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09/Feb/09 12:40
negativa de declaracion de sueldos por escrito

Hola buenas tardes a todos los foristas, el dia de hoy se me presento el problema de que el encargado de Asistencia al contribuyente de la Cd de Zihuatanejo, Gro. me comenta que por indicaciones de su Oficina de Acapulco, Gro no recibiera las declaraciones informativas de sueldos y salarios aun cuando fueran con 1 o hasta 5 trabajadores por escrito, que se tenian que enviar via internet, le pedi el soporte o escrito de esa disposiciòn y solo me comenta que recibio la indicaciòn por telefono y no sabia de esta nueva disposiciòn, alguno de Uds sabe si existe o esta autorizada esta indicacion? Gracias por la ayuda y orientaciòn que me pudieran proporcionar, porque no he encontrado nada de esto.:razz:
 

 
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cruzalex
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09/Feb/09 12:49
Re: negativa de declaracion de sueldos por escrito

Brinque al servidor público y valla con otro de mayor jerarquía. Siempre emplee la cortesía y el buen trato. Si no lo mandan por un tubo de antemano.

Solicite dónde puede poner una queja por falta de servicio y exija que se entreguen el servicio apropiado.

Posiblemente le ayuden a que la entregue por internet, en sus computadoras.

Usted, sabrá que es lo que le conviene más, tratar de romper barreras o seguir 'sus reglas'.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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09/Feb/09 13:07
Re: negativa de declaracion de sueldos por escrito

cruzalex:
....que se tenian que enviar via internet, le pedi el soporte o escrito de esa disposiciòn..


Tiene razón el funcionario, se pueden enviar solo por Internet (menores a 500 registros) o por medios magnéticos (portal del SAT, mayores de 500), la disposición del SAT se encuentra en estas ligas:

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/orientacion_oe/declaracion_informativa/69_13938.html


ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/folletos09/folletodi08.pdf



Saludos




Editado: Febrero 09, 2009 13:07:44
 
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CHAVALON
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09/Feb/09 13:20
Re: negativa de declaracion de sueldos por escrito

Oye Chavalon:

Me parece que de 1 a 5 registros, se tiene la 'facilidad' de que se entregue en papel, esta declaracion y ademas de que se opte por la via del internet.

Me parecio ver que la forma fiscal, puede adquirirse en una papeleria especializada y no solamente seria por el formulario 30 Anexo 1, del software del DIM

El SAT en su pagina de internet, pone lo que la legislacion señala. Pero, se me hace un poco fuera de la ley, que se imponga el derecho a 'rajatabla'

No todos los empleadores tendrian un equipo de computo, ni el conocimiento para desarrollar el cumplimiento de esa obligacion. Pero, aun teniendolo, se me hace unas exigencias muy muy de que solo mis chicharrones truenan.

Los del SAT tambien aplican las disposiciones de las leyes a su conveniencia, desearian no trabajar y que el contribuyente se la pellizque como pueda.
 
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enrique9727
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09/Feb/09 14:39
Re: negativa de declaracion de sueldos por escrito

Oigo Enrique:
Me parece que de 1 a 5 registros, se tiene la 'facilidad' de que se entregue en papel…


Me podrías indicar cuál es el fundamento de tu 'parecer' ?
 
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CHAVALON
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09/Feb/09 16:18
Re: negativa de declaracion de sueldos por escrito

CUZALEX....ESTA ESTO



CUARTA SECCION
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 (Continúa en la Quinta Sección)
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2008


Primero. La presente Resolución entrará en vigor el 1 de junio de 2008, salvo lo dispuesto en los Títulos 11 de los Libros I y II, que entrarán en vigor el 1 de julio de 2008, y estará vigente hasta el 30 de abril de 2009.

Opción para presentar información en formato oficial

II.2.18.2. Las personas físicas que presenten hasta 5 registros de cada uno de los anexos de la Declaración Informativa Múltiple a que se refiere la regla II.2.18.1., podrán optar por presentar dicha información a través de la forma oficial 30 “Declaración Informativa Múltiple” y anexos que la integran contenida en el Anexo 1, de conformidad con el Capítulo II.2.19.

Las personas físicas a que se refiere el párrafo anterior que hayan presentado o presenten en un ejercicio fiscal declaraciones informativas múltiples vía Internet o a través de medios magnéticos a que se refiere este Capítulo, no podrán presentar dichas declaraciones mediante la forma oficial 30 mencionada por lo que reste del ejercicio.

Unicamente podrán ejercer la opción a que se refiere esta regla, las personas físicas a las que se refiere la regla I.2.7.1.
CFF 31, RMF 2008 II.2.19., I.2.7.1., II.2.18.1., (RMF 2007 2.20.2.)

Capítulo I.2.7. Opción para la presentación de pagos provisionales y definitivos para personas físicas
Opción para presentar pagos provisionales y definitivos

I.2.7.1. Para los efectos de los artículos 20, séptimo párrafo y 31 del CFF, los contribuyentes a que se refiere la Sección III del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR; las personas físicas que realicen actividades empresariales y que en el ejercicio inmediato anterior hubiesen obtenido ingresos inferiores a $1,967,870.00; las personas físicas que no realicen actividades empresariales y que hubiesen obtenido en dicho ejercicio ingresos inferiores a $337,350.00, así como las personas físicas que inicien actividades y que estimen que sus ingresos en el ejercicio serán hasta por dichas cantidades, según corresponda, efectuarán los pagos provisionales o definitivos, incluyendo retenciones, así como sus complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, de conformidad con el siguiente procedimiento, por cada grupo de obligaciones fiscales que tengan la misma periodicidad y la misma fecha de vencimiento legal:


CAES EN ESTE SUPUESTO ?....PELEA.................NO ES ASI ?.........A CUMPLIR POR INTERNET


SALUDOS
Editado: Febrero 09, 2009 16:46:52
 
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lobozac
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09/Feb/09 19:22
Re: negativa de declaracion de sueldos por escrito

Hola:


De la redaccion que nos aportó Lobozac. Se podria deducir que podria presentarse el Formulario 30 Anexo 1, en 3 formas:

a.- de manera magnetica (diskette)
b.- via internet y
c.- en papel

No acostumbro a leer RFM, asi que no puedo entregar el fundamento legal, ni me grabo disposiciones que casi nunca aplicaria.

Pero, consultese la siguiente pagina del propio SAT

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/formatos_fiscales/82_12342.html

Aqui se indica que la forma se entregaria por DUPLICADO

Entiendo que si es por DUPLICADO, es que pudiese presentarse en papel. Jamas se presenta por duplicado por cualquiera de las otras dos formas señaladas.

Y simplemente cuando no se recibiera en papel, en esta pagina, no indica los ejemplares para el modo impreso (papel) Ejemplo Formulario 18 y otros mas.

Editado: Febrero 09, 2009 19:24:24
 
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enrique9727
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09/Feb/09 23:37
Re: negativa de declaracion de sueldos por escrito

Hola buenas noches...

Tengo entendido que efectivamente, ya no se tiene la'facilidad' de presentar las declaraciones informativas en papel, ya que la regla miscelanea que comentan que 'permite' dicha posibilidad, fue derogada mediante la cuarta resolucion de modificaciones a la miscelanea publicada el 30 de enero de 2009, (concretamente se derogo la regla II.2.18.2 la cual, era la que permitia la presentación en papel en ciertos casos ya aqui expuestos)

Espero y sea de utilidad...

Salu2...
 
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efernee
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10/Feb/09 00:11
Re: negativa de declaracion de sueldos por escrito

efernee:

Bienvenido (a)

Efectivamente la Regla II.2.18.2 fue derogada en la IV R.M.F. que se publicó en el D.O.F el 30 de Enero 2009 y entró en vigor el 31 del mismo mes.

Por lo tanto la facilidad de presentar en 'papel' o forma oficial para las Personas Físicas 'desaparece'

Asi se muestra en dicha IV Resolución:

Opción para presentar información en formato oficial

II.2.18.2. (Se deroga)


Saludos


PD.- Enrique, por favor ya no opines cuando no tengas los fundamentos para ello.









Editado: Febrero 10, 2009 00:35:23
 
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CHAVALON
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10/Feb/09 12:13
Re: negativa de declaracion de sueldos por escrito

Aunque aclarado el tema... meto la cuchara....

Todo apunta a que es mas fácil presentarla en medio magnetico....la derogación quiza es en base a tal criterio, por lo que aquello del 'papel' en los trámites del SAT solo queda para trámites obsoletos....

En fin, cuando uno no esta inmerso en el tema o no tiene el caso real, mas vale abstenerse.. por ello, en verdad no dije ni pio en este tema, pero me interesó solo por cultura general...
 
Sólo comprendemos aquellas preguntas que podemos responder........... El hombre de talento es naturalmente inclinado a la crítica, porque ve más cosas que los otros hombres y las ve mejor
 
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Bruno
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