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22/Oct/10 15:54
Re: Arrendamiento de Automoviles deduccion de 25% a deduccion del 100%

Claro por ser mi actividad preponderante...

por tal motivo en realidad lo que hago no es una inversion, sino un compra....

pero como les comento no hay nada especifico...

mientras tanto para no tener problemas con el fisco o ir a los tribunales... o hacer la consulta

considerar 100% deducible pero via depreciacion es la manera conservadora...
 
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ISAKI86
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22/Oct/10 16:48
Re: Arrendamiento de Automoviles deduccion de 25% a deduccion del 100%

considerar 100% deducible pero via depreciacion es la manera conservadora...



Es correcto.



saludos
 
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CPhugoocejo
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22/Oct/10 20:37
Re: Arrendamiento de Automoviles deduccion de 25% a deduccion del 100%

Como inventario no creo que los puedas meter compañero, pues en realidad estas otorgando el uso o goce temporal y no con la finalidad de enajenarlo dentro del curso normal de tus operaciones.

hay varias tesis del tribunal en el que hablan por analogia de los tanques de gas lp, y las películas, y en donde se ha concluido que deben deducirce conforme a las inversiones.

quiza llevandolo como inventario te pegue más por que te aplicaría el costo de lo vendido, no siendo susceptible de deducirlo sino hasta que vendas el 'inventario.'

saludos
 
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22/Oct/10 20:55
Re: Arrendamiento de Automoviles deduccion de 25% a deduccion del 100%

1.- definitivo como inventario no puede deducirse debido a que no se enajenan los automoviles, se arriendan

2.- deduccion inmediata al 100% en lugar del 25% existen limitaciones en la LISR que incluso tacitamente no se extiende la prerrogativa al equipo de transporte. Aun aplicandose la deduccion inmediata, existen otras secundarias limitaciones.

3.- deduccion tradicional del 25%
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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25/Oct/10 14:06
Re: Arrendamiento de Automoviles deduccion de 25% a deduccion del 100%

Hola abogado...

podrias citar algunas tesis de las que señalas me gustaria saber el punto de vista de los tribunales...


gracias y si efectivamente considero que debe ser via depreciacion gracias a todos por sus comentarios colegas

¡Saludos!
 
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ISAKI86
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