Foros


Inicio » Seguridad Social

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
25/May/10 16:36
DISMINUCION SALARIO PERMIIDO?

Se va a hacer ajustes en la nomina con un empleado puedo presentar una disminucion de su salario diario ante el imss sin consecuencias o no es correcto ya que es mutuo acuerdo o cual seria la forma mas viable
 
gala que tengas un excelente dia !!!
 
Perfil

gala_78
Soldado

Mensajes: 21
Ingresó: Enero 25, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
25/May/10 20:51
Re: DISMINUCION SALARIO PERMIIDO?

:neutral: Oh, si... buen dia, buen dia...

La legislación laboral proteje a los trabajadores y un cambio como el que usted pretende es vigilado estrictamente. Va a tener que elaborarse un convenio y ratificarlo ante la junta de conciliación que le corresponda. Una vez que cuente con la autorizacion de la junta, ya podrá hacer la disminución del SBC ante el imss. Obviamente, le pedirán copia del convenio ya que como le he dicho, no es posible reducirle asi como asi el salario a ningun trabajador. Acotación al margen: Después de tanto trámite, concluirá que lo más fácil sería congelarle el salario y no darle más prestaciones o aumentarlas.

Suerte,
El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
25/May/10 21:13
Re: DISMINUCION SALARIO PERMIIDO?

Buenas tardes,

Oiga Lic. y si mejor lo da de baja y de nuevo lo da de alta con un salario mas bajo, tiene alguna implicacion negativa esto, ¿?



saludos
 
Perfil

goldeneye
Teniente

Mensajes: 334
Ingresó: Enero 29, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
26/May/10 10:57
Re: DISMINUCION SALARIO PERMIIDO?

No hay ningún problema con bajarle el SBC en el IMSS.

Al hacer el movimiento en el SUA, aparecera un mensaje de advertencia, en la práctica no pasa nada, antes que se presentaban los avisos en papel era casi imposible que te recibieran el aviso de modificación descendente.

Además el trabajador está de acuerdo.

Saludos
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
Perfil

Mem
Teniente Coronel

Mensajes: 2922
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
26/May/10 12:22
Re: DISMINUCION SALARIO PERMIIDO?

Me parecen validas las formas mencionadas anteriormente; pero para escoger la idonea de su caso debo entender cuales son las razones reales de esa disminucion de salario, espero su retroalimentacion Gala78.

Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
Perfil

juancarm
Teniente Coronel

Mensajes: 2838
Ingresó: Junio 22, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
26/May/10 13:49
Re: DISMINUCION SALARIO PERMITIDO?

El motivo principal radica en que el empleado no quiere cotizar tan alto ante el IMSS pues se ve afectado por un prestamo de infonavit por lo que solicito se le hiciera una reducciòn en su nomina y la diferencia va a ser cobrada por un familiar mediante factura.
 
gala que tengas un excelente dia !!!
 
Perfil

gala_78
Soldado

Mensajes: 21
Ingresó: Enero 25, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
26/May/10 16:11
Re: DISMINUCION SALARIO PERMIIDO?

Por eso me gusta primero adentrarme al tema antes de emitir una opinion que probablemente sea erronea.
Que manera de complicarse la existencia, primeramente que tipo de descuento tiene el trabajador?? actualmente el 90% de los trabajadores se les descuenta cuota fija en salarios minimos por lo que bajarle el salario no funcionaria de nada.
Espero tu retroalimentacion para ver si le seguimos o le paramos.

Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
Perfil

juancarm
Teniente Coronel

Mensajes: 2838
Ingresó: Junio 22, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
26/May/10 17:12
Re: DISMINUCION SALARIO PERMITIDO?

Gracias por tu apoyo Juan, su descuento es en porcentaje tiene el 25%
 
gala que tengas un excelente dia !!!
 
Perfil

gala_78
Soldado

Mensajes: 21
Ingresó: Enero 25, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
26/May/10 21:41
Re: DISMINUCION SALARIO PERMIIDO?

ok, ok. Si es posible la disminucion, solo que para mayor seguridad de la empresa debe dejarlo por escrito y ratificado ante la junta, esto para evitar problemas posteriores. Porque ahorita le estas ayudando al trabajador; pero no sabes que vaya a pasar en el futuro y el trabajador tendria un arma importante si quisiera actuar contra su patron. Con respecto al que va a cobrar las facturas tambien te recomiendo dejarlo por escrito.

Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
Perfil

juancarm
Teniente Coronel

Mensajes: 2838
Ingresó: Junio 22, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
27/May/10 15:56
Re: DISMINUCION SALARIO PERMIIDO?

Hola buenas tardes:

Antes que nada debe analizarse la consecuencia a por la cual se produce la disminucion del salario. Dependiendo de esta es como debe de actuarse:


1.- ¿Es porque se considera remunerarse en menor cuantia a la estipulada en el contrato laboral?. Segun la LFT no se permite esta accion, debido a que para empezar aunque se saque la anuencia del trabajador, no le vale esta confirmacion al patron, aunque se la saque por su voluntad propia, firmada, filmada, sin alguna forma de coaccionarlo. Resulta que el art 99 LFT protege al trabajador a no renunciar por alguna causa, motivo o circunstancia a RENUNCIA a sus derechos laborales, sean los que tenga o disque le otorgan.

Esta es la razon por la cual ambos irian a la JCTyA (Junta) a intentar darle validez legal a este acuerdo, mediante la aprobacion de este organismo de imparticion y de administracion de justicia.

1a) No olvide que contrato laboral tiene una durabilidad de manera indeterminada, pudiese verse modificado hacia arriba, resulta ilogico que un trabajador sin razon alguna tenga capacidades inferiores al momento de ser contratado, en especial sino ha sufrido un accidente o alguna enfermedad que le merme sus capacidades laborales. A trabajos iguales, salarios iguales. Argumenta la LFT. De no hacerse bajo este tenor, entonces el patron estaria transgrediendo lo establecido en la LFT aplicando discriminacion laboral y esto tampoco se encuentra permitido por la CPEUM

2.- Si se trata que se disminuye el salario debido a la baja en productividad, considero que no es necesario realizar un nuevo contrato, solo debe aplicarse de manera clara como es que se remunera el desempeño del trabajo y asi aplicar los pagos de nomina, posteriormente

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Para efectos del Seguro social de integrar el salario:

Primero debe acatarse la LFT, de como cumplir con las obligaciones de recibir y cubrir nominas.

Como segundo paso, SIEMPRE, habra despues de aplicarse la LSS.

Nunca lo haga al reves, pues no procede el cambio por el orden de la aplicacion de los ordenamientos antes refereridos.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2