26/Feb/10 00:30
Re: CREDITO FISCAL POR SALARIOS Y SEGURIDAD SOCIAL
.... aprovecho la ocasión para confirmar con ustedes el hecho de que si en el ejercicio anterior (2009) tuve remanente de credito fiscal por salarios y seguridad social hasta donde se no se puede continuar aplicando ese remanente al ejercicio de 2010, cierto?
Lo siento, tiene una mala idea o criterio.
Nop... el credito no aplicado en la anual 2009, o en la anual que sea, ya no puede ser aplicado en ejercicios posteriores
Es un plan con maña que en la ley no permita aplicar creditos no aplicados en su totalidad por salarios y la seguridad social
No se porque Usted, piensa lo contrario, la ley es muy clara en que no permite esa acreditacion brincando el ejercicio
Esperemos que dentro de juicios se pelee esta anticonstitucionalidad, pero por lo pronto la ley señala que este tipo de acreditamientos solo se aplique por erogaciones del mismo ejercicio
Es decir, de otros ejercicios ya no procede el acreditamiento. Ya comprende ahora si la diferencia, lea el art 8 LIETU por favor
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?