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03/Mar/11 18:02
Re: Impuestos deducibles

CHISPAS...........CREO QUE SI HAY IMPUESTOS...........QUE SON DEDUCIBLES......


Mi estimado, tambien es importante ver el numeral 5 F-II IETU...


saludos
 
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CPhugoocejo
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03/Mar/11 18:04
Re: Impuestos deducibles

ES MAS.............SI........REBOBINANDO MI DISCO DURO.......Y CONSIDERANDO QUE LA LEY NO SE DISTINGUE........Y EN VIRTUD DE QUE EL 32 DE RENTA MENCIONA LOS IMPUESTOS QUE NO SON DEDUCIBLES.........SIN DISTINGUIR.......LOS QUE NO MENCIONA, .SERIAN DEDUCIBLES

GRACIAS POR ABRIRME LA CABEZOTA


SALUDOS
 
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lobozac
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03/Mar/11 18:13
Re: Impuestos deducibles

EL ARTICULO 32 FRACCION XV, DICE QUE NI EL IVA NI EL IESPS SERAN DEDUCIBLES, SALVO QUE A QUIEN SE LE HAYA TRASLADADO Y LO HAYA PAGADO, Y ESTE NO TENGA DERECHO A ACREDITARLO: COMO POR EJEMPLO LOS DOCTORES.

SALUDOS
 
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lcruizuscanga
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03/Mar/11 20:12
Re: Impuestos deducibles

Si estoy de acuerdo que no son deducbles el ISR, IETU ni retenidos

Pero que pasa cuendo te llega tu factura de hospedaje y te cobran el ISH

O en las empresas que se dedican al taxi aereo y pagan el SENEAM (bueno no es impuesto como tal)

O cuando importas y pagas el IGI o IGE

Son impuestos que no puedes acreditar pero si son deducibles, pero no encuentro el fundamento para hacerlos deducibles...
 
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Jos
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03/Mar/11 20:15
Re: Impuestos deducibles

Chavalon !!!!!

osea que la interpretacion seria que al no marcarlo la ley en el 32 estonces son deducibles??? al no prohibirtelo estonces esta permitido, ese seria el fundamento?
 
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Jos
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03/Mar/11 22:04
Re: Impuestos deducibles

Jos:
... la interpretacion seria que al no marcarlo la ley en el 32 estonces son deducibles??? al no prohibirtelo estonces esta permitido, ese seria el fundamento?

Así es, el Código Fiscal de la Federación señala:

CFF

Artículo 5o.- Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa.

Las otras disposiciones fiscales se interpretarán aplicando cualquier método de interpretación jurídica. A falta de norma fiscal expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del derecho federal común cuando su aplicación no sea contraria a la naturaleza propia del derecho fiscal.

Esto es, si el Art. 32 en su Fracc. I de LISR señala claramente los impuestos que no son deducibles.la Fracc. XV establece claramente las excepciones a los impuestos que menciona, obviamente al no señalar otros impuestos como no deducibles, se interpreta que si son deducibles.

En el propio Art. 32 de LISR que es el que establece los gastos e inversiones no deducibles, podemos encontrar algunos otros casos, por ejemplo:

LISR

Artículo 32. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:

XX.-El 87.5% de los consumos en restaurantes………, aquí es lógico que 'interpretemos' que el 12.5 % si son deducibles.

Otros casos de interpretación 'inversa' (te señala lo deducible) son las fraccs. II, V y XIII, que te indican los importes que son deducibles y por interpretación las cantidades superiores a las señaladas en dichas Fraccs. no lo son.






Saludos











Editado: Marzo 04, 2011 06:13:34
 
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CHAVALON
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04/Mar/11 09:45
Re: Impuestos deducibles

Son impuestos que no puedes acreditar pero si son deducibles, pero no encuentro el fundamento para hacerlos deducibles...


En cada disposición de las citadas en la LISR, IETU existen ' límites o topes '..

De hecho en el numeral 5 F-II IETU Segundo párrafo dice:

Igualmente son deducibles el impuesto al valor agregado o el impuesto especial sobre producción y servicios, cuando el contribuyente no tenga derecho a acreditar los mencionados impuestos que le hubieran sido trasladados o que hubiese pagado con motivo de la importación de bienes o servicios, que correspondan a erogaciones deducibles en los términos de esta Ley


checa la letra azul..............además de lo último mencionado por Lobozac y sabrás a que me refiero...


saludos
 
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CPhugoocejo
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04/Mar/11 13:28
Re: Impuestos deducibles

Muchas gracias y muy satisfecho con las respuestas
 
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Jos
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