21/Nov/07 11:11
Siendo BR1 el que lo dice, si son BOTEros... uno rojo con aguila negra...
Pero volvamos al tema... entonces, todo lo que una empresa gaste/invierta para decorar o adornar sus instalaciones es ¿no deducible?...
Digo, en este caso hace cierto ruido porque se trata de una "obra de arte", pero el florero, la mesa de centro, el sillón de visitas, y otros menesteres merecen iguamenete esa calificación...
La moldura que puse en mi privado, donde esta mi colección de carritos miniatura ¿es no deducible?....
La colección de Buhos o Tecolotes de mi abogado, igualmente es no deducible...
Y si contrato a un muralista para que pinte un mural en las paredes de la empresa ¿deducible como pintura?...
Saludos.
sos al sos