26/Feb/10 00:52
Re: PARA EXPERTOS FISCALES: CREDITO FISCAL IETU 2008
Tampoco soy un experto, pero si dare mi criterio.
No entiendo ¿porque los 350,000 no se aplicaron en los pagos provisionales del IETU 2009?
Considero que si se cae en lo que se comenta de ese articulo 11 LIETU, el no hacerse la aplicacion de ese credito en 2009, se debe perderse TODO lo que no se aplique en ese 2009 y que despues se prentenda aplicarse para el ejercicio 2010.
Segun entiendo por ese articulo, la idea es no tener que estar arrastrando CREDITO por perdidas a muy largo plazo. Es mas entre mas se pierdan, el Fisco debera conseguir mayor tributo despues.
Para mi gusto el aplicar el segundo procedimiento, si fuese el SAT me da la oportunidad de cobrar luego algo que no procede de acreditamiento, con actualizacion y recargos. Aunque despues con complementarias se arreglaria y recuperarian 350,000. Pero a que trabajal se haria, pero luego con multas, recargos y actualizaciones que relajo.
Segun expresas realizaste una consulta, seguramente fue verbalmente o por un foro del SAT o por telefono. Dejame decirte, que no te sirve de mucho esa consulta, pues es lo mismo que hacerlo por FISCALIA, no hay mucha diferencia.
Si has de hacer una consulta de verdad, te sugiero aplicar una PROMOCION mediante escrito formulado con los art 18 y 18A del CFF y somete a la autoridad a que te conteste de manera precisa si el procedimiento es el correcto, para eso debe ser muy preciso y dar datos reales para su contestacion. Dudo que te la den a tiempo.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?