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03/Ene/08 21:08
Re: cuotas obrero patronales

:( Buenas noches. Como cultura general, en términos "foriles", a lo que hizo Ernesto.Gomez, se le llama "colgarse" de un tema y encima de eso, poner una duda de algo de lo que ni siquiera se está hablando. Eso ocasiona algo de confusión, ya que se pierde el hilo original. :idea:

*Venturoso 2008*
El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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04/Ene/08 11:17

Es la primera participacion.

Sugiero abrir otro topico en FISCAL.

Bienvendio, ERNESTO.GOMEZ
Ojala que con tus participaciones, no ayudes a enriquecer estos foros, donde cada dia, TODOS aprendemos algo.
 
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vabdo
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04/Ene/08 14:44

A partir del 1ero. de enero se aumentó la cuota patronal para cubrir las prestaciones en especie del ramo de enfermedades y maternidad, pasando del 19.75% al 20.40% sobre el nuevo salario mínimo general del D.F. (Este incremento ya está programado en el SUA, por lo que solamente debe ajustar su sistema de nomina para adecuar su pago al SUA.)

A partir del 1ero. de enero se disminuyen las cuotas obrera y patronal aplicables a aquellos trabajadores cuyo salario base de cotización sea superior a 3 veces el salario mínimo del D.F., pasando la obrera del 0.56% al 0.40% y la patronal del 1.59% al 1.10% (Estos porcentajes se aplican sobre la diferencia que exceda a 3 veces el SMGDF que es la cantidad de $ 157.77 y el salario base de cotización del trabajador). (Este incremento ya está programado en el SUA, por lo que solamente debe ajustar su sistema de nomina para adecuar su pago al SUA.)

Las modificaciones a las tasas indicadas en los apartados 5 y 6 se vienen dando desde el año 1998, cuando se determinó que a partir de 1999 se reducirían cada año en cuarenta y nueve centésimas de punto porcentual la que corresponde a los patrones y en dieciséis centésimas de punto porcentual la que corresponde pagar a los trabajadores, hasta realizar la última modificación en el año 2008.
 
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bsasc
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