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29/Jul/08 9:46
RETENSION DE ISR SOBRE FONDO DE AFORE

Estoy algo confundido, respecto de la retension de ISR, que efectuan las afores, cuando entregan las recursos captados via ahorro de los trabajadores.

Me comentaron en una afore, que tienen obligacion de retener el 20% de los retiros que efectuen el ahorrador.
Esto en base al Art. 109 Fracc.X y Art.170 LISR

Alguien que tenga algun comentario o experiencia al respecto, les agradezco lo comenten.
 
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vabdo
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29/Jul/08 12:11
Re: RETENSION DE ISR SOBRE FONDO DE AFORE

El Art. 109 LISR. Estipula que habrá una exención de 90 VSMG del área geográfica del contribuyente por cada año de servicio en relación a la obtención de los ingresos con cargo a la subcuenta del seguro de retiro o la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, prevista en la Ley del Seguro Social.

El Art. 170 LISR. De los demás ingresos que obtengan las PF. Estipula que los contribuyentes que obtengan ingresos esporádicos de los mencionados en este capítulo, cubrirán como pago provisional a cuenta del impuesto anual el 20% sobre el ingreso percibido, sin deducción alguna.

En lo personal yo no he tenido experiencia alguna al respecto pero con base en los artículos que mencionas si procedería la retención del 20% por parte de la Afore. Ahora bien, que pasaría en la Declaración Anual? Es un hecho que habrá saldo a favor puesto que se aplicará la exención del Art. 109.
 
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CP_PACO
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29/Jul/08 12:22

Gracias por tu comentario CP_PACO

Porque hasta donde tenia entendido, suponia primero aplicar la excension del 109.
Y despues sobre le remanente aplicar el 20%
 
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vabdo
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29/Jul/08 12:27
Re: RETENSION DE ISR SOBRE FONDO DE AFORE

Es que tenemos una contradicción .... el Art. 109 te habla de la exención pero el Art. 170 te habla de la retención sobre el ingreso percibido y no menciona la aplicación de exención alguna....

El punto de vista de la autoridad sería: aplicar la retención del 20%.

Déjame darle otra leída para ver si encuentro el procedimiento para sustentar tu apreciación.
 
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CP_PACO
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29/Jul/08 12:34

Tambien lo que encuentro un poco contradictorio, es del art.170

Menciona INGRESOS y en mi opinion NO ES INGRESO, es DEVOLUCION DE FONDO DE AHORRO PARA EL RETIRO.

Sigo confundido.
 
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vabdo
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29/Jul/08 12:55
Re: RETENSION DE ISR SOBRE FONDO DE AFORE

Basándonos en la definición de Ingreso (Incremento De los Activos o el decremento de los pasivos de una entidad, durante un periodo contable....) si se le debería de considerar como tal....
 
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CP_PACO
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29/Jul/08 13:00
Re: RETENSION DE ISR SOBRE FONDO DE AFORE

Encontré algo relacionado en la RMF 2003

Exención del ISR por entregas a trabajadores
en una exhibición con cargo a la subcuenta
de retiro[/b:a9d2d08647]

[b:a9d2d08647]El trabajador no gozará de la exención de 90 veces el
salario mínimo general por año de contribución al Sistema
de Ahorro para el Retiro cuando alguna institución de
crédito o la administradora del fondo para el retiro entregue
al trabajador los recursos SAR92 por el solo hecho de haber
cumplido 65 años de edad, sin que la persona esté
pensionada.
Cuando el pago se realice en una sola exhibición, el
importe correspondiente a la exención del ramo de retiro de
la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez se
calculará considerando las semanas cotizadas transcurridas
entre el 1 de julio de 1997 y la fecha en que se emita el
documento resolutivo de pensión del Instituto Mexicano
del Seguro Social.
 
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CP_PACO
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29/Jul/08 13:11
Re: RETENSION DE ISR SOBRE FONDO DE AFORE

VABDO:

EL CONTRIBUYENTE NO "CAERÁ" EN ALGUNO DE ESTOS SUPUESTOS:

RISR

Artículo 231-B. ...........
..............
Las Administradoras a las que se refiere el presente artículo, que efectúen pagos por concepto de retiros de aportaciones voluntarias de la subcuenta de aportaciones voluntarias a que se refieren los artículos 74 o 74-Bis, según corresponda, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, estarán a lo siguiente:


I……………………….
…………………………….

Cuando los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior se ubiquen en los supuestos a que se refiere la fracción XVIII del artículo 167 de la Ley,[/b:227c727752] la Administradora de que se trate, deberá efectuar la retención prevista en el tercer párrafo del artículo 170 de dicho ordenamiento.


LISR

Artículo 167. Se entiende que, entre otros,[b:227c727752] son ingresos en los términos de este Capítulo los siguientes:[/b:227c727752]

XVIII.[b:227c727752]Los ingresos provenientes de planes personales de retiro o de la subcuenta de aportaciones voluntarias a que se refiere la fracción V del artículo 176 de esta Ley, cuando se perciban sin que el contribuyente se encuentre en los supuestos de invalidez o incapacidad para realizar un trabajo remunerado, de conformidad con las Leyes de seguridad social, o sin haber llegado a la edad de 65 años, para estos efectos se considerará como ingreso el monto total de las aportaciones que hubiese realizado a dicho plan personal de retiro o a la subcuenta de aportaciones voluntarias que hubiere deducido conforme al artículo 176, fracción V de esta Ley, actualizadas, así como los intereses reales devengados durante todos los años de la inversión, actualizados. Para determinar el impuesto por estos ingresos se estará a lo siguiente:
.............
.............


SALUDOS
 
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29/Jul/08 14:21
Re: RETENSION DE ISR SOBRE FONDO DE AFORE

vabdo, te comento que hay dos tipos de aportaciones voluntarias,

-La primera es solamente un ahorro y no sirve como deducción fiscal, la puedes retirar despues de seis meses y el impuesto solo es por los intereses generados.

La segunda es ahorro voluntario para el retiro, es la que te sirve como deducción personal y si la retiras en el momento que te pensionas no pagas impuesto; pero si la quieres retirar antes entonces la afore te retendra un impuesto elevado y en tu declaración este será ingreso acumulable asi como el impuesto retenido sera acreditable.

Estas opciones ya se encuentran disponibles en las afores, por lo que es muy importante que cuando realizas una aportacion voluntaria le indiques a la afore que tipo de aportacion quieres que sea para que fiscalmente no tengas problemas.

Saludos :P
 
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30/Jul/08 10:42

CP_PACO

Por tu ultimo comentario, entiendo lo siguiente:

El trabajdor por el solo hecho de cumplir 65 años, TIENE DERECHO A RETIRAR SUS RECURSOS SAR92.
y este retiro SI CAUSARIA RETENSION DEL 20%.

PERO.
en caso que esta persona SI ESTE PENSIONADA POR EL IMSS. SI APLICA LA EXCENSION.

Lo interprete bien?
 
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