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21/Dic/09 18:21
38/2009/CFF Infracciones por la expedición de comprobantes

38/2009/CFF Infracciones por la expedición de comprobantes.

Cuando los contribuyentes expidan comprobantes fiscales y omitan uno o más de los requisitos que las disposiciones fiscales exigen, se comete la infracción prevista en el artículo 83, fracción VII del Código Fiscal de la Federación.


Artículo 83.- Son infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad, siempre que sean descubiertas en el ejercicio de las facultades de comprobación, las siguientes:

VII. No expedir o no entregar comprobante de sus actividades, cuando las disposiciones fiscales lo establezcan, o expedirlos sin requisitos fiscales



Artículo 84.- A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad a que se refiere el Artículo 83, se impondrán las siguientes sanciones:

IV. De $12,070.00 a $69,000.00 a la señalada en la fracción VII, salvo tratándose de contribuyentes que tributen conforme al Título IV, Capítulo II, Sección III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de $2,160,130.00, supuestos en los que la multa será de $1,210.00 a $2,410.00. En el caso de reincidencia, las autoridades fiscales podrán, además, clausurar preventivamente el establecimiento del contribuyente por un plazo de 3 a 15 días. Para determinar dicho plazo, las autoridades fiscales tomarán en consideración lo previsto por el artículo 75 de este Código.


AGUAS PORQUE LA LEYENDA DE 'PAGO EN PARCIALIDADES'...........O EN UNA SOLA EXHIBICION.........ES REQUISITO QUE DEBEN LLEVAR LOS COMPROBANTES......


SALUDOS
 
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lobozac
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21/Dic/09 18:50
Re: 38/2009/CFF Infracciones por la expedición de comprobantes

Efectivamente cierto Lobozac...


Me he encontrado colegas que te dicen...los unicos requisitos de los comprobantes yacen en el CFF........y les digo...Okis, pero ¿ en donde dejan los requisitos que establece el numeral 32 F-III LIVA?..........y ponen luego cara de What..jejejeje



saludos
 
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CPhugoocejo
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21/Dic/09 20:46
Re: 38/2009/CFF Infracciones por la expedición de comprobantes

Hola..Buena noche!!!

Asi es...Además también viéndolo por otro 'enfoque' en cuanto a multa se refiere: Da exactamente igual a si 'cumplimos' con la emision de comprobantes pero 'incompletos' a que no emitamos ningun comprobante.....Estos del SAT para nada que la pierden!!!!! O sea, Yo contribuyente que expido comprobantes fiscales, por un 'error x' , no se puso 'completo' por decir, la leyenda del Impuesto retenido, o no se puso el Numero Interior, y otro contribuyente que para nada emite comprobantes fiscales...a ambos por igual, se los lleva la ....tiznada....

Lobozac:

38/2009/CFF Infracciones por la expedición de comprobantes.

Cuando los contribuyentes expidan comprobantes fiscales y omitan uno o más de los requisitos que las disposiciones fiscales exigen, se comete la infracción prevista en el artículo 83, fracción VII del Código Fiscal de la Federación.

Artículo 83.- Son infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad, siempre que sean descubiertas en el ejercicio de las facultades de comprobación, las siguientes:

VII. No expedir o no entregar comprobante de sus actividades, cuando las disposiciones fiscales lo establezcan, o expedirlos sin requisitos fiscales

Artículo 84.- A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad a que se refiere el Artículo 83, se impondrán las siguientes sanciones:
IV. De $12,070.00 a $69,000.00 ....



AGUAS PORQUE LA LEYENDA DE 'PAGO EN PARCIALIDADES'...........O EN UNA SOLA EXHIBICION.........ES REQUISITO QUE DEBEN LLEVAR LOS COMPROBANTES



Exactamente....Y además: que hay de la leyenda: 'Efectos fiscales al pago'??? En más de una vez me he encontrado esta leyenda en comprobantes de personas morales!!!!! (Art. 133 FIII LISR)



SALUDOS
 
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memoli
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