15/Feb/11 17:18
Re: Colegiaturas escolares serán deducibles de impuestos
estímulo fiscal
Hugo: Exacto... esa es la clave!!!
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CP_PACO
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15/Feb/11 19:27
Re: Colegiaturas escolares serán deducibles de impuestos
hola que tal:
¿Fin electorero? Sacar un decreto a dos años de elecciones presidenciales no tiene nada de fin electorero (aja), espero que si lo hagan efectivo y ya el fin q tenga es lo de menos...
y pues esto se da porque como el sindicato de flojesores (perdón de profesores) de México solo es capaz de enseñarnos como hacer marchas, destruir monumentos culturales, reprobar examenes de calidad, etc, y no la de educar a nuestros hijos como lo hacian los maestros de antaño, y al gobierno mexicano le es mas fácil el salirse por la tangente en apoyar al serctor educativo privado q el de poner en línea al mugrasterio pues en fin... (con el debido respeto y una disculpa a los profesores que si hacen trabajan por mejorar la educación en México)
Ojalá y si quede así ya puedo cambiar a mi hijo a un buen colegio hehehe!!...
* Se el ser humano mas exigente para aprender, pero el mas paciente para enseñar'..
=)
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lsanchez
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15/Feb/11 22:08
Re: Colegiaturas escolares serán deducibles de impuestos
Fin electorero? Sacar un decreto a dos años de elecciones presidenciales no tiene nada de fin electorero (aja
Precisamente, las elecciones se cuecen aparte...he ahí que tiene fines electorales...
saludos
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CPhugoocejo
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15/Feb/11 22:54
Re: Colegiaturas escolares serán deducibles de impuestos
Buenas noches:
Dos cosas , la condiciionante del salario mínimo es (al igual que en deduciiones personales) respecto a la persona que se beneficia del pago de las colegiaturas, es decir debe ser mi dependiente económico, si mi hijo de 20 años que trabaja y estudia el bachillerato tiene ingresos mayores al salario mínimo, en caso de que yo le pagará la colegiatura, no sería deducible.
Usted menciona que hubiese dos fuentes de ingresos, los del padre y los del hijo. Si por el lado del hijo no se pudiese deduducirse las colegiaturas, lo haria el padre, solo debe recopilar las comprobaciones correspondientes y bajo derecho. E incluso les conviene mas asi, pues la progresividad del ISR por ambos contribuyentes son distintas en estas dos personas. El hijo tendria una tributacion menor por su poca progresividad que tendrian en su tabla a diferencia del padre. Al incluirse las deducciones en un contribuyente cuya progresividad es mayor, se aprovecharian mayor reduccion de ISR causado, que de aplicarse al contribuyente con menor progresividad.
Cual será el beneficio real para los contribuyentes que tambíen pagan IETU, ya que si el ISR del ejercicio es menor debido a la deducción del pago de colegituras, por ende el IETU será mayor (ya que acredito menos ISR)
En el IETU se elimina las deducciones personales, pero eso tiene una solucion sencilla, realizar una persona moral, SA o SC, y de esta manera retirar partidas asimilables de salario. La PM no pagara IETU pues la partidas salariales se acreditaria pues habria retenciones de ISR.
Mientras las personas fisica ya no generaria actividades empresariales, ya no habria IETU y sus deducciones personales con colegiaturas podrian deducirse sin ningun efecto reductorio del IETU, pues ya no habria tributo por estas personas fisicas.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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15/Feb/11 22:56
Re: Colegiaturas escolares serán deducibles de impuestos
Vez Hugo que no existe desviacion del tema. Se continua tratando de la deducibilidad de colegiaturas, solo que con los efectos del IETU.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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16/Feb/11 09:43
Re: Colegiaturas escolares serán deducibles de impuestos
de esta manera retirar partidas asimilables de salario. La PM no pagara IETU pues la partidas salariales se acreditaria pues habria retenciones de ISR.
Mientras las personas fisica ya no generaria actividades empresariales, ya no habria IETU y sus deducciones personales con colegiaturas podrian deducirse sin ningun efecto reductorio del IETU, pues ya no habria tributo por estas personas fisicas.
Bien Enrique, con la explicación que expones queda aclarado el punto.
saludos
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CPhugoocejo
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