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23/Feb/10 18:04
Re: SUBE 2008 PARA IONFORMATIVAS 2009

Joegón:

'Esta por mandar la informativa de sueldo pero observe a tiempo q tengo un SUBE pendiente de acreditar del ejercicio 2008 el monto no es significativo quiza $840 pero en el ejercicio 2009 lo acredite 'directo' Vs Retenciones del ISR ahora me queda la duda si era así o debi Compensar pues el saldo viene de otro ejercicio'



Hola, Joegón: Buena Tarde!!!

1.- Tiene un SUBE pendiente de ACREDITAR de 2008....Y....
2.- En 2009, dicho SUBE se LO ACREDITA vs Retenciones de ISR

Duda: Acreditamiento o Compensacion por ser 'saldo de otro ejercicio'?

Art. Octavo Subsidio para el empleo:

'......El retenedor podrá acreditar contra el impuesto sobre la renta a su cargo o del retenido a terceros las cantidades que entregue a los contribuyentes en los términos de este párrafo.....

Luego, sigue diciendo:

III. Quienes realicen los pagos a los contribuyentes que tengan derecho al subsidio para el empleo sólo podrán acreditar contra el impuesto sobre la renta a su cargo o del retenido a terceros, las cantidades que entreguen a los contribuyentes por dicho concepto, cuando cumplan con los siguientes requisitos:....
a).------
b).------
).-----i).--------

Conclusión: Su ACREDITAMIENTO está correcto, independientemente si es un 'saldo' que viene de 2008 y se está aplicando en 2009....Aplíquelo hasta agotarlo...

'.....en el anexo 1 del DIM (Capitulo de SyS) menciona lo siguiente: SUBE para el empleo pendiente de 'ACREDITAR' al inicio del Ejercicio que declara.
precisamente esa es mi duda SE 'ACREDITA' O SE 'COMPENSA' pues yo me lo ACREDITE directito'.



La respuesta ya se la dió Víctor (Saludos) desde un inicio y con fundamentos.. y usted mismo también en su planteamiento: Está correcto su ACREDITAMIENTO (No compensación)

'.... en efecto menciona 'acreditar' pero no dice si es de saldos pendientes de años anteriores, o de SUBE del propio ejercicio....
Inclusive comentando con los de Hacienda en el 'MENTADO' chat DICEN q no puedo 'acreditarlo' siendo de ejercicios diferentes. y precisamente me dan como fundamento el OCTAVO Transitorio'


'En mi caso lo acredite aúnque con dudas'.


ACREDITESELO sin dudas. El Artículo Octavo, le habla de ACREDITAMIENTOS, tal como usted lo aplicó y claro que puede aplicarse el 'remanente' del 2008 en 2009 hasta agotarlo sin p r e o c u p a c i o n e s . El fundamento que le proporcionaron (Octavo Transitorio) No le dice que no se puede, o si? Es más, tan es así que en el programa DIM, le solicitan 'El sube PENDIENTE de acreditar AL INICIO del Ejercicio que declara' ( O sea, 'el remanente'), posteriormente, en otro campo, le piden 'Lo que se ACREDITO DURANTE el ejercicio' ( Que aquí entraría lo del 2008 que se acreditó en 2009 (+) lo correspondiente a 2009 que se acreditó durante dicho ejercicio)





Salu2!!!!
 
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memoli
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23/Feb/10 18:22
Re: SUBE 2008 PARA IONFORMATIVAS 2009

Gracias y saludos

Bye
 
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JOEGON
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26/Feb/10 00:36
Re: SUBE 2008 PARA IONFORMATIVAS 2009

EL SUBE debe ACREDITARSE.... vs ISR cualquiera que sea

El art 8vo transitorio de la LISR donde se expresa que se manejaria el SUBE, expresa que SOLO debe acreditarse

Por consiguiente no es posible COMPENSARLO.

Bueno, pero si argumenta alguien que pudiese hacerse compensacion, digame en que forma fiscal se declara como SALDO A FAVOR o como PAGO DE LO INDEBIDO, para luego proceder su COMPENSACION

Me parece que con la anual del DIM se presentaria su saldo a favor

Dudo que el SAT pretenda permitir COMPENSARLO, pregunteles y sale de dudas.

En todo caso, pudiese devolverse... pero le apuesto que a tendra mil trabas... ¿Tiene abogados ultrapicudisisisisisimos? adelante....
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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