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09/Nov/08 18:39
Re: empresa creada en 2008 debe pagar ietu

Hay que distinguir dos cosas:

1. La Ley del IETU no dice cuando deba o este obligado a pago provisional de ISR.

2. En el caso que estamos tratando nos dice la Ley del IETU que se debe presentar pagos provisionales 'en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración de los pagos provisionales del impuesto sobre la renta', es como regla general el plazo que da la Ley del ISR es 'a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago', La Ley del IETU no dice que debemos de aplicar el artículo 14 de la LISR EN SU TOTALIDAD, solamente debemos de tomar el plazo y no le debemos de agregar ni de quitar lo que no dice la LIETU.

SALUDOS.
 
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martillo
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09/Nov/08 21:09
Re: empresa creada en 2008 debe pagar ietu

Buenas Noches:


Para poner en claro el termino plazo ahi va esto:

plazo.

(Del lat. placĭtum, convenido).


1. m. Término o tiempo señalado para algo.

2. m. Vencimiento del término.

3. m. Cada parte de una cantidad pagadera en dos o más veces.

4. m. ant. Campo o sitio elegido para un desafío.

a corto, o a muy corto, ~.



Como se podra observar, no existe condicion suspensiva alguna en el termino de MISMO PLAZO QUE PARA PP ISR

Buena Noches
 
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Ramusa
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10/Nov/08 08:56
Re: empresa creada en 2008 debe pagar ietu

efectivamente , para 'interpretar' las disposiciones, debemos correlacionar lo mas posible...incluso la RAE o distintos diccionarios


saludos
 
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lobozac
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10/Nov/08 09:18
Re: empresa creada en 2008 debe pagar ietu

Que caray, ya noviembre y seguimos sin punto de acuerdo en el tema..

El plazo para el pago de ISR es para cada contribuyente, ya se que el 14 contempla uno 'general', pero el mismo 14 si contempla un plazo para los de nueva creación, que sería ubicarles en el segundo ejercicio, es decir, inicio de operaciones en 2008, primer pago provisional de ISR en marzo de 2009, ese es mi plazo particular..

Puede darse el caso de inicio de operaciones por fusión o escisión, en cuyo evento hay plazos ciertos para estar obligado a efectuar pagos provisionales de ISR, que no es otro que a partir del mes en que ocurra la fusión o escisión, ver antepenúltimo y penúltimo párrafo del 14 de LISR.

El 14 de LISR sin duda alguna es de aplicación general para las personas morales del llamado regimen general, pero esa aplicación general contempla casos particulares, ejemplo de ello ya se menciono los de fusión y escisión, pero otro caso particular contemplado por el 14 lo constituye el inicio de operaciones normal -por de una forma denominarle- en cuyo caso el último párrafo le excluye de estar obligado a observar lo que en el mismo se dispone, por tanto; si no estoy obligado a observar lo dispuesto en el 14 -en forma especial- ¿tengo plazo para mis pagos provisionales de ISR?, NO, simplemente No.

No recuerdo si fué aquí ó en otro lado donde realice el siguiente planteamiento;

Persona Moral del Título III, de los llamados coloquialmente NO CONTRIBUYENTES, no exenta de IETU, ¿cuándo debe enterar sus pagos provisionales de IETU?,

Desde luego que no se intenta convencer a nadie de hacer lo que uno hace, tan solo expone uno su punto de vista y si alguien le considera correcto bien, si no, no pasa nada, representa una excelente oportunidad de prácticar para defender el punto de vista, tan solo eso... En lo particular para persona moral -exclusivamente del regimen general- con inicio de operaciones en este caótico 2008 no presente pagos provisionales de IETU, me muestro respetuoso de quienes concluyen que si deben realizarse, incluso apuesto a que la autoridad así lo desea, pero yo no tengo la culpa de que no sean lo suficientemente claros y precisos a la hora de redactar Leyes.

Lamentablemente la autoridad no va a precisar nada -ya es noviembre- mediante RM, ya que de hacerlo se evidencia, su postura es harto íncomoda, si emitiera una regla que dijera más ó menos lo siguiente; Las personas morales del Título II que inicien operaciones en 2008 si tienen obligación de pago provisional de IETU, se convertiría en un reconocimiento ímplicito de que de la Ley no se desprende ni concluye eso... por tanto lo dejan a la deriva, mejor me quedo callado y ver que pasa...

Me manifiesto respetuoso de quienes difieran de mi opinión, íncluidos sin duda los del SAT, pero mientras no me requieran -que no lo han hecho- pues no hay fijón, sigamos pensando diferente.

saludos.
 
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sosgtorreon
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10/Nov/08 09:22
Re: empresa creada en 2008 debe pagar ietu

Por cierto, sigo insisitendo en que a una persona moral del Título II el mismo 14 de LISR le excluye en forma literal -metodo favorito de interpretación y aplicación de la Ley por parte de la autoridad- de aplicar lo que dispone. Por tanto si me dicen 'no apliques nada de lo que se contempla aquí', quiere decir que no debo ni contemplar el plazo porque simple, lisa y llanamente no lo tengo.

saludos.
 
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sosgtorreon
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10/Nov/08 09:22
Re: empresa creada en 2008 debe pagar ietu

MI ESTIMADO SOS, AGRADECIDO CON TU OPINION, RESPETABLE COMO LAS DEMAS..............SI, SERIA LO IDEAL, QUE EL SAT SE PRONUNCIARA AL RESPECTO.........PQ NO LO HACE ?.........LE CONVIENE?.........QUIZA


SALUDOS
 
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lobozac
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10/Nov/08 13:56
Re: empresa creada en 2008 debe pagar ietu

Buenas tardes:


Estimados Colegas, como podran observar el tema nuevamente tratado, es visto y seguido por muchas personas, por lo que debieramos ser mas prudentes en nuestros aseveraciones, porque inclusive parece ser, (en ocasiones), que nos subimos a nuestro macho y queremos hacer ver que solo la opinion de uno es la que vale.

Por lo que nuestros comentarios, deben ser eso, solo nuestro punto de vista personal, con nuestra optica y entendimiento, fundamentando lo que a criterio de uno es lo que corresponde, pero no a medias, ya que de esa forma se confunde mas a las personas.

Por lo que los invito, a seamos mas objetivos.


Por ultimo: a todos les pregunto lo siguiente:

1.- Que acaso la forma de causacion y determinacion de los pagos provisionales tanto para IETU y para ISR, no son distintos?

2.- Y que entonces?,No existe una logica, que para PM , no hay pago de PP de ISR por el primer ejercicio, por no existir coeficiente de utilidad?

3.- Y creen ustedes que la legislacion distinga que las personas Morales NO hagan pagos provisionales de IETU y las personas fisicas SI. en su primer ejercicio??

4.- Y final, final, que cada quien, analize, investige, y se persigne para que le vaya bien en lo que decida hacer al respecto.

Saludos
 
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Ramusa
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10/Nov/08 15:34
Re: empresa creada en 2008 debe pagar ietu

QUIZA SI, PAREZCA SER QUE MUCHOS NOS MONTAMOS EN NUESTRO MACHO...........LO QUE SUCEDE ES QUE YA HEMOS ANALIZADO Y VERTIDO MUCHAS VECES Y CON FUNDAMENTOS NUESTRA OPINION...........DE TAL SUERTE QUE YA NO LOS MENCIONAMOS (HABRIA QUE BUSCAR LOS TOPICOS ), PQ CANSA PLATICAR SOBRE LO MISMO, ENTONCES PARECEN A MEDIAS......

OBJETIVOS LO SOMOS , INSISTO HAY QUE BUSCAR LOS TOPICOS PARA QUE SE VEA LO COMENTADO


SI TU MISMO RESPONDIERAS A ESAS PREGUNTAS, ..NOS DARIAS LUZ CLARA DE CUAL ES TU POSICION ENFATICA Y RESPETABLE.....ASI COMO QUE SE PERCIBE A LA 'MITAD'.....

Y SI, EL PUNTO CUATRO SE ME HACE EL MAS ACERTADO

GRACIAS POR TUS OPINIONES


SALUDOS
 
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10/Nov/08 17:24
Re: empresa creada en 2008 debe pagar ietu

Mermas, trato en IETU

Se supone que en ese tópico iniciado por BR1 se abordo el tema, de fecha de febrero, por ello lo de que ya vamos en noviembre...

Mis comentarios siempre serán mios y nada mas que mios, errados, fallidos, burdos, absurdos y lo que se guste, pero mios en exclusiva. Y como dijo el que dijo; No soy objetivo al opinar porque soy sujeto y no objeto. (frase si no me equivoco de Carlos Monsivais).

1.- Nadie a dicho que ISR e IETU se causen o determinen iguales, bien distintos son, pero de que la autoridad indexa el pago de uno (IETU) a lo dispuesto para el otro (ISR) es un hecho.

2.- Las leyes son legales, no lógicas, igual que mi domadora.

3.- Si hay distinciones, si gustan accesar al enlace del tema de mermas. Para evitar transcripciones. Por cierto, hay personas físicas que no realizan pagos de ISR por estar previsto en RM y a ellos curiosamente también se les exenta del pago provisional de IETU, y eso que no tienen nada que ver a juicio de muchos.

4.- Mismos deseos para todos.

Si no fuera terco no sería quien soy, eso es un hecho, desde ya sigo diciendo que lo que he manifestado es mi percepción de las cosas, sin intentar convencer a nadie de ello, y que me manifiesto respetuoso a mas no poder de aquel que difiera de mi postura.

Saludos cordiales.
 
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sosgtorreon
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