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27/Sep/10 12:29
Re: DUDA, FACTURACION ELECTRONICA?

Buen día y excelente inicio de semana, gracias a todos por sus aportaciones y comentarios y efectivamente CHAVALON y CPhugo, totalmente de acuerdo con ustedes hasta ahora las cosas están así.

Saludos cordiales a todos
 
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DEMETRIO
Cabo

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27/Sep/10 15:49
Re: DUDA, FACTURACION ELECTRONICA?

Mi estimado Hugo, cuál es la diferencia con lo que ya había expresado un servidor ?

Hugo escribió:
En conclusión, si queremos OPTAR por utilizar comprobantes impresos, obvio del 2010 y cuya vigencia es hasta el 2012 lo puedo utilizar sin ningun requisito adicional........porque el mismo transitorio en su F-II me lo permite.


CHAVALON escribió:

Los Comprobantes Fiscales que ya se encuentren impresos antes del 1o. de Enero de 2011, se seguirán utilizando tal cual se encuentren hasta ese momento, es decir sin el CBB, esto de acuerdo al Art Décimo transitorio en su fracc. II, del CFF


Yo no veo ninguna diferencia entre ambos comentarios, o si lo hay ?




Saludos
 
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CHAVALON
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27/Sep/10 16:36
Re: DUDA, FACTURACION ELECTRONICA?

Mi estimado Hugo, cuál es la diferencia con lo que ya había expresado un servidor ?



Yo no veo ninguna diferencia entre ambos comentarios, o si lo hay ?




Chavalón, me sorprende un poco ' el sentido ' que le das a lo que me preguntas, pero bueno, te daré respuesta.


1-.Cada quien tiene su forma de contestar los temas, me parece no alude ninguna necesidad de transcribir, copiar, adjuntar palabra alguna en la que tu hayas emitido y tu servidor la haya hecho propia, eso jamás pasa por mi mente, si hay coincidencia es porque se está hablando de lo mismo...solo que con distintos matices. [color=red]en cada una de las fracciones que cité...[/color]


2-. No veo razón alguna de tu comentario, o que éste te haya causado molestia alguna, simplemente emití mi opinión y punto.


3-. SI HAY DIFERENCIA, solo que la molestia que te causó ésto NO te deja ver con atingencia...


saludos
 
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CPhugoocejo
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27/Sep/10 16:38
Re: DUDA, FACTURACION ELECTRONICA?

SI HAY DIFERENCIA....

Me la pudieras mostrar por favor ?



saludos
 
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CHAVALON
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27/Sep/10 16:42
Re: DUDA, FACTURACION ELECTRONICA?

Ya te las mostré.....


solo que con distintos matices. ........en cada una de las fracciones que cité ( F-II Y III Transitorio del CFF y RM )...



saludos
 
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27/Sep/10 17:05
Re: DUDA, FACTURACION ELECTRONICA?

Pues no es correcta tu 'muestra'.

Mira para no entrar en polémicas, estoy y creo que estamos hablando de los comprobantes ya impresos antes del 1o. de Enero de 2011, vamos bien ?.

Entonces el Artículo Décimo transitorio del CFF en su Fracción II, señala:

II. Los contribuyentes que a la fecha de entrada en vigor de la reforma al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, tengan comprobantes impresos en establecimientos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria, podrán continuar utilizándolos hasta que se agote su vigencia, por lo que éstos podrán ser utilizados por el adquirente de los bienes o servicios que amparen, en la deducción o acreditamiento, a que tengan derecho conforme a las disposiciones fiscales. Transcurrido dicho plazo, sin que sean utilizados, los mismos deberán cancelarse de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento del propio Código.

Hasta aquí, o sea es lo único que se refiere a que los contribuyentes que tengan comprobantes impresos antes del 1o. de enero de 2011, pueden seguir utilizándolos hasta su agotamiento o caducidad de su vigencia, estamos ?. Y eso fue lo que ya referí, para nada mencioné las reglas I.2.23.2.1.y I.2.23.2.2 que señalas.

Las reglas mencionadas en el párrafo anterior, se refieren a otra cosa, no a que los Comprobantes ya impresos antes del 1o. de Enero de 2011, puedan seguir utilizándose.

No hay que confundir a los foristas, hay que ser claro y preciso en nuestros comentarios.

No hay ningún enojo de mi parte, solamente me gusta que se expresen correctamente las opiniones..



Saludos








Editado: Septiembre 27, 2010 17:08:36
 
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CHAVALON
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27/Sep/10 17:26
Re: DUDA, FACTURACION ELECTRONICA?

Pues no es correcta tu 'muestra'.


Lo que NO es correcto y como te lo cité con anterioridad es ' el sentido ' que le estás dando a algo que NO DEBE tener importancia, sin embargo sigues en el mismo sentido...



Mira para no entrar en polémicas, estoy y creo que estamos hablando de los comprobantes ya impresos antes del 1o. de Enero de 2011, vamos bien ?.


Mira, en algo tan claro NO existe la polémica, pero si te refieres a el párrafo que estas citando, es correcto, estamos hablando de 'comprobantes ya impresos antes del 1o. de Enero de 2011'...........



Entonces el Artículo Décimo transitorio del CFF en su Fracción II, señala:


II. Los contribuyentes que a la fecha de entrada en vigor de la reforma al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, tengan comprobantes impresos en establecimientos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria, podrán continuar utilizándolos hasta que se agote su vigencia, por lo que éstos podrán ser utilizados por el adquirente de los bienes o servicios que amparen, en la deducción o acreditamiento, a que tengan derecho conforme a las disposiciones fiscales. Transcurrido dicho plazo, sin que sean utilizados, los mismos deberán cancelarse de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento del propio Código.



Hasta aquí, o sea es lo único que se refiere a que los contribuyentes que tengan comprobantes impresos antes del 1o. de enero de 2011, pueden seguir utilizándolos hasta su agotamiento o caducidad de su vigencia, estamos ?.




[quote][color=red]Y eso fue lo que ya referí, para nada mencioné las reglas I.2.23.2.1.y I.2.23.2.2 que señalas.[/quote][/color]

¿ Lo ves? ya OBSERVASTE BIEN.( checa el color azul )...dejaste un lado el sentido negativo y lo cambiaste por un positivo....ESA es UNA DIFERENCIA que hay entre tu comentario y el de un servidor....pero ojo...hay que ver el todo....me da gusto ahora si veas correctamente



Las reglas mencionadas en el párrafo anterior, se refieren a otra cosa, no a que los Comprobantes ya impresos antes del 1o. de Enero de 2011, puedan seguir utilizándose
.


No te salgas de guacal, ibas bien, pero te explicaré....las reglas de la RM citadas SON PARA VER LAS DIFERENCIAS y sean vistas y concatenadas por los colegas....de sobra sabemos que DICTAN otra cosa, por eso hice incapié a la F-II Y F-III , jamas mencioné que iban las citadas aplicarse en el caso en comento....aguas...

No hay que confundir a los foristas, hay que ser claro y preciso en nuestros comentarios.


Por eso te digo hay que ver un todo y saber leer entre líneas...conocer cuando se aplican y cuando se expone para DIFERENCIARSE........cosas parecidas, pero muy distintas a la vez.


No hay ningún enojo de mi parte, solamente me gusta que se expresen correctamente las opiniones..



Me da gusto, y bueno ya cumpli con explicarte el porque de mi comentario...



saludos
 
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27/Sep/10 19:35
Re: DUDA, FACTURACION ELECTRONICA?

....pero te explicaré....

Mejor explícate a ti mismo, a ver si así te entiendes..........
 
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CHAVALON
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27/Sep/10 20:26
Re: DUDA, FACTURACION ELECTRONICA?

Mejor explícate a ti mismo, a ver si así te entiendes..........




jajajajaja, pues que más te quedó decir......jajajajajajajajaja, ni pex mi estimado tendrás que esforzarte aún más....
 
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13/Oct/10 20:32
Re: DUDA, FACTURACION ELECTRONICA?

La página del SAT comparte un archivo de preguntas frecuentes de operación en el siguiente link. Espero les sirva de apoyo.

En la página le dan click a Preguntas frecuentes de operación.

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/comprobantes_fiscales/66_19267.html


Esta sería el link directo, pero mi compu me saca error
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/cfd/PYRFactElec.pdf


Buenas noches
Rober...
 
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roberbaeza
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