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29/May/09 11:16
Incapacidad, Accidente fuera del trabajo

Tenemos un trabajador que sufrió un accidente fuera de trabajo, necesitó operacion en un brazo y lo incapacitaron 21 dias. En este caso qué % le paga el seguro y si el patron le paga alguna parte, no me habia tocado ningun caso similar.
 
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quito
Soldado

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29/May/09 11:30
Re: Incapacidad, Accidente fuera del trabajo

El patron NO tiene obligacion de pagar NADA.

Salvo que tenga algun contrato, ya sea individual o colectivo, que le obligue a pagar.


Sobre este tema se ha comentado en varias ocaciones.
En caso que quieras utiliza 'buscar' y vaz ha encontrar comentarios muy interesantes.



Saludos y
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vabdo
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29/May/09 11:56
Re: Incapacidad, Accidente fuera del trabajo

Gracias, me es muy útil tu respuesta.
 
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quito
Soldado

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29/May/09 12:10
Re: Incapacidad, Accidente fuera del trabajo

Gracias a ti por darle seguimiento a tu topico


Saludos cordiales
 
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vabdo
General de Brigada

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29/May/09 12:24
Re: Incapacidad, Accidente fuera del trabajo

Y que consigna la incapacidad que le dieron? De ahí tu soporte para no pagarle los días de incapacidad.
 
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CP_PACO
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29/May/09 16:55
Re: Incapacidad, Accidente fuera del trabajo

Hola, con el debido permiso compañeros y solo pasando de metiche en este tópico solo para dejarle la cerezita al pastel, de lo comentado por vabdo y paco(saludos a ambos!!) le dejo el fundamento legal que le falta para cerrar ese circulo


LFT DICE

CAPITULO III

Artículo 42.- Son causas de suspensión temporal de... pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón:

I. La enfermedad contagiosa del trabajador;

II. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo;

Artículo 43.- La suspensión surtirá efectos:

I. En los casos de las fracciones I y II del artículo anterior, desde la fecha en que el patrón tenga conocimiento de la enfermedad contagiosa o de la en que se produzca la incapacidad para el trabajo, hasta que termine el período fijado por el Instituto Mexicano del Seguro Social o antes si desaparece la incapacidad para el trabajo, sin que la suspensión pueda exceder del término fijado en la Ley del Seguro Social para el tratamiento de las enfermedades que no sean consecuencia de un riesgo de trabajo;


SaludosEditado: Mayo 29, 2009 16:55:53
 
Visiten mi espacio elnidodelseguro.com .mx
 
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lcgabrielaranda
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29/May/09 20:58
Re: Incapacidad, Accidente fuera del trabajo

:neutral: Buenas noches. Y qué les parecería agregar los arts. 96 al 98 de la LSS...??

Salutes,
El Lic.

.
 
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pepesoto
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30/May/09 19:15
Re: Incapacidad, Accidente fuera del trabajo

solo pasando de metiche

Al contrario muy buena aportacion.
Solamente que ahora me surgio una duda mas, respecto de lo siguiente:

LFT DICE
CAPITULO III
Artículo 42.- Son causas de suspensión temporal de... pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón:
I. La enfermedad contagiosa del trabajador;


Que pasa en caso que el trabajador tenga 'SIDA' ??
Porque he sabido casos que es suspendido el trabajador..... y surgen problemas. porque el trabajador reclama 'discriminacion'.


Saludos Cordiales
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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30/May/09 21:28
Re: Incapacidad, Accidente fuera del trabajo

Hola:

1.-

1.- Las disposiciones de la LSS, son buenas en su aplicacion. Pero primero manda la LFT

2.- La LFT rige las relaciones laborales segun el Art 123 Apartado A de la CPEUM, ver Art. 1 LFT

3.- La LSS, se aplicaria despues de devengarse los salarios laborales, precisamente para cubrir las cuotas obrero patronales del IMSS. De ahi, que deben de existir la congruencia legal para con las disposiciones de la LFT.

4.- El Art. 42 LFT que lcgabrielaranda y vabdo ya mencionaron, se define el termino de suspension laboral o del contrato. Existiendo esta situacion, ni el trabajador esta obligado a laborar. Asi como tambien el patron queda desobligado a cubrir las contraprestaciones salariales, en las situaciones que equivaldria UNA SUSPENSION LABORAL

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Si el trabajador se encuentra con incapacidad o incapacitado, como puede reclamar discriminacion, si primero debe cumplir con su trabajo.

¿Se indica que no se le deja laborar por tener SIDA?, en ese caso, si procede reclamar su liquidacion por discriminacion y no dejarlo cumplir con su contrato.

El patron debe ser mas honesto, si le entrega su liquidacion conforme a una terminacion contractual, de conformidad a la LFT, que estaria en su derecho el patron de hacerlo
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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30/May/09 23:39
Re: Incapacidad, Accidente fuera del trabajo

Que pasa en caso que el trabajador tenga 'SIDA' ??
Porque he sabido casos que es suspendido el trabajador..... y surgen problemas. porque el trabajador reclama 'discriminacion'
.

:neutral: Buenas noches. Que el sida se ha determibnado que es contagioso, pero a diferencia de influenza, no se contagia x los besos ni abrazos y como la LFT es tan ambigua en ese aspecto... la interpretación x sida, favorece al trabajador y le dan la razón al argumentar la discriminación. Hay que manejar con pinzas este tipo de casos amigo Vabdo.

El Lic.

.
 
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pepesoto
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