30/Mar/12 19:42
Re: ¿Asalariados pueden acreditar o compensar el IDE?
Debe remitirse a la LIDE.
La misma sugiere acreditarse al ISR
Resulta ser que ISR es todo lo comprendido en LISR...
ISR por salarios, ISR por servicios profesionales independientes, ISR por arrendamientos, ISR por dividendos, ISR por retencion de operaciones en el extranjero, ISR propio, ISR por cualquiera de los conceptos señalados en la LISR.
Conclusion, al no señalarse especificamente a cuales de los ISR procede acreditarse el IDE, entonces debieramos entender que seria a cualquiera de los que confiere la LISR.
Dentro del Anexo 16 para la empresas que dictaminan, en el SIPRED, se solicita que se señale hacia a donde se acreditaria el IDE, las columnas por las que se pronuncia, ISR propio y demas ISR y por ultimo se señala un remanente de IDE que no pudo acreditarse.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?