La verdad yo cincido con "enrique9727" debes de considerar los $5,800.00 como Isr efectivamente pagado, puesto que el CAS ó el SE, tambien fuerón efectivamente pagados.
Ahora fijate la desproporción que esto trairía en la declaración anual, entre Isr y Ietu.
Yo creo que el art.8, se refiere a otros acreditamientos como por ejemplo el crédito diesel, o reducciones de Isr para determinados contribuyentes.
En alguna ocación a principios de año lo consultamos con la autoridad y ellos manifiestan lo anteriormente comentado, sin embargo la persona que me atendio se atrevio a decir que tambien el CAS y SE, pero con mucha inseguridad.
que bien que existan DIVERSAS OPINIONES "POR ESO EL MUNSO ES MUNDO".....desproporcion , NO CREO, pero si asi lo visualizas se respeta........
aqui el asunto es que juanita ya tiene un panorama mas amplio para tomar DESICIONES
claro que muchas personas estan utilizando ese criterio "porque les conviene", O SEA ESTAN DISTINGUIENDO EN LA LEY", y esta no se distingue, SE APLICA ESTRICTAMENTE
juanita, esperamos tus comentarios
saludos
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