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10/Abr/08 11:02
Re: Informar o no IMPAC en dec. Anual 2007

Qué tal, buenas noches.

Tengo una duda, referente al siguiente caso:

PM, la cual esta en periodo preoperativo, por lo que conforme al art. 6 de la LIA no esta obligada a pagar dicho impuesto.

¿Esta obligada a calcularlo para la declaración anual?

O [color=green:0164cedb0f]¿en que casos si procede que lo determine pero que ponga a pagar CERO? [/color:0164cedb0f][/b:0164cedb0f]

Saludos!!!

[color=green:0164cedb0f][b:0164cedb0f]Cuando te exija la LIMPAC, determinar un impuesto y que proceda una causacion de cero pesos

Despues del cuarto ejercicio, tal como lo señalo sosgtorreon en esa liga que adjuntó él mismo.
[/color:0164cedb0f]
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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10/Abr/08 14:22
Re: Informar o no IMPAC en dec. Anual 2007

Buenas tardes a todos, no habia podido accesar por que la oficina esta en remodelación, y eso del thiner (o como se escriba) me pone un poco "out of my maint" (o como se escrib..jajaja).

Trataré de ser concreto, para no escribirle un rollote:

1994. PM se constituye
1995. PM adquiere un terreno, en la escritura se plasma que se construira una gasolinera.
1996. PM adquiere un terreno, en la escritura se plasma que se construira un parque de diversiones, se adquieren lotes de terreno en area habitacional.

- Las erogaciones realizadas fuerón apartir del ejercicio 2004, por concepto del pago de impuesto predial de dichos terrenos (no se como le hicieron anteriormente, pero manifestaron en decl. anual puros "ceritos", sin resultado fiscal alguno).

- El único ingreso percibido fué en 2007, al enajena uno lotes "habitacioneses", de ahi en fuera nunca ha obtenido ingreso alguno, tampoco ha desarrollado actividad con fines lucrativos, las razones son "insufondos"....

Por lo anterior, en su momento se informó a los socios "el IMPAC debes pagarlo desde el 4to ejercicio de su creación", eran millones de pesos, a lo que cuestionaron "pero si no realizo actividades aún, ¿de donde saco para pagar impuestos?".

En lo personal he analizado la situación, les presenté esa "ventanita" y les expliqué los riesgos, ellos accedieron y estan concientes de los riesgos que tienen, y yo, por mi lado no me siento culpable, de hecho se consulto con abogados fiscalistas y estamos coordinados para en su momento "defendernos" (o tratar por lo menos..jejejeje).

Respecto a lo del anexo del DEM en el que se determina el IMPAC, comentandolo con un colega, llegamos a la conclusión de que aun cuando se este exento debe determinarse las bases de dicho impuesto, ya que LIA no exime del calculo... aunque, como bien comentaron, ¿por qué no dejarlo en papeles de trabajo?, y eso es lo que me mueve el tapete, ya que un despacho de prestigio de la ciudad es la que traia la contabilidad de esta empresa, y siempre dejaba en blanco la determinación del IMPAC ¿precaución, por aquello de que manifestarian una base muy grande, que a la autoridad se le antojaria, o de plano criterio?... eso nunca lo sabre.... a menos que les devuelva una grapadora que se quedo en mi escritorio y nunca devolví :evil: :twisted:

Saludos y gracias por sus comentarios!!!

NOTA: buscaré el tópico en el que hace algunos ejercicios lanze este tema...si lo encuentro pongo el acceso directo...
 
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BR1
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10/Abr/08 14:25
Re: Informar o no IMPAC en dec. Anual 2007

Novena Época
Segunda Sala
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXIV, Diciembre de 2006
Página: 229
Tesis: 2a. XCIV/2006
Tesis Aislada
Materia(s): Constitucional, Administrativa

ACTIVO. EL ARTÍCULO 16 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, TRANSGREDE LOS PRINCIPIOS DE RESERVA DE LEY Y DE SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA DE LA NORMA, CONTENIDOS EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 89 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL. El citado precepto reglamentario transgrede los principios de reserva de ley y de subordinación jerárquica de la norma, contenidos en el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues al establecer como ejercicio de inicio de actividades aquel en el que el contribuyente comience a presentar, o deba presentar, las declaraciones de pago provisional del Impuesto Sobre la Renta, incluso cuando se presenten sin el pago de dicho impuesto, remitiendo indirectamente al artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente en 1999 (actualmente artículo 14), esto es, a partir del segundo ejercicio fiscal, excede la ley que reglamenta y acota indebidamente el plazo de periodo preoperativo durante el cual, por disposición expresa del artículo 6o. de la Ley del Impuesto al Activo, los contribuyentes sujetos de este impuesto están exentos de su pago, lo que se traduce en el lapso durante el cual la persona física o moral contribuyente reúne y prepara los diversos elementos, tangibles e intangibles, que conforman su empresa, para estar en condiciones de producir bienes o prestar sus servicios constante o permanentemente y que la ley especial considera hasta de cuatro años. Esto es, el artículo 16 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Activo contraviene los mencionados principios constitucionales ya que, por una parte, aborda materias reservadas en exclusiva a las leyes del Congreso, como es la relativa a la determinación de los elementos de los tributos y, por otra, va más allá de lo previsto por la norma que reglamenta, debiendo limitarse únicamente a desarrollar sus disposiciones, complementarlas o pormenorizarlas y en las que encuentre su justificación y medida.

Amparo directo en revisión 471/2002. Electricidad Águila de Tuxpan, S. de R.L. de C.V. 18 de octubre de 2002. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Andrea Zambrana Castañeda.

Amparo directo en revisión 1844/2005. Corporación Inmobiliaria Castilla, S.A. de C.V. 13 de enero de 2006. Cinco votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: Lourdes Margarita García Galicia.

Amparo directo en revisión 1600/2006. Alimentos La Concordia, S.A. de C.V. 10 de noviembre de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Guadalupe de la Paz Varela Domínguez.
 
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BR1
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10/Abr/08 14:27
Re: Informar o no IMPAC en dec. Anual 2007

Ademas, siendo sinceros ¿a alguien le han revisado la determinacion del IMPAC?, ya que, en mi caso siempre se han ido por el lado de los ingesos e IVA....¿será que la autoridad misma no vislumbra posibilidades de recaudar en materia de IMPAC? o de plano se les dificulta el calculo..jjejee :twisted:
 
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BR1
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10/Abr/08 14:28
Re: Informar o no IMPAC en dec. Anual 2007

Entonces basandose en los decretos de exencion del IMPAC, estos no te eximen de realizar el calculo aunque no pagues nada....creo que seria lo mas conveniente...pero si la base es muy alta...pues si a la autoridad se le podria antojar algo...pero si cae en los linemientos establecidos en los decretos no creo que haya problema alguno....

Saludos

P.D. No es el link que puso sosgtorreon...el tema que mencionas
 
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lcruizuscanga
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10/Abr/08 14:29
Re: Informar o no IMPAC en dec. Anual 2007

Pues en los pocos años que tengo ejerciendo no me han revisado nunca IMPAC...y eso que tengo como 11 años ejerciendo....
 
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lcruizuscanga
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10/Abr/08 14:35
Re: Informar o no IMPAC en dec. Anual 2007

[quote:f54cd29591="lcruizuscanga"]P.D. No es el link que puso sosgtorreon...el tema que mencionas[/quote:f54cd29591]

Si, pero cada año pregunto...jejeje, es broma, en verdad no me acordaba que el año pasado me surgio la misma duda, y al ver la dcla. 2006 vi en el anexo del IMPAC "no aplica", y me pregunte ¿ah caray, por que elegi esa opción?...

Ese IMPAC, hasta el último ejercicio anda dando problemas....
 
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BR1
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10/Abr/08 15:58
Re: Informar o no IMPAC en dec. Anual 2007

Por un instante pense en insertar el link y ponerle al mismo "[color=darkblue:abbfb40dae]se lo que preguntaste el año pasado[/color:abbfb40dae]" para que se viera medio peliculesco...

En lo tocante a estar obligado la contribuyente o no al pago del IMPAC coicnido con la conclusión, no ha lugar dado que no se estan realizando operaciones... antecedente ya te encargaste de proporcionarlo... En lo relativo a la información o no en la anual, lo dicho, la autoridad expone debe insertarse, no comparto dicho punto de vista, pero ese es mi punto de vista y el otro es el oficial... Revisando la autoridad mantiene el mismo criterio para este año... La duda siempre queda el porque si muchos nunca ponen nada, incluso ni seleccionan no aplica, no se les requiere la información, esa duda se irá a la tumba junto con el IMPAC...

saludos.
 
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10/Abr/08 17:25
Re: Informar o no IMPAC en dec. Anual 2007

[quote:81f5842583="sosgtorreon"]Por un instante pense en insertar el link y ponerle al mismo "[color=darkblue:81f5842583]se lo que preguntaste el año pasado[/color:81f5842583][/b:81f5842583]" para que se viera medio peliculesco... [color=blue:81f5842583][b:81f5842583]JAJAJAJA, HASTA ESCALOSFRIOS ME DIERON..[/b:81f5842583][/color:81f5842583]

En lo tocante a estar obligado la contribuyente o no al pago del IMPAC coicnido con la conclusión, no ha lugar dado que no se estan realizando operaciones... antecedente ya te encargaste de proporcionarlo... [color=blue:81f5842583][b:81f5842583]SI, COMO YO ESTOY INTERESADISIMO, TENGO MUY PRESENTE ESA "TESIS AISLADA", POR QUE MAS O MENOS DE AHI NOS ESTAMOS AGARRANDO (CONSTE DESDE ANTES QUE SE EMITIERA DICHA TESIS, PARA QUE NO DIGAN QUE ANDO COPIANDO... ESO SI, NO LOCALIZO CUANDO ORIGINALMENTE PLASME LA SITUACION DEL CONTRIBUYENTE, QUIZAS SEA POR QUE ES DE LOS TOPICOS ANTERIORES A LA MODERNIZACION DE FISCALIA, Y SE FUERON AL CAÑO)[/b:81f5842583][/color:81f5842583]En lo relativo a la información o no en la anual, lo dicho, la autoridad expone debe insertarse, no comparto dicho punto de vista, pero ese es mi punto de vista y el otro es el oficial... Revisando la autoridad mantiene el mismo criterio para este año... La duda siempre queda el porque si muchos nunca ponen nada, incluso ni seleccionan no aplica, no se les requiere la información, esa duda se irá a la tumba junto con el IMPAC...[color=blue:81f5842583][b:81f5842583]INTERCAMBIANDO OPINIONES CON UN COLEGA Y A PUNTO DE HACER "BERDIE" ME DICE "LIA ES CLARA, POR DICHOS PERIODOS ESTAN EXENTO, MAS NO DICE QUE NO DEBERAS PROPORCIONAR LA INFORMACION EN LA ANUAL"....QUIZAS ANDA CON PF Y NO ME PUSO ATENCION, Y ZAS, GOLPE Y CAE A LA TRAMPA DE ARENA..JEJEJE.. PERO ESE CRITERIO ME SUENA, ME SUENA...[/color:81f5842583]

* NOTA: EL JUEGO DE GOLF ERA EN PLAY STATION... NO CREAN QUE ERA EN VIVO... :twisted:

saludos.[/quote:81f5842583]
 
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BR1
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