato que existe para la declaración anual, esta es la obligación que subsiste, al igual que la de pagos provisionales, ¿el listado de conceptos?
no creo que debamos de hablar más de dicho listado, simplemente fue cancelado y a través de la declaración anual y papeles de trabajo se mantendrá la información que antes se plasmaba en el listado.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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11/Abr/11 12:28
Re: PRESENTASION EXTEMPORANEA DEL LISTADO ANUAL 2010

EFECTIVAMENTE PARA 2011.......ES OTRO 'BOLETILLO'


SALUDOS
 
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