13/Feb/08 15:29
INVERSIONES EN ARENDAMIENTO VS IETU
Espero alguien pueda orientarme para una persona fisica arrendamiento (deduccion ciega para ISR) que inverti en la remodelacion de un local comercial de junio a diciembre de 2007 para efectos del IETU las inversiones realizadas a partir de septiembre la puedo considerar como deduccion adicional de inversiones de acuerdo al quinto transitorio de la ley del IETU, y las anteriones Junio a septiembre aplicar el credito fiscal del Art. Sexto transitorio de la LIETU?