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Arriba
05/Nov/08 22:09
Re: Incapacidad de un trabajador

Si se extiende una incapacidad... es por que no LABORARIA el trabajador.

Que incongruencia que se expida y como quiera se labore. Entonces, si era capaz de trabajar y ¡no era incapaz de jalar! se demostro lo contrario.

Apliquese en las determinaciones de cuotas obrero patronales, los dias que se laboraron efectivamente, mas los dias de ausentimos mayores a los 9, menos las incapacidades que verdaderamente fueron efectivas.

Recopile la documentacion de las ausencias, de los pagos de nominas, listados de asistencia y de las incapacidades que procedan a surtir efecto de tal categoria.

En pocas palabras, hagale caso al art 31 LSS
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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Arriba
06/Nov/08 12:40
Re: Incapacidad de un trabajador

OK Muchas gracias, a todos, voy a tomar como incapacidad inicial a partir de la fecha que se ausento, gracias!
 
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URIAS
Capitán Primero

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