08/Nov/10 14:20
Re: ¿Puedo dar recibo de Honorarios para venta de Activo Fijo?
Coincido con la opinión de CJ ( saludos ) por lo siguiente..
No es factible confundir la prestación de un servicio subordinado, que da origen a la relación laboral regulada por la Ley Federal del Trabajo, con el servicio profesional que regulan otras disposiciones legales; en un caso, el patrón da y el trabajador recibe órdenes precisas relacionadas con el contrato, dispone aquél dónde, cuándo y cómo realizar lo que es materia de la relación laboral, órdenes que da el patrón directamente o un superior jerárquico, representante de dicho patrón, y en la prestación de servicios profesionales, el prestatario del mismo lo hace generalmente con elementos propios, no recibe órdenes precisas y no existe el deber de obediencia, ya que el servicio se presta en forma independiente, sin sujeción a las condiciones ya anotadas de horario, salario y otras.'
saludos
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CPhugoocejo
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08/Nov/10 14:23
Re: ¿Puedo dar recibo de Honorarios para venta de Activo Fijo?
SI,PUEDE SER INGRESO ESPORÀDICO LISR 170 RIVA 33
pero no es claro el art 170 de cuàles son los esporàdicos
El artículo 167 Marca los Ingresos que se refieren en el 170.
Salu2
Alecs NP
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alecs
Cabo
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08/Nov/10 16:04
Re: ¿Puedo dar recibo de Honorarios para venta de Activo Fijo?
recibo de asimilados a salarios es deducible para ISR y acreditable (su parte proporcional) para IETU
ART 110 FRACC VI LISR
ART 10 PARRAFO 6 IETU
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bandido07
Capitán Primero
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08/Nov/10 16:14
Re: ¿Puedo dar recibo de Honorarios para venta de Activo Fijo?
El recibo de honorarios es para los ingresos por servicios independientes. No para ventas esporadicas.
En ese caso con una simple carta se trasladaria el dominio del bien.
Pero, ese comprobante no reuneria los requisitos fiscales para efectos de deducibilidad. Es decir, el cliente no lo podra deducir.
Para deducirse, el vendedor dejara de realizar un acto accidental, y por lo tanto emitir su factura, con los efectos fiscales en favor del comprador. Ya que los efectos fiscales del vendedor son los mismos, con carta o escrito o su factura correspondiente.
Los honorarios asimilables a salarios, no tienen porque inmiscuirse, estos solo se presentarias cuando se otorgaria servicios INDEPENDIENTES, de manera preponderante para con un solo cliente o pocos de estos. Su caso se trata de una enajenacion de un bien y no por el otorgamiento de un servicio. Por eso no debe emplear recibos de honorarios.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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08/Nov/10 16:23
Re: ¿Puedo dar recibo de Honorarios para venta de Activo Fijo?
Gracias Enrique, entonces es necesaria factura obligatoriamente; y por ende, en este caso, aumentar obligaciones?
Alecs NP
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alecs
Cabo
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08/Nov/10 16:37
Re: ¿Puedo dar recibo de Honorarios para venta de Activo Fijo?
No se podra emitir facturas, si no se ha dado de alta la obligacion fiscal correspondiente.
El impresor autorizado solicitara este cambio de obligaciones.
En eso radica una venta esporadica, donde solo hay que hacer una declaracion, si alta de obligaciones. De otro tipo de actividades donde ya no son esporadicos.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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08/Nov/10 16:40
Re: ¿Puedo dar recibo de Honorarios para venta de Activo Fijo?
Por eso, insisto, la importancia d ela fe publica para efectos d ela deduccion.
cj
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cjlopezasesoria
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08/Nov/10 16:43
Re: ¿Puedo dar recibo de Honorarios para venta de Activo Fijo?
Ok, muchas Gracias Enrique ya me quedó claro!
Gracias tambien CJlopez
Alecs NP
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alecs
Cabo
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08/Nov/10 19:40
Re: ¿Puedo dar recibo de Honorarios para venta de Activo Fijo?
alecs:
Por qué no acudes con un Corredor Público y que te extienda una Factura Mercantil.
Desconozco el valor de la Impresora, pero los honorarios del Corredor Público no son muy elevados, al menos aquí en Monterrey.
Es cuestión de informarte el costo de la Factura Mercantil y ver si es conveniente.
Saludos
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El pesimista dice que el realista es optimista.
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CHAVALON
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10/Nov/10 11:06
Re: ¿Puedo dar recibo de Honorarios para venta de Activo Fijo?
Buen día:
Definitivamente la enajenación de la impresora especial para ultrasonidos, que está efectuando el médico, es un acto accidental por lo siguiente:
De conformidad con el Artículo 3º Fracción I, del Código de Comercio, se reputan en derecho comerciantes:
I.- Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria;
Por lo respecta a ocupación ordinaria, por un lado transcribo parte de los comentarios de Víctor M. Castrillón y Luna en el Código de Comercio Comentado de Editorial Porrúa:
Por ocupación ordinaria debemos entender la que se realiza de manera constante y no esporádica, esto es cuando se hace el comercio de un modo de vida.
Por otra, transcribo comentario extraído del artículo titulado Derecho Corporativo, publicado en la página Web:
http://derecho-corporativo.blogspot.com/2005/10/xx-el-comerciante.html
Ocupación Ordinaria. Hacer del comercio la ocupación ordinaria significa realizar actos de comercio de un modo habitual, reiterado, repetido, convirtiendo la actividad mercantil en una actividad profesional. Ello no significa que hayan de obtenerse de este ejercicio los recursos necesarios para la subsistencia del que lo efectúa; basta con que se trate de una actuación profesional, con independencia del resultado económico, favorable o adverso.
De lo anterior podemos concluir que se trata de un acto accidental la venta de la impresora especial para ultrasonidos, en virtud de que esta persona (médico) NO realiza en forma cotidiana o habitual el comercio de este tipo de equipos, es decir, NO hace del comercio su ocupación ordinaria, es un profesionista que esta realizando un acto accidental.
Saludos
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a_cano
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