28/Mar/09 18:58
Re: DIOT COMO APLICO LOS DESCUENTOS SOBRE COMPRAS
Hola YAYIS:
Tu duda es muy generalizada y muy común.
Me permito indicarte que descargues el software del SAT, denominado BITÁCORA.
Si llenas apropiadamente este software o 'pre-formato fiscal' y además le pones atención a las disposiciones fiscales relativas a la LIVA. Notarás que cuando se hace una operación asentada en un comprobante fiscal, digamos una factura, que comúnmente se hace así, este documento comercial, debe ser liquidado en su totalidad. Pues, ese documento representa una obligación comercial o mercantil.
En ocasiones la operación es 'perfeccionada'. Se llega a unos precios a intercambio de bienes 'ajustados' o más justo, por decirlo así. Ahí es donde intervienen comprobaciones como la nota de crédito. Donde se bonifican o descuenta al valor original de la operación. Este perfeccionamiento o valores harían las veces de un pago o de liquidación parcial al valor original.
En el derecho la figura del concept 'pago', se representa por diversas formas:
El pago en efectivo es una de ellas. Pero, existe otras formas de pago: como las condonaciones, novaciones, donaciones, permutas, compensaciones, descuentos o notas de crédito y otras más.
Derivado de todo lo anterior, muchos colegas interpretan que las operaciones del DIOT se mostrarían por su efecto NETO. Poniendo un ejemplo: Se tiene una factura de $ 100, pero además, se cuenta con una nota de crédito de $ 10, y finalmente se liquidan en efectivo $90. Esos colegas considerarían apropiado informar únicamente los $ 90. Situación que no comparto, por mi parte.
En mi opinión, deberían manifestarse los $ 100 de la factura y los $ 10 de la nota de crédito y finalmente se llega a lo mismo, en cuanto al valor del IVA de acreditamiento. Pero, con la otra forma, se omite información que podría ser necesaria para la autoridades, en sus actividades de verificación.
Y ¿por qué con el BITACORA, comencé mi recomendación? Pues, éste software te auxiliaría, que por medio de algunas preguntas, te incluya o excluya los anexos y renglones del llenado del formulario 29-A en el cual se presentaría la DIOT. Despejándote muchas de las dudas, acerca del llenado de este formulario fiscal.
En conclusión, las operaciones mercantiles no solamente se cubre en efectivo. Existen otras formas de pago, que deben ser consideradas para la determinación y presentación del formulario 29-A del DIOT
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?