aun existiera diferiencia, la misma de podra solicitar en devolucion siempre y cuando sea dictaminada por contador publico registrado y se cumplan los reqeuisitos que establezcael SAT'.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
Mensajes:
14679 Ingresó:
Marzo 10, 2005 Ubicación:
Conectado
Agregar como amigo
29/Dic/20 12:49
Re: Devolucion del Retenciones del IDE?
Hola buenas tardes:
Artículo 94 RLISR. Para efectos del artículo 55, fracción IV de la Ley, se tendrá por cumplida tal obligación cuando las instituciones del sistema financiero opten por presentar de manera mensual la información correspondiente, en los términos que establezca el SAT mediante reglas de carácter general.
Aunque las normatividades no señalen una fecha limite para la recuperación del IDE, considero prudente no dejarlo pasar más tiempo a que no se solicite su devolución o no se acredite contra el ISR
Si cuento con todas estas constancias bancarias pues a solicitar su devolución de inmediato. Nomas vigilar que los ingresos de estos IDE se hayan declarado
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
Mensajes:
14679 Ingresó:
Marzo 10, 2005 Ubicación:
Conectado
Agregar como amigo
29/Dic/20 20:32
Re: Devolucion del Retenciones del IDE?
aun existiera diferiencia, la misma de podra solicitar en devolucion siempre y cuando sea dictaminada por contador publico registrado y se cumplan los reqeuisitos que establezcael SAT'.
Eso era en 2008. Estamos 12 años después 2020. Donde se justifica lo anterior. Pues ya no hay dictámenes obligatorios como los de aquellas fechas.
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
Mensajes:
1163 Ingresó:
Abril 22, 2019 Ubicación:
Nuevo León
No Conectado
Agregar como amigo
29/Dic/20 20:38
Re: Devolucion del Retenciones del IDE?
La obligación de la autoridad fiscal de devolver saldos a favor o pagos de lo indebido prescribe en un plazo de cinco años a partir de la fecha en que pudo ser legalmente exigida, es decir, en los mismos términos y condiciones en que prescriben los créditos fiscales a cargo de los contribuyentes.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
Mensajes:
14679 Ingresó:
Marzo 10, 2005 Ubicación:
Conectado
Agregar como amigo
29/Dic/20 20:45
Re: Devolucion del Retenciones del IDE?
La obligación de la autoridad fiscal de devolver saldos a favor o pagos de lo indebido prescribe en un plazo de cinco años a partir de la fecha en que pudo ser legalmente exigida, es decir, en los mismos términos y condiciones en que prescriben los créditos fiscales a cargo de los contribuyentes.
No existe disposición que ratifique lo anterior pero para IDE. Lo citado son puras patrañas
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad