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19/Nov/09 18:46
SE TIENE OBLIGACION DE CONTESTAR ESTOS E-MAIL S DEL IMSS

TITULO DEL CORREO (PRUEBA DE EXHORTOS POR CORREO-----SOLICITUD DE DATOS DE EMPLEADOS)

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
garduñoDELEGACIÓN ESTADO DE MÉXICO PONIENTE
SUBDELEGACIÓN NAUCALPAN
DEPARTAMENTO DE AFILIACIÓN Y VIGENCIA DE DERECHOS
“2009 año de la Reforma Laboral”

Naucalpan de Juárez, Estado de México a 18 de noviembre de 2009



Registro Patronal:
Razón Social:

Para dar cumplimiento al Decreto por el que se crea el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2006, el Instituto Mexicano del Seguro Social integra una base de datos común con los padrones de las dependencias y entidades del Gobierno Federal.

Por tal propósito, la Dirección de Incorporación y Recaudación viene incorporando la Clave Única de Registro de Población (CURP) a los registros que conforman las bases de datos del Instituto.

Por tal motivo, agradeceré que, por conducto de este Departamento de Afiliación y Vigencia, tenga a bien proporcionar los datos de sus trabajadores vigentes que se citan a continuación:

NOMBRE DEL TRABAJADOR

Dichos datos se deberán proporcionar en archivo plano de texto, separando cada campo con el signo “|” (pipe):


• NSS (11 dígitos)
• CURP (18 caracteres)
• PRIMER APELLIDO (hasta 50 caracteres)
• SEGUNDO APELLIDO (hasta 50 caracteres)
• NOMBRE(S) (hasta 50 caracteres)
• SEXO (1 carácter, donde H=Hombre; M=Mujer)
• FECHA DE NACIMIENTO (10 caracteres en formato: dd/mm/aaaa)
• ENTIDAD DE NACIMIENTO (Nombre de la entidad completo)
• NÚMERO DE REGISTRO PATRONAL (11 caracteres)


Si no conoce la tecla PIPE, la podrá localizar en un teclado con configuración de Español (México), debajo de la tecla ESC y a la izquierda de la tecla con el No. 1


Tecla PIPE


Lo anterior deberá ser remitido a la brevedad posible, por este mismo conducto o, en su defecto, presentarlo, vía ARCHIVO en CD, en la ventanilla de Firma Digital de la Subdelegación Naucalpan.

No omitimos mencionar que esta información contiene el carácter de confidencial y, por lo tanto, lo contenido en ella, deberá ser lo más veraz posible, ya que esto permitirá optimizar el sistema en beneficio de nuestra derechohabiencia vigente.

El considerar un respaldo de dicha Información en formato Excel, también tendrá la misma validez o importancia.

Para cualquier duda o aclaración estamos a sus órdenes en el teléfono 53265446, ext. 1140.


Atentamente
Seguridad y solidaridad Social

NOMBRE DEL TITULAR DE LA SUBDELEGACION


DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS ¿CUAL ES EL OBJETIVO)
 
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GABY08
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19/Nov/09 21:27
Re: SE TIENE OBLIGACION DE CONTESTAR ESTOS E-MAIL S DEL IMSS

:neutral: Buenas noches. Aun no se ha legislado acerca de la correspondencia electrónica de datos entre patron y autoridad (imss),así que usted sin ninguna preocupaciíon puede eliminar ese correo, sin embargo, tal y como se ve, es una simple solicitud. Hay teléfonos a donde comunicarse y corroborar la veracidad de esa solicitud. Si no tiene chamba y desea trabajar en esa solicitud, no le veo problema una vez que haya confirmado con el imss esa solicitud. El objetivo de esa solicitud debe ser la de contar coin la base de datos de los trabajadorea filiados al 100%.

Tervehdys,
El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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20/Nov/09 09:56
Re: SE TIENE OBLIGACION DE CONTESTAR ESTOS E-MAIL S DEL IMSS

Depende de tu disponibilidad para contestarles, la solicitud de la autoridad tiene que ser por las vías conocidas.
 
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CP_PACO
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20/Nov/09 10:10
Re: SE TIENE OBLIGACION DE CONTESTAR ESTOS E-MAIL S DEL IMSS

GARCIAS DE ANTEMANO.

POR SUS GRANDES COMENTARIOS.

LIC. Y CP_ PACO
 
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GABY08
Sargento Primero

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20/Nov/09 10:12
Re: SE TIENE OBLIGACION DE CONTESTAR ESTOS E-MAIL S DEL IMSS

Gaby: De nada.
 
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CP_PACO
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20/Nov/09 11:30
Re: SE TIENE OBLIGACION DE CONTESTAR ESTOS E-MAIL S DEL IMSS

Dado que carece de fundamentación y motivación; no es legalmente válido atenderlo.

Esto, dado que el 16 CPEUM se refiere a 'Mandamiento Escrito' y éste no lo es.

Más bien, consideralo spam y/o correo basura.

Lo que sí, ve la información alli mencionada y ve tomando precauciones, pensando en que quiera solicitartela posteriormente y de manera legal.
 
Millones de personas vieron una manzana caer, pero Newton fué el único que preguntó ¿ porqué... ? ( b.m.b. )
 
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AlbertoFC
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20/Nov/09 14:24
Re: SE TIENE OBLIGACION DE CONTESTAR ESTOS E-MAIL S DEL IMSS

Tal como lo comento acertadamente el Lic.' una vez que se haya confirmado con el IMSS esa solicitud ', no sujeto a si uno tiene tiempo...sino en las consecuencias futuras que pudiese tener, tal como lo manifesto Alberto.



saludos
 
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CPhugoocejo
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20/Nov/09 14:38
Re: SE TIENE OBLIGACION DE CONTESTAR ESTOS E-MAIL S DEL IMSS

En síntesis y tal y como se comentó, no hay obligación de contestar esa solicitud y finalmente esta en ti la decisión de hacerlo o no.
 
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CP_PACO
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20/Nov/09 15:13
Re: SE TIENE OBLIGACION DE CONTESTAR ESTOS E-MAIL S DEL IMSS

Pero la obligacion se da en la entidad......cuando en la misma se sabe esta mal.............y no se corrige........................hay que prevenir...............y..........corregir....y si se ' sabe ' que hay cosas mal...........pues actuar......no?....aunque sabemos que un email de esos carece de absoluta invalidez....pero insisto..si esta mal....pues corrige no?



saludos
 
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CPhugoocejo
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20/Nov/09 16:50
Re: SE TIENE OBLIGACION DE CONTESTAR ESTOS E-MAIL S DEL IMSS

Haber mi estimados amigos, alguna vez con el propio lic trasbambalinas(o sease) el messenger, jejeje, habia platicado de este pseudofundamento, y hasta ahorita creo que nadie se ha tomado la 'libertad' de ver el fundamento de ese supuesto decreto??, es decir, gaby, ya el alberth se lo expuso como es, pero vamos mas alla, ya se percataron todos en general que nos dice el DOF de esa supuesta fecha??

Se llevaran una pequeña SORPRESA!! , que si hablamos de fundamentos y motivaciones, les dará más que estudiar jejeje

saludos
Editado: Noviembre 20, 2009 16:51:32
 
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lcgabrielaranda
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