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03/Dic/08 19:45
Re: Crédito art 11 LIETU 2008

fiscalcorp:
Cual consideran que es el 'ISR causado':
a) el monto que resulte de multiplicar el resultado fiscal por la tasa del 28%?

b) el monto que resulte de multiplicar el resultado fiscal por la tasa del 28% menos pagos provisionales?


Para efectos de acreditamiento es lo mismo, esto es, en la Declaración Anual calculas un ISR y le restas los Pagos Prov. efectuados y te resulta un ISR a Pagar en la Declaración Anual.

Ejemplo.-

Base Gravable.- 100.00
28% ISR.- 28.00

Menos: Pagos Prov. 20.00

ISR a Pagar en Dec. Anual.- 8.00

Resumen:

ISR Causado.-28.00

ISR Efectivamente pagado.- 28.00


Cabe mencionar que para todos los efectos de acreditamiento y/o Compensación del ISR Vs.el IETU, se aplican los términos 'ISR PROPIO', 'ISR EFECTIVAMENTE PAGADO', 'ISR RETENIDO, ETC,

No debe tomarse el Art. 11 en forma aislada para su interpretación, también debe aplicarse en forma conjunta con el Art. 8 de IETU, ya que se establece en el mismo, una secuencia para el caso del acreditamiento mencionado.

Artículo 8. Los contribuyentes podrán acreditar contra el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio calculado en los términos del último párrafo del artículo 1 de esta Ley, el crédito fiscal a que se refiere el artículo 11 de la misma, hasta por el monto del impuesto empresarial a tasa única calculado en el ejercicio de que se trate.

Contra la diferencia que se obtenga conforme al párrafo anterior, se podrá acreditar la cantidad que se determine en los términos del penúltimo párrafo de este artículo y una cantidad equivalente al impuesto sobre la renta propio del ejercicio, del mismo ejercicio, hasta por el monto de dicha diferencia. El resultado obtenido será el monto del impuesto empresarial a tasa única del ejercicio a cargo del contribuyente conforme a esta Ley.
.........

El impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este artículo, será el efectivamente pagado en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos………….
............


Saludos







Editado: Diciembre 03, 2008 20:52:28
 
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CHAVALON
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03/Dic/08 20:13
Re: Crédito art 11 LIETU 2008

Buenas noches.

No cabe duda que ya que estemos con la declaración anual, muchas ideas o interpretaciones que tengo van a cambiar..jejeje...
 
Sólo comprendemos aquellas preguntas que podemos responder........... El hombre de talento es naturalmente inclinado a la crítica, porque ve más cosas que los otros hombres y las ve mejor
 
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Bruno
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04/Dic/08 09:11
Re: Crédito art 11 LIETU 2008

Chavalon

lo que pasa es que no hay duda que el ISR efectivamente pagado es el resultado fiscal por la tasa, lo que pasa es que la misma ley de ISR es cunfusa ya al impuesto lo llama de diferentes maneras. ejemplo:

Articulo 6o 1 er párrafo menciona sera acreditable contra el impuesto que conforme a esta ley les corresponda pagar

Art 11 fracción I. el acreditamiento podrá efectuarse contra el impuesto sobre la renta del ejercicio

Art 60 4o párrafo podrán acreditar contra el impuesto que resulte a su cargo en la declaración del ejercicio.

Art 219 LISR y art 11 LIETU contra el impuesto sobre la renta causado

incluso la abrogada ley de IA mencionaba en el art 9 podran acreditar una cantidad equivalente al impuesto sobre la renta que les correspondió?????

cual sería la diferencia entre impuesto que corresponda pagar, impuesto sobre la renta del ejercicio, impuesto que resute a cargo, impuesto causado e impuesto que correspondió?

ahí nuestros 'honrosos' legisladores es donde le complican la existencia al contribuyente, porque luego que vas a hacienda su criterio cambia considerablemente generalmente a su conveniencia.
 
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fiscalcorp
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04/Dic/08 09:13
Re: Crédito art 11 LIETU 2008

Bruno:

lo que pasa es que esta estrategia por intervenir el flujo, se tendría que hacer antes de fin de año, asi que a hechar a andar las ideas desde ahora porque después puede ser demasiado tarde
 
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fiscalcorp
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04/Dic/08 13:07
Re: Crédito art 11 LIETU 2008

Alguien vería alguna traba para generar la propuesta que les comentaba?
 
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fiscalcorp
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