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19/Feb/09 18:24
Re: isr a favor de trab

Si, yo presento tanto el ISR propio, las retenciones de ISR de IVA, el IVA, y el IETU en forma semestral. Tramito mis devolciones de IVA en forma semestral tambien. ( de acuerdo a faciliades administrativas, por se mi actividad de pesca)
 
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URIAS
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19/Feb/09 18:30
Re: isr a favor de trab

1.4. Los contribuyentes dedicados a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Título IV, Capítulo II, Secciones I o II de la Ley del ISR, podrán realizar pagos provisionales semestrales del ISR.
Asimismo, las personas físicas y morales dedicadas a las actividades a que se refiere esta regla, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Título II, Capítulo VII, o del Título IV, Capítulo II, Secciones I o II de la Ley del ISR, que opten por realizar pagos provisionales del ISR en forma semestral, conforme a lo dispuesto en el artículo 81, fracción I, segundo párrafo de la citada Ley o en esta regla, según se trate, podrán enterar las retenciones que efectúen a terceros por el ejercicio fiscal de 2008, en los mismos plazos en los que realicen sus pagos provisionales del ISR.
Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable, siempre que las personas físicas y morales dedicadas a las actividades a que se refiere esta regla que opten por realizar pagos provisionales del ISR en forma semestral, presenten en el mismo plazo la declaración correspondiente al IVA.
Las personas físicas y morales que por el ejercicio de 2008 opten por realizar pagos provisionales y efectuar el entero del ISR retenido a terceros en forma semestral, deberán presentar su aviso de opción ante las autoridades fiscales dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor de la presente Resolución, en términos de lo establecido en el Capítulo 2.3. de la RMF.
Lo dispuesto en la presente regla no será aplicable tratándose de contribuyentes que por el ejercicio de 2008 ya hubieran presentado al menos una declaración o pago provisional del ISR en forma mensual.
 
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URIAS
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19/Feb/09 18:49
Re: isr a favor de trab

Gracias URIAS

Nos entrega una facilidad administrativa en donde se indica que si se tiene obligaciones del art 81 LISR (salarios) puede tomarse la facilidad de aplicar pagos semestrales, al igual que para efectos de la LIVA, pero solo para ciertos contribuyentes.

La ley marca distintos plazos en ley son distintos a los de esta facilidad.

Aqui tambien habria que analizar, como se dieron de alta las obligaciones.

Es cierto que existe la facilidad, pero hay que ver si fue 'tomada' ante de aplicar el primer pago provisional mensual.

Me parece que la autoridad, anteriormente tomaba como fecha limite los primero 15 dias habiles del año para las opciones que habria de regirse por todo un año completo.

Sugiero ver su CIF Cedula de Identificacion Fiscal, ahi se marcan todas sus obligaciones y en qué plazos deben cubrirse.

De haber tomado aceptablemente la facilidad de la regla señalada por URIAS. Entonces, sí correspondería pagarse las diferencias en el pago provisional del primer semestre 2009. Tambien hay que analizar, si la facilidad prosigue para 2009. Que la logica es que continue igual o cuando menos se dicte una nueva disposicion para los que hubiesen ejercicio la facilidad desde 2008.

Si en la CIF no se muestran las obligaciones con los plazos de esta facilidad, entonces si debe realizar declaraciones normales y/o complementarias Y acudir a la SHCP para haber como se realizarian.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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19/Feb/09 19:09
Re: isr a favor de trab

Ya revice mi CIF y vienen las obligaciones de presentarse en forma semestral, incluyendo las retenciones realizadas por sueldos y salarios.

Eso significa que no tengo que presentar ninguna complementaria, y debo pagar hasta Julio 2009 las retenciones que resultaron a cargo en el calculo anual junto con las retenciones del periodo En-Jun 2009.

Podre descontarle unicamente el subsidio al empleo remanente del 2008 a las retenciones a cargo del calculo anual o podre aplicar tambien el subsidio de En-Jun 2009?
 
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20/Feb/09 00:32
Re: isr a favor de trab

Podre descontarle unicamente el subsidio al empleo remanente del 2008 [b]a las retenciones a cargo del calculo anual [/b]o podre aplicar tambien el subsidio de En-Jun 2009?


No comprendo ¿por qué SE 'remanente' es el SE pagado remanente???... Se saca el SE determinado por cada período de pago (conforme a la tabla Art. 8vo transitorio LISR), se suma todas estas determinaciones y se aplica como una disminución, después del impuesto anual causado por ISR Art. 177 LISR

El SE de Enero-Junio 2009 se aplicaría en los salarios de esos mismos salarios y así como en su correspondiente anual.

Hasta ahora hemos hablado de SE determinado (tabla Art. 8vo trans LISR). Existe otro SE pagado. Que cuando SE determinado es mayor al ISR causado Art 113 LISR, debe ser cubierto en favor del trabajador por parte del patrón. Estos valores SE pagado pueden ser acreditados por el patrón, para el realizar pagos de ISR propio o retenidos a terceros. Que preferentemente se apliquen a ISR por salarios retenidos. SE pagado en ocasiones no puede ser acreditado en su totalidad, los remanentes se pueden aplicar (acreditar bajo formatos de pagos bancarios o de hojas de ayuda) a diversos ISR
 
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20/Feb/09 09:47
Re: isr a favor de trab

Si, yo me refieron al SE pagado en el 2008 que no pudo ser acreditado en su totalidad, por lo que quedo un remanente. ¿ interpreto que si lo puedo acreditar por ser del mismo periodo?

y tambien quiero saber si es valido aplicar el remanente de SE pagado de En-Jun 2009, despues de haberlo acreditado contra las retenciones de ISR e ISR propio del mismo periodo o no, ¿unicamente lo podre acreditar contra las retenciones de Jul-Dic 2009?
 
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