22/Sep/09 09:23
Re: es posible modIficar las retenciones de INFONAVIT
Reglas publicadas el 22 de febrero de 2008, reformadas el 14 de agosto de 2008 y 27 de mayo de 2009.
VIGESIMA SEXTA. Al momento en que se formalice el crédito se
establecerá la cuota mensual en veces el salario mínimo, proporcional al monto de crédito a otorgar, la cual, al multiplicarse por el salario mínimo mensual del Distrito Federal vigente al momento del pago, dará como resultado el importe que tendrá que cubrir el trabajador. Para este propósito,
es obligación del Infonavit comunicar al patrón o persona a la cual le presta sus servicios el acreditado, la cantidad que le debe descontar de su salario. El monto del descuento se calculará de manera que se asegure la amortización completa del crédito en el plazo previsto, considerando la tasa de interés que se aplique inicialmente y suponiendo que las aportaciones patronales del cinco por ciento, que se aplican durante la vigencia del crédito para reducir el saldo insoluto a cargo del trabajador, se mantengan constantes en veces salario mínimo.
Para determinar la cuota mensual en veces el salario mínimo mensual, se multiplicará el monto de crédito a otorgar en veces el salario mínimo, por el factor de descuento que le corresponda, considerando la edad y el ingreso del trabajador de acuerdo a la Tabla de Factores de Descuento que se anexa a las presentes Reglas como Tabla “C”.
Es requisito indispensable que en el acto de formalización del crédito el trabajador presente el aviso de retención de descuentos, debidamente sellado y firmado por la empresa en que labora.
En caso de que
aumente la tasa de interés variable que se aplicará en el siguiente semestre, conforme a lo dispuesto en la Regla Vigésima Quinta,
se ajustará concomitantemente la cuota mensual en veces el salario mínimo mensual, la cual se determinará dividiendo la cuota mensual determinada inicialmente entre el salario mensual del trabajador considerado para el otorgamiento del crédito y multiplicando el cociente así obtenido por el nuevo salario mensual del trabajador expresado en veces el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal.
¡¡ juntos damos soluciones !!