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28/Abr/09 11:01
IVA ACREDITABLE

BUENOS DIAS

TENGO UN CLIENTE QUE ESTA INICIANDO OPERACIONES EN MARZO NO TIENE INGRESOS Y LO UNICO QUE TIENE ES EL SIGUIENTE GASTO:

GASTO $ 1,000.00
IVA 100.00
SUBTOTAL 1,100.00
ISR RET HON 100.00
IVA RET. 66.67
NETO $ 933.33

EL IVA A DECLARAR COMO IVA ACREDITABLE SON $33.33 REDONDEADO SON $33.00 COMO IVA A FAVOR PARA LA DECLARACION DEFINITIVA DE IVA DEL MES DE MARZO


MI PREGUNTA ES CUAL ES EL IVA QUE CONSIDERO PARA EL DIOT.

SON LOS 100 QUE TIENE COMO IVA ACREDITABLE?

O SON LOS 33 QUE FUE LO QUE TENGO COMO IVA A FAVOR DEFINITIVO?

MUCHAS GRACIAS POR SUS OPINIONES DE ANTEMANO

A TODOS AQUELLOS QUE PUEDAN DAR SU OPINION GRACIAS
 
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Javila
Soldado

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28/Abr/09 11:27
Re: IVA ACREDITABLE

Pones los 100 y mas abajo viene cuanto retuviste
 
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karina_39
Soldado

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28/Abr/09 11:37
Re: IVA ACREDITABLE

Recuerda que en la DIOT se manifiesta por decirlo de esta forma, el 'IVA Contable', es decir, el monto consignado en la factura independientemente de que si ya fué pagado o no.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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28/Abr/09 11:45
Re: IVA ACREDITABLE

Javila:

Recuerda que la DIOT es informativa y deberas proporcionar la informacion de las operaciones efectuadas con tus proveedores de bienes y servicios.


Saludos
 
NADIE SABE LO QUE TIENE ....HASTA QUE LO VE AUDITORIA DEL SAT.
 
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MARIOORTIZ
Capitán Primero

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28/Abr/09 11:54
Re: IVA ACREDITABLE

Bypaco que en la DIOT no manejas el iva que acreditaste en el mes?... el de flujo de efectivo?
 
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karina_39
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28/Abr/09 12:05
Re: IVA ACREDITABLE

Karina: En la DIOT se maneja el IVA pendiente de Acreditar, no confundir con el IVA Acreditable que fué el ya pagado.
 
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CP_PACO
General Brigadier

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28/Abr/09 12:07
Re: IVA ACREDITABLE

Ahora karina_39
Inicia una nueva polemica,

Porque en un curso que asisti en el SAT.
comentaron que 'EL DIOT EN EN BASE A FLUJO DE EFECTIVO'.


Se argumento 'ES INFORMATIVA DE OPERACIONES CON TERCEROS'
sustituye la declaracion de clientes y proveedores

Pero veamos opiniones, comentarios y argumentos.

Saludos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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28/Abr/09 12:16
Re: IVA ACREDITABLE

'ES INFORMATIVA DE OPERACIONES CON TERCEROS' Según mi interpretación son todas las operaciones sin importar si ya fueron pagadas ya que si se consideran éstas últimas no coincidirian por lo general con las efectuadas en el mes en cuestión...
 
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CP_PACO
General Brigadier

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28/Abr/09 12:19
Re: IVA ACREDITABLE

Es que de hecho en el formato de DIOT completa dice:


Valor o actos PAGADOS a la tasa del 15% de IVA

Monto de IVA PAGADO no acreditable a la tasa del 15% (proporcion)

V
alor o actos PAGADOS a la tasa del 10% de IVA


Monto de IVA PAGADO no acredutable a la tasa del 10%

Si ustedes se fijan piden datos de operaciones PAGADAS, no realizadas
 
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karina_39
Soldado

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28/Abr/09 12:32
Re: IVA ACREDITABLE

karina_39:

No necesariamente ya que existen otros supuestos:

LIVA

ARTICULO 01B. Para los efectos de esta Ley se consideran efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando se reciban en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquéllas correspondan a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designe, o bien, cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones.



ARTICULO 34. Cuando la contraprestación que cobre el contribuyente por la enajenación de bienes, la prestación de servicios o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, no sea en efectivo ni en cheques, sino total o parcialmente en otros bienes o servicios, se considerará como valor de éstos el de mercado o en su defecto el de avalúo. Los mismo valores se tomarán en cuenta tratándose de actividades por las que se deba pagar el impuesto establecido en esta Ley, cuando no exista contraprestación.
En las permutas y pagos en especie, el impuesto al valor agregado se deberá pagar por cada bien cuya propiedad se trasmita, o cuyo uso o goce temporal se proporcione, o por cada servicio que se preste

RLIVA

Para los efectos de las disposiciones que establece la Ley en materia de acreditamiento , los contribuyentes podrán acreditar el impuesto efectivamente pagado en la aduana por la importación de bienes tangibles , aun cuando no se hubiera pagado el precio de los bienes importados.



Saludos


Editado: Abril 28, 2009 12:37:38Editado: Abril 28, 2009 12:38:51
 
NADIE SABE LO QUE TIENE ....HASTA QUE LO VE AUDITORIA DEL SAT.
 
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MARIOORTIZ
Capitán Primero

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