29/Jul/10 19:58
Re: Pago de lo indebido como compensarlo
antes de poder a determinar los impuestos respectivos... previamente se debio llevar a cabo CONTABILIDAD, conciliacion, etc.el cual eso requiere preparacion profesional,
no desmerito su esfuerzo por aprender, de hecho todos aprendemos cosas nuevas en la vida, pero en si esto si requiere sea elaborardo por un CONTADOR PROFESIONAL
saludos
gerardo ornelas
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DINAFISC
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30/Jul/10 10:49
Re: Pago de lo indebido como compensarlo
Hola,
Es bueno que se haya animado a preguntar en este foro.
Hasta ahorita, lo que más le puede ayudar y que ya comentó Lobozac es que acuda con la gente del SAT, quienes lo hacen gratis.
Desafortunadamente, desde que empezó el IETU, el DIOT, y algunos cambios sobre todo en las reglas de presentación de declaraciones, no cualquiera puede presentarlas, inclusive las declaraciones anuales, un contador tiene que prepararse para presentarlas bien.
He conocido gente que cree que los contadores no deberían equivocarse, y si lo hacen, que deben pagar por esos errores, impuestos, multas, etc. La verdad es que las personas que contratan un contador deberían tener una idea de lo que el contador va a hacer, y fijar las expectativas con base en eso, negociando situaciones como la mencionada, la cual se presenta hoy más que antes gracias a una política del SAT de ser desconfiado al extremo.
Saludos
Miguel
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migueljurado
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30/Jul/10 11:50
Re: Pago de lo indebido como compensarlo
Buen dìa estimado SPOC se que su desesperacion es mucha o su desconcierto pero que le hace creer que usted si va a hacer las cosas bien?
Muchos contribuyentes creen que es llenar formatos y renglones es todo pero el fondo de donde se sustentan esos saldos son lo verdaderamente importantes, para lo cual se tiene que tener un conociemiento y experiencia no es restar y sumar.
Incluso en este portal puede poner un aviso de solicitud de contador, le aseguro que el PROFESIONAL lo encontrara y tambien hay que pagar su debido costo por un buen asesoramiento.
A lo mejor piensa me dijo igual que los demas.........Un gran consejo NO PEDIDO:
No tape hoyos para abrir otros.
La verdad de la vida son las relaciones con las personas lo que da valor y sentido a la vida.......
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karinacastro
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30/Jul/10 12:49
Re: Pago de lo indebido como compensarlo
De consejos fueron bastantes.
intente dar respuesta, pero es demasiado complejo el asunto.
Ojala el iniciador del topico. tome dos meses para ejemplo, para que se de idea
........que no es tan facil.
Es dificil sin conocer mas datos.
Editado: Julio 30, 2010 12:54:31
Editado: Julio 30, 2010 12:55:57
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
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30/Jul/10 15:11
Re: Pago de lo indebido como compensarlo
señor:
1.- Para que usted pueda compensar un saldo a favor ya sea un pago de lo indebido, lo primero que tiene que hacer usted es estar seguro que efectivamente sea un pago indebido o sea pagado de mas.
2.- Tiene que presentar una declaracion complementaria del impuesto pagado de mas o sea pago de lo indebido, lo puede hacer por ventanilla bancaria o por el portal del banco donde lleve su cuenta fiscal. ahi se refleja el saldo a favor pagado de mas
3.- Para la declaracion complementaria hay una forma que se llama AYUDA GENERAL, que la puede bajar del portal del sat en formas fiscales y ahi hay que llenarla.
4.- Una vez que haya presentado la declaracion complementaria con el saldo a favor, entonces usted decidira cuando la va a compensar en 2010, y contra que impuesto a aplicar.
5.- Le aclaro que cuando usted haya tomado la decision de compensarlo contra un 'x' impuesto federal usted tendra que presentar un aviso de compensacion al sat , para el cual tiene usted 5 dias habiles. La multa por no presentar el aviso de compensacion anda en el orden de mas de $ 9,000.00. El aviso de compesnaicon lo uede hacer de dos formas, una via internet y otra via papel en las oficinas del sat, hay que hacer cita antes.
Le sugiero que se asesore con un contador publico que le de confianza, no todos somos como los que le teco a usted (lamentable)
Estoy a sus ordenes para cualquier aclaracion
saludos
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playense
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30/Jul/10 15:23
Re: Pago de lo indebido como compensarlo
señor spoc:
acabo de leer su otro correo en el cual especifica que el impuesto corresponde a IVA
para poder acreditar el SALDO A FAVOR DE IVA DE UN DETERMINADO MES DEL EJERCICIO
se resta via papeles de trabajo, por ejemplo:
mes a pagar de IVA Febrero 2008
[/color]
iva a pagar de febrero 2008 $ 500.00
menos:
iva a favor de enero 2008 $ 200.00
iva a pagar Febrero 2008 $ 300.00
mas:
actualulizacion
recargos
total a pagar
usted parte en el formato apartir de los $ 300.00 mas lo demas
los · 200.0 es acreditamiento que se anota en sus papeles de trabajo, mas no en el formulario. El acreditamiento es una forma de recuperar los saldos a favor que tenga.
este acreditamiento nada aplica para el IVA.
Le aclaro si fuera pago de lo indebido entonces si tiene que seguir lo de la compensacion art. 23 CFF
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playense
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