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01/Sep/08 12:37
Re: Deducción de automoviles

Buenos días, es una CAMIONETA PICK UP, ya que es una persona dedicada a la agricultura. No se si sea deducible como máximo 175,000 pesos o el monto total que viene en la factura que no rebasa los 250,000

Gracias
 
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lorito
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01/Sep/08 13:22
Re: Deducción de automoviles

rotcehvs:
que articulo define que si es automivil es deducible por 175000 y [color=red:a0deb4313c]en camioneta por toda la inversion[/b:a0deb4313c][/color:a0deb4313c].?

[b:a0deb4313c]DEDUCCIONES DE PICK UPS

BOLETÍN DE SÍNDICOS DEL CONTRIBUYENTE[/b:a0deb4313c]

Deducción de automóviles. Camionetas Pick Up

El artículo 42, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en relación con el primer párrafo del
artículo 3-A del Reglamento de la citada Ley señalan:

“Artículo 42.- La deducción de las inversiones se sujetará a las siguientes reglas:
Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00.

Lo dispuesto en esta fracción no será aplicable tratándose de contribuyentes cuya actividad consista en
el otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles, siempre y cuando los destinen exclusivamente
a dicha actividad.”

“Artículo 3-A.- Para los efectos de la Ley y de este Reglamento, se entenderá por automóvil aquel
vehículo terrestre para el transporte de hasta diez pasajeros, incluido el conductor.”

[b:a0deb4313c]En base a lo anterior, toda vez que el señalamiento del [color=red:a0deb4313c]límite de deducción de hasta por $175,000.00
es para los automóviles[/color:a0deb4313c][/b:a0deb4313c], considerados éstos en términos del artículo 3-A antes trascrito, se considera
que es automóvil el vehículo para el transporte de hasta 10 pasajeros, es decir vehículos destinados
para el transporte de personas y no de carga. [b:a0deb4313c]Así, dado que la naturaleza de[color=red:a0deb4313c] las camionetas pick up,
consiste en ser vehículos destinados al transporte de carga y no de personas, se concluye que dichos
transportes, no les es aplicable el límite de la deducción prevista por el artículo 42, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta. [/color:a0deb4313c]



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CHAVALON
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02/Sep/08 10:41
Re: Deducción de automoviles

Gracias....es que mi duda salió porque solicité una devolución del mes de mayo 08, donde solicitaba el IVA de la compra de una pick up, y me acaba de llegar un papel de la autoridad donde me solicitan información adicional.....un contador me dijo que hacen eso para ir poniendo como travitas en el camino, pero solo es llevar la información.....y una que me piden es acerca de la agencia de carros quien me vendió la camioneta..........
La autoridad me pide copia del cheque, hoja de trabajo, así como un escrito por parte del contribuyente, y aquí CHAVALON me menciona unos artículos, pero quisiera saber si existe otro artículo donde mencione los vehículos de transporte de carga...O NO ES NECESARIO INFORMARLO en la carta y solo quiere la autoridad checar dichas facturas y solo con ver PICK UP siga el proceso de la devolución?

Gracias
 
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lorito
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02/Sep/08 14:27

Checate el Art 5 de la LISAN define automovil, al vehiculo de hasta 15 pasajeros.

El Art. 5 de la LISTUV define a las pick up como vehiculos de mas de 15 pasajeros, por lo que ya no serian automoviles.

El concepto de "automóvil" es mas amplio de lo que me imaginaba, según las definiciones del Diccionario de la Real Academia Española, que es el único que acepta como oficial la Suprema Corte para aclarar conceptos dudosos o ambiguos.
Aqui estan las definiciones para que normes tu propio criterio.

Automóvil. (De auto- y móvil).
adj.   Que se mueve por sí mismo. Se dice principalmente de los vehículos que pueden ser guiados para marchar por una vía ordinaria sin necesidad de carriles y llevan un motor, generalmente de explosión, que los pone en movimiento. U. m. c. s. m. 
2. m.  por antonom.  coche  (ǁ destinado al transporte de personas).
~ deportivo. m.  automóvil, generalmente de pequeño tamaño y de dos plazas, diseñado para que alcance grandes velocidades y sea fácil de maniobrar.
0
m.   Medio de transporte de personas o cosas.
2. Aquello que sirve para conducir o transmitir fácilmente algo, como el sonido, la electricidad, las enfermedades contagiosas, etc.
Coche 1. (Del húngaro kocsi, carruaje).
m.   Vehículo automóvil de tamaño pequeño o mediano, destinado al transporte de personas y con capacidad no superior a nueve plazas.
2. Carruaje de cuatro ruedas de tracción animal, con una caja, dentro de la cual hay asiento para dos o más personas.
3. Vagón del tren o del metro
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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