06/Feb/09 17:52
Re: Notas de Credito por favor
Hola Ismael:
No observas con atencion.
....
GASTOS es deudora por lo tanto descuentos y dev sobre gastos NO LA EMPLEARIA mejor abonaria a las mismas cuentas gastos que originaron la provision
Indique que se abonaria al gasto. Los gastos 'reales' se cargan, si se consigue una nota de credito se abonaria.
El abono restaria, el gasto improcedente.
Finalmente como indica el compañero CP_PACO. Se deduce el neto del gasto. No se suman.
Y por cierto las devoluciones que se expresan en la I fracc del articulo 29 LISR. No tiene nada que ver, con las devoluciones de gastos o de proveedores por compras.
Esas devoluciones o descuentos SI SON POR VENTAS, para fines fiscales no se considerarian disminuciones de ingresos acumulables. La LISR las considera DEDUCCIONES AUTORIZADAS:
Las devoluciones de compras o de gastos, se debe de restar de las propias deducciones y eso ofrecera menos deducciones que restarse a los ingresos acumulables
Observa el propio art 29 LISR en su fraccion III se indica GASTOS NETOS de...
No GASTOS BRUTOS (antes de descuentos y devoluciones, etc)
El art 45 LISR o dentro de los articulos seriados, tambien se expresa sobre compras NETAS, para integrar el costo de lo vendido fiscal.
El tambien argumento que las notas de credito pueden registrarse en forma negativa, con las mismas cuentas que el documento origen.
Eso daria exactamente lo mismo, pues los valores negativos se restarian automaticamente de los positivos. Y la verdad me encanta esta opcion. Es la mas 'limpia' para trabajar
Editado: Febrero 06, 2009 18:00:58
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?