01/Ago/08 19:36
Re: Pagos el dia de la notificacion
hola RGARCIA no hay mucho que buscalrle, te paso la fraccion II del 73:
II. La omisión haya sido corregida por el contribuyente después de que las autoridades fiscales hubieren notificado una orden de visita domiciliaria, o haya mediado requerimiento o cualquier otra gestión notificada por las mismas, tendientes a la comprobación del cumplimiento de disposiciones fiscales.
como ves se trata de :.....las autoridades hubeiran
[b]notificado[/b] una orden de visita
por lo tanto, para que tu declaracion se tuviera como expontanea deberia haber sido presentada a mas tardar en el minuto anterior a la hora en que se notifico la orden.
de lo anterior se desprende que nada tiene que ver a partir de cuando surten sus efectos las notificaciones.
espero te sirva el comentario
saludos.
EL BIEN Y EL MAL SIEMPRE ESTAN PRESENTES NOSOTROS ELEGIMOS.