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09/May/10 19:01
Re: FACTURA EN CEROS

muchachos, muchas gracias por todos y cada uno de sus comentarios........

considero en bien analizar todo y cada uno de sus comentarios leyes y resoluciones respectivas y platicarlo con el contribuyente para que asi el tenga la ultima palabra con una asesoria lo mas profesional posible.

POR SUS COMENTARIOS NUEVAMENTE......................GRACIAS
 
HOLA!!!
 
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felipe_casa
Teniente

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10/May/10 08:19
Re: FACTURA EN CEROS

Buenos días,

La publicación de la miscelánea fiscal tiene el fundamento en el siguiente artículo del Código Fiscal de la Federación:

Artículo 33.- Las autoridades fiscales para el mejor cumplimiento de sus facultades, estarán a lo siguiente:

I.- Proporcionarán asistencia gratuita a los contribuyentes y para ello procurarán:

...
g) Publicar anualmente las resoluciones dictadas por las autoridades fiscales que establezcan disposiciones de carácter general agrupándolas de manera que faciliten su conocimiento por parte de los contribuyentes; se podrán publicar aisladamente aquellas disposiciones cuyos efectos se limitan a periodos inferiores a un año. Las resoluciones que se emitan conforme a este inciso y que se refieran a sujeto, objeto, base, tasa o tarifa, no generarán obligaciones o cargas adicionales a las establecidas en las propias leyes fiscales.

Resolución Miscelánea Fiscal para 2009
Objeto de la Resolución
El objeto de esta Resolución es el publicar anualmente, agrupar y facilitar el conocimiento de las reglas generales dictadas por las autoridades fiscales en materia de impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, excepto los de comercio exterior


Al final y en términos generales la resolución miscelánea fiscal es para dar asesoría a los contribuyentes, la primera opción es aprovechar y considerar las deducciones y acreditamientos en base al estado de cuenta con la facilidad ya señalada por Chavalon.

La otra opción, es conseguir las facturas con todos los requisitos fiscales, como lo proponen lobozac y enrique9727.

En mi opinión, la tecnología exige cambios en la manera de hacer los negocios y también de pagar impuestos, por eso el SAT publicó esta regla, para asesorar a los contribuyentes en el cumplimiento de la obtención de comprobantes fiscales, si a alguien no le interesa esa asesoría, es libre de ignorarla, porque no hacerle caso es ignorarla.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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10/May/10 08:34
Re: FACTURA EN CEROS

Gracias chavalon............si, DE ENTRADA, SE DEBE CUMPLIR ......FEHACIENTEMENTE....... CON LO DISPUESTO POR 'LA LEY'......AL COMPRENDER A QUE NOS OBLIGA ESTA,...........ENTONCES HACER LA CONCATENACION ENTRE OTROS GRUPOS NORMATIVOS, ASI , COMO EN ESTE CASO SE LLEGARIA A LA LECTURA DE LAS REGLAS MENCIONADAS......ASI SE TENDRIA EL PANORAMA 'COMPLETO'.....

ES BUENO, LO QUE PRECISAS, ....ES MAS ......ES EXCELENTE......

SOLO QUE YA VES COMO SE LAS GASTA EL LOBO..............DEJANDO ENTREVER,..........DICEN LOS QUE SABEN......DEJANDO A SALVO LAS ENTRELINEAS................PARA QUE EL AUTOR DEL TOPICO....SEA QUIEN BUSQUE (SE ENSEÑE) A NO DEPENDER TANTO DE CHAVALON Y OTROS MAS QUE LES AYUDAN TOTALMENTE......PERO SI NO SE HACE ESA BUSQUEDA..........PUES ESL ES MUY RESPETABLE.......YA QUE CÁ QUIEN,.....HACE DE SU VIDA LO QUE QUIERE........

ESE ES TU ESTILO, LO REPITO MUY BUENO................EL OTRO ES EL MIO........


UN SALUDO CORDIAL

P.D. FELIPE, APARTE DE SER AGRADECIDO CON LOS QUE TE AYUDAN............PODRIAS AMPLIAR MAS TUS COMENTARIOS EN RAZON DEL TEMA ?

Editado: Mayo 10, 2010 08:36:32
 
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lobozac
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10/May/10 09:46
Re: FACTURA EN CEROS

Hola Enrique, otra y última precisión:

4.- Las Reglas tienen una nomenclatura, y esta misma tiene que ver con la materia (ley que se aplicaria. No es posible aplicarse para todos los ambitos) Esta nomenclatura no es para el IVA, es para con e ISR.

La Regla citada es la I.2.10.18

El 2, según tu mismo anotaste, corresponde al Código Fiscal de la Federación y no al ISR




Saludos
 
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CHAVALON
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10/May/10 09:54
Re: FACTURA EN CEROS

Así es lobozac, esperemos qué decisión toma Felipe.





Saludos afectuosos
 
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CHAVALON
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10/May/10 11:03
Re: FACTURA EN CEROS

hola a todos muy buenos dias!!!!!

Primeramente quisiera comentarles que hace un tiempo me que de sin trabajo y tenia las esperanzas de que alguna empresa me volviera a contaratar de lo que fuese, yo termine mi carrera desde hace 6 años y no la ejercia, a raiz de esto y de tratar de sacar el taco para mi familia comence a hacerme publicidad ya que la unico que tenia en ese momento era mi carrera, asi comence a hacerme de uno y luego otro.... y asi, estoy empezando, lamentablemente sin experiencia.

He tratado de seguir los consejos de amigos y conocidos que estan dentro de esto y la verdad no me fue tan bien hasta que empece a entrar al foro, la verdad me a costado mucho trabajo desde leer hasta interpretar y comprender las leyes.........soy un poco TONTO para esto, pero saben una cosa.......ME ENCANTA, ME SIENTO BIEN, ME GUSTA, SE ME PASA EL TIEMPO SIN SENTIR.............

Bueno, porque comentarles esto?.........por que me siento con el GRAN COMPROMISO DE ofrecerles a ustedes amigos foristas el esfuerzo de salir adelante y a travez de sus comentarios y claro sobre todo mi esfuerzo, empezar a salir adelante.

A lo mejor en un principio, mis comentarios, preguntas o respuestas les pareceran......tontas o lo menos ideal...... en fin........ creo que es la inexperiencia que tengo.

Es por eso el fin de esta, para muchos tonta explicacion.

GRACIAS.......

LOBOZAC:

Tienes razon en lo que comentas de eso de enseñarse a leer entre lineas, creeme que me estoy esforzando para enseñarme a hacerlo y comprender mejor las cosas.

te comento que cundo Chavalon se tomo la molestia de contestar mi topico, lo primero que hice fue nuevamente leer el art. 29 y las RM........ sobre todo estas, ya que el 29 ya lo conocia, pero lo volvi a leer....

el primer comentario que te puedo decir es que, efectivamente mi supuesto no reuno todos los requisitos para que fuese deducible,

Despues, entro usted con su aportacion y pues, segui tomando la misma descicion ( mala o buena) pero la tome.

siguen entrando los demas compañeros del foro, dan sus comentarios, responde chavalon, enrique, usted........ en fin, lei y la verdad creo que ME DI UNA IDEA TODAVIA MAS GENERAL Y COMPLETA DE TODO ESTE DETALLE. entonces pues, tuve un panorama mas amplio de todo y ahora pues puedo hablar con mas seguridad con el cliente, decirle que pasaria si lo metemos este gasto o no lo metemos, en fin...........creo que al final el contribuyente es el mas indicado para tomar la ultima decision.

Por mi parte considero que el gasto, segun el articulo 29-c me dice que puedo hacer deducible x gasto siempre y cuando cumpla con algunos requisitos................. que en un principio la verdad no los cumplo, uno de ellos pues que el iva no viene desglosado en el edo de cuenta..... etc.. ( SI ESTOY MAL HAGAMELO SAVER POR FAVOR )

entonces ante el incumplimiento de almenos un requisito pues ya me dio en toda la torre.

pero si tomo la regla: I.2.10.18..... esta me da otras opciones ademas de la regla I.3.4.27. las cuales SI LAS CUMPLO......

Como ya lo habia dicho soy un contador sin experiencia y no se mucho de esto pero dentro de mi ignoracia voy a comentar que...... por algo se hacen las leyes y tambien por algo las RM por tal si concatenamos una con la otra........

Entonces YO SI LA TOMARIA COMO UN GASTO, pero repito la DECISION NO ES MIA......esa que la tome el contribuyente........

NUEVAMENTE GRACIAS A TODOS POR SUS APORTACIONES Y COMENTARIOS.
QUE TENGAN UNA EXELENTE SEMANA.
 
HOLA!!!
 
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felipe_casa
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11/May/10 08:04
Re: FACTURA EN CEROS

espero sus ultimos comentarios.......gracias
 
HOLA!!!
 
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felipe_casa
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11/May/10 19:23
Re: FACTURA EN CEROS

HOLA,

NO SEAN MALOS.......................SUS ULTIMOS COMENTARIOS......................POR FAVOR
 
HOLA!!!
 
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felipe_casa
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12/May/10 00:30
Re: FACTURA EN CEROS

Hola Felipe, leyendo tus comentarios sobre tu situación actual en la que mencionas que te falta experiencia, en lo personal me ofrezco a tratar de apoyarte las veces que consideres conveniente y/o necesario.

Te felicito por ese deseo de aprender y de salir adelante, ya que es lo primero que debe tener una persona para obtener y cumplir con los objetivos que se propone.

Así que adelante y te reitero mi total apoyo en la medida de mis conocimientos y creo que también los compañeros foristas lo van a hacer en cuanto a dudas o problemas que se te presenten.

En cuanto a tu tópico, mi opinión es que si reúnes los requisitos de la Regla I.2.10.18 y la I.3.4.27, ese gasto es totalmente deducible.

Sin embargo siempre he sostenido que la mejor decisión la debe tomar el Cliente/Contribuyente/Patrón, ya que nuestra obligación es solamente 'ponerle' todas las 'cartas sobre la mesa'.



Saludos, Suerte y Ánimo




Editado: Mayo 12, 2010 00:32:31
 
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CHAVALON
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12/May/10 10:11
Re: FACTURA EN CEROS

MUCHAS GRACIAS CHAVALON

BUEN DIA
 
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felipe_casa
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