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05/Ene/10 18:57
Re: efectivamente pagado en 2009

Gracias nuevamente por sus valiosas aportaciones, que seguiran siendo de mucha utilidad ante los cambios fiscales de este ejercicio. Saludos.
 
MIGUEL ANGEL 'Se ha vuelto terriblemente claro que nuestra tecnología ha superado nuestra humanidad', Albert Einstein
 
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leopardo
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06/Ene/10 15:50
Re: efectivamente pagado en 2009

Coincido con la apreciación de Chavalon, por dos razones.


1-. Las reformas a la ley del IVA, propiamente hablo de el aumento de la tasa del 15% al 16%...y la pregunta es..¿ A partir de que fecha entrara en VIGOR la aplicación de la tasa del 16%?....sencillo, es al momento de expedir una factura....en otras palabras, si emito una factura en el 2010 automaticamente debe ir a la tasa del 16%....NUNCA al 15%, independientemente si me pagaron en el 2009.

2-. La vigencia de un comprobante estará siempre adherida a un comprobante, tan es asi que la regla miscelanea I.2.10.16 de la 2RM DOF 21-12-09 F-I lo avala...si el suscrito no le expidió un comprobante en el 2009 y le imprime en el 2010 con fecha de 2010..NUNCA será al 15%, ya que esta no sería deducible., puesto no reune la VIGENCIA.


pero en fin...cada quien se forma un criterio.



saludos
 
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CPhugoocejo
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13/Ene/10 00:20
Re: efectivamente pagado en 2009

hola,
recientemente se me presento una situacion muy similar,
y me gustaria saber, que pasa si se considera asi:

Tomando en cuenta el pago como el momento de causacion de ese IVA, por parte de quien paga, puede hacer ese pago deducible mediante el estado de cuenta, por que tiene RFC e IVA desglozado,..en 2009
y por parte de quien recibe el pago, acumularlo en este mismo momento, con el mismo IVA , ya que si lo compulsan, esto deberia cuadrar con el pago que le hicieron,
y tenga o no hecha fact, es un ingreso. y es un iva que debe de pagar ,

y bien si el que paga, ya hizo deducible este pago, no deberia 'exigir una fact,' si ya puede deducir el gasto-compra, y se supone su proveedor ya paga sobre eso sus impuestos,

LOL
 
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WYRMVATER
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