Foros


Inicio » Seguridad Social

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
02/Jun/09 14:56
Terminación de Relación Laboral Por Muerte del Patron

Buenas Tardes!

A alguien le ha tocado un caso en el que fallece el patron, que suerte corren los trabajadores
 
Perfil

GPOCAJEME
Soldado

Mensajes: 23
Ingresó: Julio 17, 2006
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Jun/09 17:36
Re: Terminación de Relación Laboral Por Muerte del Patron

Que tipo de patron es??
 
Visiten mi espacio elnidodelseguro.com .mx
 
Perfil

lcgabrielaranda
Mayor

Mensajes: 1191
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Jun/09 18:36
Re: Terminación de Relación Laboral Por Muerte del Patron

Es perssona física, servicios profesionales
 
Perfil

GPOCAJEME
Soldado

Mensajes: 23
Ingresó: Julio 17, 2006
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Jun/09 20:22
Re: Terminación de Relación Laboral Por Muerte del Patron

Tiene activos fijos??? clientes??? por ahi podrian cobrarse en caso de que ningun familiar se hiciera cargo del negocio y de las obligaciones.

Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
Perfil

juancarm
Teniente Coronel

Mensajes: 2838
Ingresó: Junio 22, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Jun/09 20:37
Re: Terminación de Relación Laboral Por Muerte del Patron

PORQUE DOBLE TOPICO ?........CON UNO BASTA

TE DEJO ESTO Y ESPERO TUS COMENTARIOS


RELACIÓN LABORAL. NO SE EXTINGUE CON LA MUERTE DEL PATRÓN, SINO QUE SE DA LA FIGURA DE LA SUSTITUCIÓN PATRONAL.


Si a consecuencia de la muerte del patrón que contrató al trabajador, el nuevo empleador pretende dar por terminada la relación laboral existente, aun cuando aquél siguió prestando sus servicios de manera continua en el mismo giro comercial, ello resulta inacertado, porque la ley en ese sentido es de taxativa interpretación, al determinar que únicamente puede concluir el nexo contractual por muerte del trabajador, de conformidad con el artículo 53, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo y no del patrón, ya que en este caso se dejaría sin protección alguna al actor respecto del empleador, quien en determinado momento puede ser sustituido por otro patrón o por la sucesión del de cujus; luego entonces, estamos en presencia de una sustitución patronal y no de una nueva relación laboral.

TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.



Clave: II.T. , Núm.: 243 L

Amparo directo 191/2002. Operadora de Inmuebles y Restaurantes de Tradición y Calidad, S.A. de C.V. 9 de mayo de 2002. Mayoría de votos; unanimidad en relación con el tema contenido en esta tesis. Disidente: Alejandro Sosa Ortiz. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretaria: Gloria Burgos Ortega.





Tipo: Tesis Aislada

Temas:

Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.

DEBEN ESTAR AL PENDIENTE DE QUE SE INICIE LA SUCESION A FIN DE EXIGIR SUS DERECHOS


SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Jun/09 20:43
Re: Terminación de Relación Laboral Por Muerte del Patron

LFT

Artículo 434.- Son causas de terminación de las relaciones de trabajo:

I. La fuerza mayor o el caso fortuito no imputable al patrón, o su incapacidad física o mental o su muerte, que produzca como consecuencia necesaria, inmediata y directa, la terminación de los trabajos


SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Jun/09 20:44
Re: Terminación de Relación Laboral Por Muerte del Patron

TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO POR MUERTE DEL PATRÓN. PARA QUE LA JUNTA DETERMINE O NO SU PROCEDENCIA DEBE CONSIDERAR LA NATURALEZA Y CLASE DE LAS LABORES DESARROLLADAS POR EL TRABAJADOR.

Los artículos 53, fracción V y 434, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo establecen como causas de terminación de la relación de trabajo, entre otras, la muerte del patrón. Ahora bien, para que la Junta determine si procede o no la terminación del vínculo laboral por dicha causa, debe considerar la naturaleza y clase de las labores desarrolladas por el trabajador, y cuando en el juicio se demuestre que aquél prestaba sus servicios de manera personal al patrono, como en el caso del servicio doméstico, la defunción del empleador trae como consecuencia legal el fin de la relación de trabajo de conformidad con los dispositivos legales citados.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

Clave: XIX.1o.P.T, Núm.: 5 L

Amparo directo 211/2006. Ramona Álvarez Castañón. 10 de julio de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco Martínez Hernández. Secretario: Manuel Miranda Castro.



Tipo: Tesis Aislada

Temas:

Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

NECESITAS DARLE UNA LEIDA A LFT A FIN DE QUE LE DES SEGUIMIENTO AL ARTICULO QUE T E MENCIONO Y LOS QUE MUESTRAN LAS TESIS............A FIN DE QUE TENGAS EL PANORAMA COMPLETO, Y SEPAS QUE PASA CON LOS TRABAJADORES


SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Jun/09 20:54
Re: Terminación de Relación Laboral Por Muerte del Patron

TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO POR MUERTE DEL PATRÓN. SI SUCEDE DURANTE EL PROCESO LA JUNTA DEBE PRACTICAR LAS DILIGENCIAS QUE JUZGUE CONVENIENTES A EFECTO DE LLAMAR A SU SUCESIÓN PARA QUE SE INTEGRE A ÉSTE Y EXPRESE LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y, EN SU CASO, RESPONDA DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS POR EL DE CUJUS PUES, DE LO CONTRARIO, SE ACTUALIZA UNA VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO QUE ORIGINA SU REPOSICIÓN.

De los artículos 53, fracción V y 434, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo se advierte como causa de terminación de la relación de trabajo la muerte del patrón; sin embargo, para que la Junta determine sobre su procedencia debe atender a la naturaleza y clase de las labores desarrolladas por el empleado, pues si éste demuestra que las prestaba personalmente al patrón, su defunción traería como consecuencia la conclusión de la relación laboral, pero en caso contrario, de no prestar sus servicios de manera personal, sino que realizaba otro tipo de actividades, la muerte de aquél no lo puede dejar sin protección, pues existiría la posibilidad de que el patrón fallecido pudiera ser sustituido por otro o por su sucesión, quien debe responder de las obligaciones contraídas por el autor de la sucesión. En consecuencia, si en el procedimiento laboral muere el patrón, la Junta no debe ordenar el archivo del expediente o absolver por esa razón, sino que en uso de la facultad conferida por los artículos 782 y 886 de la aludida ley, debe practicar las diligencias que juzgue convenientes a efecto de llamar a la sucesión para que se integre al proceso y exprese lo que a su derecho convenga y, en su caso, responda de las obligaciones contraídas por el de cujus con el trabajador, a fin de asegurar el cumplimiento de la condena que llegara a decretarse, ya que de no hacerlo se actualizaría una violación procesal, en términos de la fracción XI del artículo 159 de la Ley de Amparo, que ameritaría la reposición del procedimiento.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Clave: I.3o.T., Núm.: 192 L

Amparo directo 859/2008. Catalina Eslava García. 27 de octubre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Arturo Mercado López. Secretaria: Yara Isabel Gómez Briseño.



Tipo: Tesis Aislada

Temas:

Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Derecho Procesal.



SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Jun/09 21:33
Re: Terminación de Relación Laboral Por Muerte del Patron

Muchas Gracias a Todos, por sus comentarios, me han sido de mucha utilidad.
 
Perfil

GPOCAJEME
Soldado

Mensajes: 23
Ingresó: Julio 17, 2006
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Jun/09 09:00
Re: Terminación de Relación Laboral Por Muerte del Patron

TE AGRADEZCO QUE SEAS AGRADECIDO,...........PERO QUE DECISION TOMASTE?............QUE CONCLUSIONES NOS REGALAS ?...........

DIGO, PARA MEJOR ENTENDIMIENTO DE TODO EL FORO

GRACIAS



SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2