12/Mar/08 9:05
Re: CALCULADORA DE FEBRERO
[quote:11d2bee55c="YOREMEALEYA"]
ES UNA ANCIANITA QUE RENTA EN $ 500.00 UN TERRENITO
EN EL MES DE ENERO[/b:11d2bee55c] LE SALIO:
[color=indigo:11d2bee55c]DE ISR $ 6.00[/color:11d2bee55c]
PAG. DET. 82.00
- ISR 6.00
DE IETU [b:11d2bee55c] 76.00[/b:11d2bee55c]
AHORA EN EL MES DE FEBRERO
[color=indigo:11d2bee55c]DE ISR $ 6.00[/color:11d2bee55c]
IMPUESTO DET, DE IETU 165.00
- PAG. ISR 6.00
- P.P IETU ANT 76.00
[b:11d2bee55c]A PAGAR 83.00 ?[/b:11d2bee55c]
[/quote:11d2bee55c]
Nop... partiendo de ingresos uniformes, el pago a de ser igualmente uniforme, es decir, si febrero no incrementa el ingreso en relación a enero, el pago tampoco debe incrementarse... Esto es, si en enero pagaste 6.00 de ISR y 76.00 de IETU para febrero debe ser !exactamente lo mismo!, con o sin calculadoras...
Veamos como supongo debe quedar plasmado el papel de trabajo;
Enero.-
[color=indigo:11d2bee55c]DE ISR $ 6.00[/color:11d2bee55c]
PAG. DET. 82.00
- ISR 6.00
DE IETU [b:11d2bee55c] 76.00[/b:11d2bee55c]
Febrero.-
[color=indigo:11d2bee55c]DE ISR $ 6.00[/color:11d2bee55c] [color=darkblue:11d2bee55c]como puedes darte cuenta es el mismo importe que para enero, [u:11d2bee55c]toda vez que al mismo ingreso le aplicas la misma tarifa, uniformidad[/u:11d2bee55c].[/color:11d2bee55c]
[b:11d2bee55c]IMPUESTO DET, DE IETU 165.00[/b:11d2bee55c] [color=darkblue:11d2bee55c]Como puede apreciarse hay incremento porporcional a la base en relación al mes anterior, es decir, la base se incremento en un 100%, el impuesto igual... de 500.00 la base pasa a 1,000.00, por tanto el impuesto igual se dobla, para marzo si se mantiene el incremento proporcional (uniforme) en la base (ingreso) es sencillo predecir que el impuesto se va a triplicar en relación al del mes de enero, esto es, vas a tener una base de 1,500.00 y un impuesto de 246.00 o 247.00, la variación por el redondeo.[/color:11d2bee55c]
[b:11d2bee55c]- PAG. ISR del perido [u:11d2bee55c]12.00[/u:11d2bee55c][/b:11d2bee55c] ([color=darkblue:11d2bee55c][b:11d2bee55c]6.00 de enero y 6.00 de febrero, [u:11d2bee55c]tú súlo estabas considerando 6.00[/u:11d2bee55c][/b:11d2bee55c], de hay deviene el incremento errado en el neto de IETU a pagar)[/color:11d2bee55c]
[b:11d2bee55c]- P.P IETU ANT 76.00[/b:11d2bee55c] [color=darkblue:11d2bee55c]Correcto. Y para marzo acordamos que se va incrementar el de febrero, que si hay uniformidad será el doble.[/color:11d2bee55c]
[b:11d2bee55c]A PAGAR [u:11d2bee55c]77.00[/u:11d2bee55c][/b:11d2bee55c] [color=darkblue:11d2bee55c]El mismo importe en relación al mes pasado, por el incremento proporcional o uniformidad que he citado. No 83.00 como determinabas, como he manifestado el yerro se ubicaba en descontar de ISR sólo el importe de un mes y no el correspondiente al periodo. [/color:11d2bee55c]
Conclusión, si para marzo, abril y el resto del año sus ingresos se mantienen en el mismo nivel mes por mes que para enero y febrero, esta venerable ancianita debe pagar !exactamente lo mismo mes por mes!.
Va de nuevo el papel de trabajo de febrero, ya sin comentarios de por medio para una mejor ejemplificación.
Febrero.-
[color=indigo:11d2bee55c]DE ISR $ 6.00[/color:11d2bee55c]
[b:11d2bee55c]IMPUESTO DET, DE IETU 165.00[/b:11d2bee55c]
[b:11d2bee55c]- PAG. ISR del perido [u:11d2bee55c]12.00[/u:11d2bee55c][/b:11d2bee55c]
[b:11d2bee55c]- P.P IETU ANT 76.00
[b]A PAGAR [u:11d2bee55c]77.00[/u:11d2bee55c]
Desde luego que aplica la posibilidad de diferir el3% tal y como lo han señalado, pero por representar sólo un no te lo pago ahorita, lo guardo y te lo doy luego, no lo recomiendo, menos aplicarlo con una persona de edad, dado que el ser humano es un animal de costumbre, igual y te va a resultar algo complicado convencerla en el futuro del porque un pago tan elevado cuando mes a mes a venido pagando menos... Ojo, ya expuse que resulta totalmente aplicable, pero si la inquietud era porque el IETU se dispara en relación al del mes de enero, me parece que no hay tal disparo y la explicación es sencilla... con calculadora o sin ella...
Saludos.
sos al sos