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04/Feb/09 13:14
Re: ISR ENAJENACIONDE PERROS¡

Buenas tardes chavalon, es interesante su punto de vista pero si nos apegamos al texto de la ley no hace mencion al consumo humano o si?
Por eso cuando expuse el topico la ley CFF y FACILIDADES DE RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS con el termino ANIMALES es muy general y si son perros muy costosos pero no he encontrado mas material si alguien sabe donde especifique que animales si y cuales no?
 
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karinacastro
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04/Feb/09 13:29
Re: ISR ENAJENACIONDE PERROS¡

karinacastro:
.....ley no hace mencion al consumo humano....


Efectivamente la ley no hace mención a dicho término( y no hay que distinguir cuando la Ley no distingue), pero hay que tener presente que las actividades agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas, se encuentran consideradas como del Sector Primario, es decir, es obvio que se refiere a actividades encaminadas a proveer alimento a los humanos.

Para mayor seguridad, sería conveniente que efectuaras una Consulta por escrito al SAT para que tu decisión sea mas segura.


Saludos
 
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CHAVALON
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04/Feb/09 13:34
Re: ISR ENAJENACIONDE PERROS¡

Creo que no debemos hacer distinciones que la ley no hace, y en el caso que nos ocupa los distintos ordenamientos a observar se refieren al termino animales, asi simple sin hacer una distincion; en todo caso suponiendo sin conceder que algun ordenamiento pretendiera limitar el concepto de animal y llevarlo al extremo que algunos lo queremos llevar, relativos a que se refiere a aquellos animales que se destinan al consumo humano; no creen que la ley del IVA pudiera observar esta distincion, pues cuando se refiere en el articulo 2-A:

Artículo 2o.-A.- El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0% a los valores a que se refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:

I.- La enajenación de:

a).- Animales y Vegetales que no estén industrializados, salvo el hule.
............................
b) Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación a excepción de:
1....................

3. Caviar, salmón ahumado y angulas.

No creen que esta es una muestra de que cuando la ley quiere llegar a una limitacion, simplemente lo hace y no deja lugar a la imaginacion de quienes la interpretamos.
 
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cofifi1704
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04/Feb/09 13:35
Re: ISR ENAJENACIONDE PERROS¡

Creo que no debemos hacer distinciones que la ley no hace, y en el caso que nos ocupa los distintos ordenamientos a observar se refieren al termino animales, asi simple sin hacer una distincion; en todo caso suponiendo sin conceder que algun ordenamiento pretendiera limitar el concepto de animal y llevarlo al extremo que algunos lo queremos llevar, relativos a que se refiere a aquellos animales que se destinan al consumo humano; no creen que la ley del IVA pudiera observar esta distincion, pues cuando se refiere en el articulo 2-A:

Artículo 2o.-A.- El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0% a los valores a que se refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:

I.- La enajenación de:

a).- Animales y Vegetales que no estén industrializados, salvo el hule.
............................
b) Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación a excepción de:
1....................

3. Caviar, salmón ahumado y angulas.

No creen que esta es una muestra de que cuando la ley quiere llegar a una limitacion, simplemente lo hace y no deja lugar a la imaginacion de quienes la interpretamos.
 
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cofifi1704
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04/Feb/09 13:45
Re: ISR ENAJENACIONDE PERROS¡

Creo firmememente en 2 situaciones lo que mi criterio dicta y lo que la ley me permite o establece que tengo derecho a hacer, entonces yo solamente digo en orden de jerarquía que el CFF en el art.16 fracc. IV es generica en el termino ANIMALES ahora yo expongo finalmente si alguien conoce un ordenamiento juridico superior o distinto en el que se expongan cuales animales si y cuales no estoy abierta ya se que aunque el sector primario contempla precisamente digamos el alimento no distingue especies.

Y no estaría mal la consulta pero solamente para que no me saquen un fundamento legal que yo no conozca y que segun yo y con la ayuda de ustedes no hay mas de los señalados.
 
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karinacastro
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04/Feb/09 13:55
Re: ISR ENAJENACIONDE PERROS¡

hola karina, siento que DESEAS 'OIR' LO QUE **TU** DESEAS OIR....Y ESO ES MUY MALO

VA

TU MISMA SABES QUE NO CAES EN ESE RANGO DE TRIBUTACION....PORQUE ?

1RO, INTITULAS TU DUDA COMO ..............ENAJENACION DE PERROS (VIVOS)

2DO. DICES EN TU DUDA INICIAL ..........PONDRA UN NEGOCIO DE **VENTA**.....

SABEMOS QUE ESO ES ACTIVUDAD COMERCIAL....NO GANADERA (NO VAS A CIAR NI A ENGORDAR)

LA INTERPRETACION DE LAS LEYES, ENTRE OTRAS DEBE SER **EXEGÉTICA**

OBSERVA SIN APASIONAMIENTOS LA NORMATIVIDAD AL RESPECTO


SALUDOS
 
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lobozac
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04/Feb/09 14:08
Re: ISR ENAJENACIONDE PERROS¡

Y MAS, NOS DICES ............Buenas tardes chavalon, es interesante su punto de vista pero si nos apegamos al texto de la ley no hace mencion al consumo humano o si?
Por eso cuando expuse el topico la ley CFF y FACILIDADES DE RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS con el termino ANIMALES es muy general y si son perros muy costosos pero no he encontrado mas material si alguien sabe donde especifique que animales si y cuales no?

NO DUDO QUE HAYAS BUSCADO.....PERO LO HAS HECHO DE LA FORMA CORRECTA ?...........QUIZA NO........

DICES ADEMAS ......'Creo firmememente en 2 situaciones lo que mi criterio dicta y lo que la ley me permite o establece que tengo derecho a hacer, entonces yo solamente digo en orden de jerarquía que el CFF en el art.16 fracc. IV es generica en el termino ANIMALES ahora yo expongo finalmente si alguien conoce un ordenamiento juridico superior o distinto en el que se expongan cuales animales si y cuales no estoy abierta ya se que aunque el sector primario contempla precisamente digamos el alimento no distingue especies.'

EL CRITERIO **TUYO**, NO ES VALIDO EN CUANTO A LA **APLICACION ESTRICTA**......ES COMO ES Y PUNTO

EN CUANTO A LO QUE LA LEY PERMITA, ...AHI ES DONDE DEBEMOS UTILIZAR TODOS LOS MEDIOS DE INTERPRETACION QUE EXISTEN.............SIN PERDER DE VISTA , REPIUTO, EL CARACTER EXEGETICO DE LA NORMA

Y COMO COLOFON..........DEBEMOS ENSEÑARNOS A CONCATENAR......CORRELACIONAR.......INTERPETAR, .....A NO DISTINGUIR LA LEY, DONDE NO SE PERMITE DISTINGUIR........

RECUERDA QUE UNA COSA ES LA **APLICACION ESTRICTA DE LA NORMA FISCAL**........Y OTRA MUUUY DISTINTA LA INTERPRETACION DE LA MISMA

VE ESTO........CONCATENA, CORRELACIONA, APLICA............Y POR ULTIMO SI QUIERES, INTERPRETA

LEY DE ORGANIZACIONES GANADERAS

TEXTO VIGENTE
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1999




ARTÍCULO 4o.- Para los efectos de esta Ley se entiende por:

I. Actividad ganadera: Conjunto de acciones para la explotación racional de especies animales ORIENTADAS a la producción de carne, leche, huevo, miel, piel, lana y otras de interés zootécnico, con la finalidad de satisfacer necesidades vitales o del desarrollo humano;




Editado: Febrero 04, 2009 14:15:28
 
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lobozac
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04/Feb/09 14:09
Re: ISR ENAJENACIONDE PERROS¡

A ver compañeros sin apasionamientos unicamente con fundamentos legales:
1 No es consumo humano bien.
2 Pero si la ley por no hacer distincion lo agrupa erroneamente en sector primario esa laguna tendrían que resolverla ellos.
3 Aunque ovbio es una actividad emprearial y comercial y lucrativa al igual que la agricultura, pesca, ganadería que son igualmente actividades empresariales y lucrativas o no? el hecho que sean del sector primario no dice que no sean lucrativas y si no hay que ver las camionetas de los ganaderos ( bueno es un chascarrillo) y si voy a criar esos perros porque no se compran adultos si no como cachorros. Ademas en el sector PRIMARIO SE DA LA ENAJENACION O SEA ESTOY EN EL MISMO SUPUESTO QUE EL QUE VENDE UNA VACA O UN PUERQUITO nada mas que estos perros no son para comer.
4.- Y por ULTIMO yo SOLO QUIERO que me debatan con FUNDAMENTOS LEGALES EN DONDE ESTOY EQUIVOCADA aunque mi criterio vaya en contra lo que finalmente va a importar es lo que la ley me permita.
 
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karinacastro
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04/Feb/09 14:21
Re: ISR ENAJENACIONDE PERROS¡

QUE ES PRODUCIR ?

producir.

(Del lat. producĕre).


1. tr. Engendrar, procrear, criar. Se usa hablando más propiamente de las obras de la naturaleza, y, por ext., de las del entendimiento.

...


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lobozac
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04/Feb/09 14:24
Re: ISR ENAJENACIONDE PERROS¡

satisfacer.

(Del lat. satisfacĕre).


...

4. tr. Saciar un apetito, una pasión, etc.

...
 
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