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14/May/10 10:52
Re: ES DEDUCIBLE LOS PAGOS EN EFECTIVO, MAYORES A $2,000, EFECTUADOS A LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD?

Hace tiempo se había tratado algo similar, pero bueno, expondré lo siguiente.


1-. Pongamos como ejemplo que es una PF con actividades empresariales y profesionales, y ejemplificaré sobre esta figura.


2-. Ciertamente en el numeral 31 F-III LISR, específicamente que cuando se exceda los pagos de la cantidad de $ 2,000, éstos se deberán efectuar mediante cheque nominativo del contribuyente, en este punto podemos decir, es NO deducible.


3-. El Numeral 31 LISR está ubicado y corresponde al titulo II, salvo excepciones.

4-. Ahora bien, veamos lo estipulado en el numeral 125 F-I LISR, propiamente en este punto podemos deducir a simple vista CUANDO SE HAYA PAGADO EN EFECTIVO, tácitamente dicta “Que hayan sido efectivamente erogadas en el ejercicio de que se trate. Se consideran efectivamente erogadas cuando el pago haya sido realizado en efectivo”………..


5-. Considero el punto medular es el último párrafo del numeral 125 LISR que dicta “Para los efectos de esta sección, se estará a lo dispuesto en el artículo 31, fracciones III, IV, V, VI, VII, XI, XII, XIV, XV, XVIII, XIX, XX y XXIII de esta Ley

En este punto nos remite al 31 F-III LISR, si, pero la relación que pretende la autoridad es mezclar u homologar dos entes, es decir, basar una regla particular a una general, máxime que la multicitada regla general, que en este caso es el 31 F-III LISR, NO REGULA los pagos en efectivo, en segunda, lo que estipula en el último párrafo del 125 LISR, propiamente es el EFECTO, aquí analizando como bien ha comentado Lobozac, respecto a buscar en la otras ciencias, como la hermenéutica, en la cual podremos observar el significado de la palabra EFECTO , es, el resultado de una acción…y me pregunto ¿ cual es el resultado si la regla general NO REGULA COMO MEDIO DE PAGO los pagos en efectivo?, entonces bajo este criterio podemos deducir perfectamente los pagos en efectivo que en este caso da a lugar.


6-. Además de lo anterior, recordemos que las otras formas de extinción de obligaciones es materia civil, que también hace hincapié el multicitado 125 F-I LISR primer párrafo…..

En Fin, concluyendo, a titulo personal si es deducible, no dejando que esto es un criterio, ya cada quien llegará a sus propias conclusiones.

Se interpreta el numeral 31 F-III si, pero no en forma genérica ni directa, sino análoga, porque tácitamente lo que regula es el cheque nominativo, entre otros medios de pago, por eso hacía énfasis en que solo trataría el caso de PF, no tanto en las Morales donde explícitamente si aplicaría el uso de los medios de pago antes señalados, porque en estos últimos si hay una regulación del cheque para efectos de la deducibilidad del caso en comento..

Insisto, esto es solo una opinión, cada quien llegará a su propia conclusión, pero bueno, quizás en el ámbito legal haya una posibilidad.


Saludos a todos.
 
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CPhugoocejo
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14/May/10 10:57
Re: ES DEDUCIBLE LOS PAGOS EN EFECTIVO, MAYORES A $2,000, EFECTUADOS A LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD?

HOLA:
Tratándose de PF alguien a tenido la experiencia en que todas sus DEDUCCIONES AUTORIZADAS lo haga en efectivo y que la Autornidad le haya revisado y objetado dichas erogaciones y que el contribuyente lo haya impugnado a traves de algún medio de defensa y que hubiere obtenido la protección y amparo de la Ley(resolución favorable) ?.


GraciasEditado: Mayo 14, 2010 10:59:06
 

 
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SaúlCastroVázqz
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14/May/10 11:01
Re: ES DEDUCIBLE LOS PAGOS EN EFECTIVO, MAYORES A $2,000, EFECTUADOS A LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD?

En mi caso no mi estimado y conspicuo Saúl, pero bueno, ojalá podamos investigar entre nuestros amigos abogados si saben de un caso parecido.


saludos
 
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CPhugoocejo
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14/May/10 11:33
Re: ES DEDUCIBLE LOS PAGOS EN EFECTIVO, MAYORES A $2,000, EFECTUADOS A LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD?

HOLA:
Como bien lo señala mi estimado y fino amigo c.p. Hugo Ocejo Flores el 'EFECTO', entrando en materia de regulación el CAPITULO que regula a las PF esencialmente se refiere a tributar sobre flujo de efectivo para el EFECTO DE ACUMULACION DE INGRESOS Y DEDUCCIONES pero para este último la misma regla especial en su último párrafo les exige que además cumplan con los dispuesto en el artículo 31, fracciones III, .........................., por lo tanto si la misma regla especial lo está exigiendo no se puede pasar por alto tal requisito.

Ahora bien el primer supuesto de la segunda oración de la fracción I del numeral en comento, establece lo siguiente.

Se consideran efectivamente erogadas cuando el pago haya sido realizado en efectivo

Esta supuesto no podría ser tan obvia, clara,lógica, que los pagos en efectivo se consideren efectivamente erogados cuando hayan sido efectivamente pagadas(pero en esencia se refiere a los pagos de $ 1.00 hasta $ 2,000.00) máxime que el tan mencionado último párrafo del numeral 125 exige que se cumplan los requisitos mencionados en las fracciones citadas.



Salutaciones
 

 
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SaúlCastroVázqz
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14/May/10 11:58
Re: ES DEDUCIBLE LOS PAGOS EN EFECTIVO, MAYORES A $2,000, EFECTUADOS A LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD?

Para despejar nuestras dudas mejor sugiero nos vayamos a ver las revistas del tribunal fiscal, y encontrarán recientemente 2 tesis, que a groso modo dicen:

1.- si las cuotas imss fueron pagadas en efectivo y son arriba de 2 mil, estas no son deducibles.

2.- Ya hay tesis en donde señala que las personas fisicas al pagar en efectivo partidas superiores a 2 mil, estas no son deducibles, ya que los artiículos correlacionados no son más que un fin de controlar las deducciones.

creo que valen mas estas tesis a tener nuestros propios criterios.
 
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Abogado
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14/May/10 12:27
Re: ES DEDUCIBLE LOS PAGOS EN EFECTIVO, MAYORES A $2,000, EFECTUADOS A LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD?

Y cual es su opinión al respecto, con fundamento en que... HOLA KIZU, .....HAGO PROPIA ESTA DUDA............NOS APOYAS CON EL FUNDAMENTO DE TU ASEVERACION ?


Claro que si lobozac, el fundamento es el articulo 125 de la LISR, cuestion de que separ leerlo, analizarlo e interpretarlo, ya que como LD que eres, debes tener una mejor optica de la legislación...

Ahora, se dice que ya existen tesis respecto de la no deducibilidad, pero bueno, no se puede aplicar una norma general sobre una particular, como has comentado algunas veces, donde la ley no distingue nosotros porque tenemos que distinguir...

Es mi opinión e interpretación y así lo aplico, ya si algún día la autoridad 'repela', bueno, ya se verá...
 
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Kizu
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14/May/10 13:23
Re: ES DEDUCIBLE LOS PAGOS EN EFECTIVO, MAYORES A $2,000, EFECTUADOS A LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD?

Claro que si lobozac, el fundamento es el articulo 125 de la LISR, cuestion de que separ leerlo, analizarlo e interpretarlo, ya que como LD que eres, debes tener una mejor optica de la legislación...


jojojo.......respetable tu percepcion.........pero ese articulo da para mas............que tomarlo bajo TU INTERPRETACION.........

yo como L.C. ..........APLICO ESTRICTAMENTE la norma..........


si el monto es considerable.......ese es otro boleto.........y actuo como L.D........


SINO, NO ME DESGASTO EN INFIERNITOS

Ahora, se dice que ya existen tesis respecto de la no deducibilidad, pero bueno, no se puede aplicar una norma general sobre una particular, como has comentado algunas veces, donde la ley no distingue nosotros porque tenemos que distinguir...ASI ES , ES CORRECTO..........PERO YO SI APLICO ESTRICTAMENTE LO ESCRITO POR LOS TRIBUNALES.....EN CORRELACION CON LA LEY.....PARA SI LA AUTORIDAD REPELA........PUES.......YA SE VERÁ

Es mi opinión e interpretación y así lo aplico, ya si algún día la autoridad 'repela', bueno, ya se verá... REPITO, MUY RESPETABLE TU OPINION,.......PERO NO COMPARTIDA POR TU SERVIDOR


SALUDOS
 
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lobozac
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14/May/10 13:38
Re: ES DEDUCIBLE LOS PAGOS EN EFECTIVO, MAYORES A $2,000, EFECTUADOS A LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD?

PUES NO SE QUE SEAS TU,.....SI L.C. O L.D O LAE O .......NO SE........PERO EL ARTICULO QUE MENCIONAS 'DICE' ESTO....

LISR.....Artículo 125. Las deducciones autorizadas en esta Sección, además de cumplir con los requisitos establecidos EN OTRAS disposiciones fiscales, deberán reunir los siguientes:.........O SEA, EN OTRAS,.......ADEMAS DE ESTAS..........


I. Que hayan sido efectivamente erogadas en el ejercicio de que se trate. Se consideran efectivamente erogadas cuando el pago haya sido realizado en efectivo, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, en servicios o en otros bienes que no sean títulos de crédito. ........HASTA AQUI KIZU...........SE REGULA LOS PAGOS EN EFECTIVO.............Y MENORES DE 2 MIL !!!!!!!!!!!!!!


Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado ......Y HASTA AQUI ENTRA EL TAN TRILLADO ART 31 F-III....PORQUE ESTE .......SI ES UN TITULO DE CREDITO

Y AQUI KIZU.......NO SE ESTA DISTINGUIENDO A LA LEY.............ES UNA APLICACION ESTRICTA........

ES DECIR.............SE TIENEN DOS MOMENTOS PARA DETERMINAR LO QUE ES EFECTIVAMENTE EROGADO.....

UN PRIMERO, CUANDO EL ARTICULO TE MENCIONA
, .....LO QUE EROGASTE EN EFECTIVO.........TE LO DEFINE

UN SEGUNDO MOMENTO CUANDO TE DEFINE LO QUE ES EFECTIVAMENTE EROGADO, PARA EFECTOS DEL CHEQUE


COMO YA SE TU RESPUESTA..............PUES TAMBIEN LA RESPETO......

Y COMO NADIE TIENE LA VERDAD,.............NI SIQUIERA TU..........

PUES QUE EL AUTOR DEL TOPICO TENGA SU MEJOR PERCEPCION Y TOME SU MEJOR DESICION



SALUDOSEditado: Mayo 14, 2010 13:44:24
 
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14/May/10 14:23
Re: ES DEDUCIBLE LOS PAGOS EN EFECTIVO, MAYORES A $2,000, EFECTUADOS A LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD?

A que Lobozac...

Nomas preciso algunos puntos:

1.- Nunca dije que mi opinión fuera la verdad absoluta, tu pediste un fundamento y te lo proporcioné, lo demás es cuestión de cada quien.
2.- Tampoco opiné para lo tomaras como una aseosorái fiscal o estuvieras de acuerdo conmigo, imagina lo que sería el mundo si todos estuvieramos de acuerdo con los demás.
3.- Tienes razón, el artículo 125 de para más, pero es necesario un analísis más profundo.
4.- Haces bien en no desgastarte en infiernitos...siempre es más cómodo hacer lo que la autoridad quiere.
5.- No, no sabes mi respuesta.
6.- Efectivamente, el autor del tópico es quien debe decidir lo que le conviene, nosotros nomás opinamos, pues es un foro de opinión no de asesoría.
7.- No soy ni LC, ni LD, mucho menos LAE, soy Hatha Yoga...
8.- Ah, yo también respeto tus opiniones, aunque no esté de acuerdo con ellas...

Saludines....
 
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Kizu
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14/May/10 14:30
Re: ES DEDUCIBLE LOS PAGOS EN EFECTIVO, MAYORES A $2,000, EFECTUADOS A LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD?

A que Lobozac...

Nomas preciso algunos puntos:

1.- Nunca dije que mi opinión fuera la verdad absoluta, tu pediste un fundamento y te lo proporcioné, lo demás es cuestión de cada quien.
2.- Tampoco opiné para lo tomaras como una aseosorái fiscal o estuvieras de acuerdo conmigo, imagina lo que sería el mundo si todos estuvieramos de acuerdo con los demás.
3.- Tienes razón, el artículo 125 de para más, pero es necesario un analísis más profundo.
4.- Haces bien en no desgastarte en infiernitos...siempre es más cómodo hacer lo que la autoridad quiere.........SI EL MONTO VALE LA PENA, LE ENTRAMOS..........SI NO SE LE EXPLICA AL CLIENTE LOS PROS Y CONTRAS Y QUE EL VALORE EL COSTO BENEFICIO.......5.- No, no sabes mi respuesta.
6.- Efectivamente, el autor del tópico es quien debe decidir lo que le conviene, nosotros nomás opinamos, pues es un foro de opinión no de asesoría.
7.- No soy ni LC, ni LD, mucho menos LAE, soy Hatha Yoga[/b[b]]..............PUES PARA SER ESO...........TE DEFIENDES EN CUANTO AL AMBITO FISCAL8.- Ah, yo también respeto tus opiniones, aunque no esté de acuerdo con ellas...

Saludines....

IGUALMENTE TE MANDO SALUDINES
 
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