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05/Nov/09 19:49
CONTABILIDAD DE MERENDERO BAR

HOLA AMIGOS COLEGAS, QUISIERA HACERLES UNA CONSULTA ESPERO ALGUIEN ME PUEDA AYUDAR, ESTOY EN LA POSIBILIDAD DE TOMAR UN CLIENTE QUE ESTA APERTURANDO UN MERENDERO BAR, SOLO QUE NO HE LLEVADO CONTABILIDAD DE ESE TIPO DE GIRO, ENTONCES LA PREGUNTA SERIA LA SIGUIENTE, SI ALGUIEN ME PUEDE DECIR MUY SENCILLO ALGUNAS CARACTERISTICAS ESENCIALES DE LA FORMA DE LLEVAR LA CONTABILIDAD DE UN MERENDERO BAR, MUCHO LES AGRADECERE SU APOYO, GRACIAS
 
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leo_trans-eco
Cabo

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05/Nov/09 20:59
Re: CONTABILIDAD DE MERENDERO BAR

Hola, la forma de 'llevar la contabilidad'.......DE INICIO, RADICA EN; EN QUE REGIMEN SE DIO DE ALTA ?..........


SALUDOS
 
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lobozac
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05/Nov/09 21:12
Re: CONTABILIDAD DE MERENDERO BAR

Hola Lobozac, buen día, yo estoy considerando darlo de alta como persona física en el regimen de intermedio, no se si tu me aconsejarias otra opción.
 
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leo_trans-eco
Cabo

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06/Nov/09 08:18
Re: CONTABILIDAD DE MERENDERO BAR

si es para regimen intermedio:


LISR
Artículo 134. Los contribuyentes personas físicas que realicen exclusivamente actividades empresariales, cuyos ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por dichas actividades no hubiesen excedido de $4’000,000.00, aplicarán las disposiciones de la Sección I de este Capítulo y podrán estar a lo siguiente:

I. Llevarán un solo libro de ingresos, egresos y de registro de inversiones y deducciones, en lugar de llevar la contabilidad a que se refiere la fracción II del artículo 133 de esta Ley.

II. En lugar de aplicar lo dispuesto en el tercer párrafo de la fracción III del artículo 133 de esta Ley, podrán anotar el importe de las parcialidades que se paguen en el reverso del
comprobante, si la contraprestación se paga en parcialidades.

III. No aplicar las obligaciones establecidas en las fracciones V, VI, segundo párrafo y XI del artículo 133 de esta Ley.


Para los efectos de este artículo, se considera que se obtienen ingresos exclusivamente por la realización de actividades empresariales cuando en el ejercicio inmediato anterior éstos hubieran representado por lo menos el 90% del total de sus ingresos acumulables disminuidos de aquéllos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de esta Ley.

Los contribuyentes a que se refiere esta Sección que en el ejercicio inmediato anterior hubiesen obtenido ingresos superiores a $1’750,000.00 sin que en dicho ejercicio excedan de $4’000,000.00 que opten por aplicar el régimen establecido en esta Sección, estarán obligados a tener máquinas registradoras de comprobación fiscal o equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal. Las operaciones que realicen con el público en general deberán registrarse en dichas máquinas, equipos o sistemas, los que deberán mantenerse en todo tiempo en operación.

El Servicio de Administración Tributaria llevará el registro de los contribuyentes a quienes
corresponda la utilización de máquinas registradoras de comprobación fiscal así como de los equipos y sistemas electrónicos de registro fiscal y éstos deberán presentar los avisos y conservar la información que señale el Reglamento de esta Ley. En todo caso, los fabricantes e importadores de máquinas registradoras de comprobación fiscal, equipos y sistemas electrónicos de registro fiscal, deberán conservar la información que el Servicio de Administración Tributaria determine mediante reglas de carácter general.





Saludos
 
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lcruizuscanga
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06/Nov/09 08:39
Re: CONTABILIDAD DE MERENDERO BAR

Y verifica la posibilidad del pago de un impuesto cedular en tu entidad...
 
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CP_PACO
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06/Nov/09 18:47
Re: CONTABILIDAD DE MERENDERO BAR

leo


1-. usa el simulador de obligaciones fiscales, ponle todas las caracteristicas...

2-. y cuando tengas en que regimen tributara....el ORIGEN....ya vemos el tratamientos ,impuestos le corresponderian... facilidades etc...


saludos
 
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CPhugoocejo
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09/Nov/09 18:09
Re: CONTABILIDAD DE MERENDERO BAR

GENERALMENTE ESTE TIPO DE CONTRIBUYENTES NO LES ES REQUERIDA FACTURA, ASÍ QUE YO LO DARÍA DE ALTA COMO PEQUEÑO CONTRIBUYENTE, Y LO CAMBIÓ DE RÉGIMEN HASTA QUE ME SEA SOLICITADA FACTURACIÓN O CUANDO NO ENTRÉ EN EL CUADRO DE LOS INGRESOS TOPE.

RESPECTO AL PERMISO DE VENTA DE ALCOHOL, DUDO SI YA LO TIENE O LO VA A CONSEGUIR, YA QUE DESCONOZCO SI ES REQUISITO NO SER 'PEQUEÑO CONTRIBUYENTE' PARA QUE LO OTORGUEN, PERO SI YA LO TIENE, ENTONCES ESTO NO SERÍA PROBLEMA.
 
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malen63
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10/Nov/09 09:17
Re: CONTABILIDAD DE MERENDERO BAR

Hola, gracias por darle seguimiento al topico,......dices esto; ......yo estoy considerando darlo de alta como persona física en el regimen de intermedio.......porque consideras esto ?.........cual es tu fundamento ?........o el interes de hacerlo asi ?

saludos
 
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lobozac
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10/Nov/09 18:26
Re: CONTABILIDAD DE MERENDERO BAR

Hola gracias a todos por sus aportaciones, me estan siendo de gran utilidad, y en estos momentos estoy checando aunque todavia no decido bien como quedaria entonces, el motivo por el cual yo estaba pensando en darlo de alta como Intermedio es solamente por poderles expedir facturas a los clientes que la soliciten, que yo creo que serian los menos por ser merendero bar, ese seria unos de los principales motivos, no se si alguno de ustedes sepa si para darme una TPV (Terminal punto de venta) hasta donde yo se, no importa que este como pequeño contribuyente y si me la pueden instalar, otra pregunta para alguien de Tamaulipas, que es donde se esta abriendo el merendero, como manejan halla al pequeño contrubuyente, aqui an Ags. en finanzas me asignan la cuota fija, en Reynosa no se, alguien sabe?
 
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leo_trans-eco
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10/Nov/09 21:54
Re: CONTABILIDAD DE MERENDERO BAR

Hola,............si, serian los menos.........TPV, aun siendo repeco te la instalan......


saludos
 
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lobozac
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