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22/Nov/10 15:17
Re: Gasolina deducible

Les comparto mi experiencia en este sentido con algunos clientes que ya fueron revisados por la autoridad sin mayor problema, la gasolina se paga con la tarjeta de crédito o debito de un trabajador (tercero) y se utiliza el Art. 35 del RLISR para hacer el reembolso respectivo (cheque o transferencia) sin que intervenga de alguna manera el pago en efectivo.
 
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CP_PACO
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22/Nov/10 15:43
Re: Gasolina deducible

Es deducible el pago de gasolina en efectivo?

las que ya se pagaron aplicare el 35 del reglamento y las futuras compras hacerle conforme al 31 frac III LISR, mas vale prevenir
.


Veamos

1-. La pregunta del iniciador del tópico es la siguiente “Es deducible el pago de gasolina en efectivo?”………..la respuesta es NO., pregunta simple, respuesta en el mismo tenor.

2-. En el numeral antes citado F-III Segundo párrafo es contundente al señalar “aun cuando dichos consumos NO EXCEDAN el monto de 2,000” esto es, que el PAGO por concepto de las erogaciones por consumo de combustible se DEBERÁ efectuar mediante CHEQUE NOMINATIVO, TARJETA DE CREDITO, DE DEBITO O DE SERVICIOS, MONEDEROS ELECTRONICOS, TRASPASOS ETC.


3-. Algo muy importante señalar es que el numeral 31 primer párrafo DICTA….” Las deducciones autorizadas en este título DEBERAN reunir los siguientes REQUISITOS, significa que en forma conservadora y estricta que las deducciones DEBEN reunir en su conjunto TODOS LOS REQUISITOS para su deducibilidad, es decir, en forma general, no los que el contribuyente quiera, como tampoco un solo requisito en particular.


4-. Ahora bien, NO EN TODOS LOS CASOS EXISTE SUBORDINACION, máxime si el autor del tópico ni si quiera ha mencionado que lo tenga…, entonces con los datos que el proporciona…puede deducir a través de un tercero…NO……entonces ¿porque distinguir?...

saludos
 
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CPhugoocejo
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